Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/7/2016

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4921 - 13/07/2016

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
la Ciudad a los efectos de expedirse acerca del Organo encargado de dictar acto administrativo que resuelva el recurso de reconsideración interpuesto, ello en atención a la actual estructura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, creada por la Ley de Ministerios 5460 BOCBA Nº 4779, del 10/12/2015, reglamentada por el decreto 363/GCABA/2015 BOCBA Nº 4783 del 16/12/2015.
Que conforme a ello la Dirección General de Asuntos Institucionales se expidió mediante IF-2016-06958719-DGAINST, entendiendo que: "La competencia en la materia objeto de consulta anteriormente asignada a la entonces Secretaría de Planeamiento según ley 4013 y decreto 660/GCBA/11,-hoy derogados-, corresponde en la actualidad a la Subsecretaría de Registros, Interpretación y Catastro, y que tiene entre sus responsabilidades primarias la de "Proponer la catalogación y elaborar normas urbanísticas y constructivas para los edificios y áreas que merezcan protección patrimonial y llevar el registro correspondiente". En dicha inteligencia el recurso de reconsideración impetrado contra la resolución 361-SECPLAN-2014 deberá ser resuelto hoy a través de una resolución del Señor Subsecretario de Registros, Interpretación y Catastro, y oportunamente corresponderá una nueva intervención de esta Procuración General a los efectos del tratamiento del recurso jerárquico que opera en subsidio, que deberá a posteriori ser resuelto por el señor Ministro de Desarrollo Urbano y Transporte".
Que el Código de Planeamiento Urbano Ley 449 y normas reglamentarias Resolución Nº 243-MPYOP- 2006 establecen el procedimiento reglado para la catalogación de bienes inmuebles que tiene como último paso la sanción de una ley Dictamen PG Nº 63947 Ref. Registro Nº 439-SSPLAN-2007;
Que el Punto 10.3 del Código de Planeamiento Urbano establece que la catalogación de edificios es uno de los medios utilizados por el estado local para llevar a la práctica la protección de los bienes jurídicos: la preservación de inmuebles por sus valores urbanísticos, arquitectónicos, histórico-culturales y/o singulares;
Que la catalogación se realiza en base a distintos criterios de valoración. El valor urbanístico se refiere a la cualidad que posee un edificio para definir o calificar la trama de un paisaje o espacio determinado. El valor arquitectónico está dado por los elementos de estilo, composición, materiales y otras particularidades de las construcciones. El valor Histórico-Cultural se refiere a los elementos testimoniales de una organización social o forma de vida que configura la memoria de la sociedad. Por último, el valor singular, el cual apunta a proteger características irreproducibles o aspectos técnicos de las construcciones. Estos criterios de valoración son considerados en función de los inmuebles a proteger, del contexto urbano en el cual están situados y los objetivos del planeamiento;
Que a los fines de la catalogación de un bien, el procedimiento normal o reglado, es 1
la intervención de la Dirección General de Interpretación Urbanística, la que realiza la verificación catastral del inmueble, elabora un estudio técnico de valoración edilicia debidamente fundamentado y elabora el proyecto de ficha de catalogación. En caso de entender corresponde la evaluación de la catalogación somete la cuestión al análisis del Consejo Asesor de Asuntos Patrimoniales, que emite una opinión de carácter no vinculante. Si el Consejo se expide favorablemente y si Dirección General de Interpretación Urbanística coincide con tal dictamen caso contrario se aplica la Resolución Nº 365-SIyP-2006 la Secretaria de Planeamiento dicta el acto administrativo consecuente incorporando al bien con carácter preventivo al Catálogo de Inmuebles Patrimoniales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires hasta tanto se resuelva la incorporación firme de edificios al Catálogo en cuestión por medio de una Ley;

Página 108

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 13/7/2016

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data13/07/2016

Conteggio pagine329

Numero di edizioni5641

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione02/08/2024

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