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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 16/2/2018
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5316 - 16/02/2018
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 185
Que los artículos 12 al 16 de la Ley N 2.264 establecen las normas relativas a las personas físicas y jurídicas sin fines de lucro que pueden constituirse en beneficiarios en el marco del Régimen de Promoción Cultural;
Que la Ley N 2.264 fue reglamentada por Decreto N 886-GCBA-07, el cual establece en su artículo 9 que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar sus proyectos culturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma y modo que determine la autoridad de aplicación;
Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normas complementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de Promoción Cultural;
Que en razón del devenir implementado en el tratamiento del subsidio que nos ocupa, se infiere que resulta oportuno flexibilizar la aprobación de cada proyecto presentado, tendiendo en cuenta que el monto asignado debería ser una suma máxima, otorgando la posibilidad de obtener recursos complementarios de diversas fuentes para el cumplimiento del proyecto comprometido;
Que en los presentes actuados tramita la petición de AC Abogados Culturales Asociación Civil CUIT 30-71523080-8, con domicilio constituido en Pringles 1249 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando que el proyecto N 7012/RPC/17
titulado "MANUAL DE DERECHOS CULTURALES sea incluido en el Régimen de Promoción Cultural de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que la aspirante a beneficiaria ha solicitado la suma de $ 179.135.-;
Que el Consejo de Promoción Cultural ha resuelto sobre el interés cultural del proyecto, concediéndole hasta la suma máxima de $ 179.135.-;
Que la Gerencia Operativa de Regímenes de Promoción Cultural ha dictaminado que el proyecto cumple con las formalidades establecidas en la Resolución N 648-MCGC10 y en el instructivo publicado oportunamente, manifestando que no hay observaciones que realizar y por tanto eleva el proyecto a los fines de su consideración en los términos del artículo 9 inc. C de la Ley N 2.264.
Por ello y en uso de las atribuciones establecidas en la Ley N 2.264 y el Decreto N
886/07, EL MINISTRO DE CULTURA
RESUELVE
Artículo 1º.- Apruébase el proyecto N 7012/RPC/17 titulado "MANUAL DE
DERECHOS CULTURALES, presentado por AC Abogados Culturales Asociación Civil CUIT 30-71523080-8, por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Artículo 2º.- Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado podrá alcanzar la suma máxima de $ 179.135.-.
Artículo 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos, a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural. Avogadro
RESOLUCIÓN N.º 234/MCGC/18
Buenos Aires, 7 de febrero de 2018
VISTO:
La Ley N 2.264, los Decretos Nros. 886/07, su modificatorio 1.135/09 y las Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 y el Expediente Electrónico N
28.507.036/MGEYA-DGTALMC/2017, y BO-2018-5316-DGCCON
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