Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2018

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 5417 - 19/07/2018

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 160

Artículo 3.- Establécese que la beneficiaria deberá proceder a la apertura de una caja de ahorro especial para proyectos culturales afectada al Régimen Cultural de Mecenazgo en el Banco Ciudad de Buenos Aires. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Avogadro
RESOLUCIÓN N.º 3407/MCGC/18
Buenos Aires, 22 de junio de 2018
VISTO:
La Ley N 2.264 texto consolidado Ley N 5.666, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y las Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Electrónico N 27.301.106/MGEYA-DGTALMC/17, y;
CONSIDERANDO:
Que la Ley N 2.264 texto consolidado Ley N 5.666 creó el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que dicha Ley establece que el Ministerio de Cultura es la autoridad de aplicación de la misma y en ese carácter le encomienda funciones, entre las que se encuentra la aprobación de todos los proyectos que cuenten con resolución favorable del Consejo de Promoción Cultural;
Que el artículo 6 de la Ley N 2.264 crea el Consejo de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que el artículo 9 de la Ley define las atribuciones del mencionado Consejo, entre las que se encuentra la de resolver sobre el interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de los proyectos presentados según lo dispuesto en la misma y su reglamentación, como asimismo elevar a la a autoridad de aplicación, a los fines de su aprobación, los proyectos que obtengan resolución favorable en razón del interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que los artículos 12 al 16 de la Ley N 2.264 establecen las normas relativas a las personas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiarios en el marco del Régimen de Promoción Cultural;
Que la Ley N 2.264 fue reglamentada por Decreto N 886-GCBA-07, el cual establece en su artículo 9 que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar sus proyectos culturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma y modo que determine la autoridad de aplicación;
Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normas complementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de Promoción Cultural;
Que en los presentes actuados tramita la petición de Grupo Heterónimos para la Transmisión y difusión de la Cultura, Asociación Civil, C.U.I.T. N 30-71473992-8, con domicilio constituido en Balbín 2764 Depto. A de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando que el proyecto N 6751/RPC/17 titulado "CITY TOUR LITERARIO
sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

BO-2018-5417-DGCCON

página 160 de 488

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 19/7/2018

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data19/07/2018

Conteggio pagine489

Numero di edizioni5617

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione28/06/2024

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