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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/9/2017
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 5205 - 05/09/2017
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 148
Que, mediante el Decreto N 675/2016 y sus modificatorios, se aprobó la nueva estructura orgánico funcional dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los objetivos y responsabilidades primarias de todas las Unidades de Organización;
Que, por lo expuesto resulta consecuente el dictado del acto administrativo que acepte la devolución, por parte del beneficiario, del monto de Pesos Tres Mil $ 3.000.-, correspondiente al subsidio otorgado por Resolución Nº 820-MCGC/2015;
Por ello, EL DIRECTOR GENERAL DEL CENTRO CULTURAL SAN MARTIN
DISPONE
Artículo 1º.- Déjanse sin efecto las Disposiciones Nos. 94-CCGSM-2017 y 114CCGSM-2017.
Artículo 2.- Autorízase la devolución de la suma de PESOS TRES MIL $ 3.000.-, del subsidio otorgado por Resolución Nº 820-MCGC/2015, por parte del Señor ALEJANDRO NICOLÁS ABBONIZIO, DNI Nº 29.287.025, en su carácter de beneficiario del mencionado subsidio.
Artículo 3.- La suma a reintegrarse deberá ser transferida, en el plazo de diez 10
días hábiles administrativos de notificada la presente, en la cuenta 200297/4 "GCBA
Devoluciones", Banco de la Ciudad de Buenos Aires, CBU
0290000100000020029746, bajo apercibimiento de las sanciones dispuestas en el Artículo Nº 17, incisos b y c del Anexo de la Resolución Nº 2762-MCGC/2014.
Artículo 4º.- El Señor Alejandro Nicolás Abbonizio deberá acreditar su cumplimiento por ante la Dirección General Centro Cultural General San Martín y el Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias, dentro de los cinco 5 días hábiles administrativos de que haya sido realizado la devolución.
Artículo 5º.- No se aceptarán depósitos efectuados a través de las Terminales de Autoservicio TAS.
Artículo 6.- Cumplido con lo establecido en los Artículos 2, 3, 4º y 5º, dése por no aprobada la rendición de cuenta presentada por el Señor Alejandro Nicolás Abbonizio por la suma total de PESOS TRES MIL $ 3.000.-, dispuesta por el Artículo Nº 16 del Anexo I de la Resolución N 2762-MCGC/2014, respecto del proyecto beneficiado con un subsidio otorgado mediante Resolución Nº 820-MCGC-2015, y por no realizado el proyecto denominado SEXTETO VISCERAL EN CHILE, en el marco de la Línea Promoción del Tango en el Exterior.
Artículo 7º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese la presente al Señor ALEJANDRO NICOLÁS ABBONIZIO, D.N.I. Nº 29.287.025, dejándose constancia en la Cédula de Notificación que el presente acto no agota la vía administrativa y que contra del mismo podrá interponerse recurso de reconsideración en el plazo de diez 10 días hábiles, o recurso jerárquico en el plazo de quince 15
días hábiles conforme Artículos 107º, 112º, 113º y concordantes del Decreto de Necesidad y Urgencia N 1510-GCBA-1997 -Texto Consolidado por Ley Nº 5.666
BOCBA Nº 5014, y para su conocimiento y demás efectos pase a la Coordinación Administrativa del Fondo Metropolitano de la Cultura, las Artes y las Ciencias.
Cumplido, archívese. Pimentel
BO-2017-5205-DGCCON
página 148 de 307