Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4750 - 26/10/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.º 321/DGSPR/15
Buenos Aires, 20 de octubre de 2015
VISTO:
la Ley Nº 1913 B.O Nº 2363 y N 5238 B.O N4550, los Decretos Nº 446GCBA/2006 B.O Nº 2436, y N 394-GCABA/2013 B.O. N4248, las Disposiciones N 220-DGSPR/2009, N 282- DGSPR/2011, y N 308-DGSPR/2013, y la Carpeta N
E143551, y;
CONSIDERANDO:
Que la empresa SEGURIDAD HIBOU S.R.L. con domicilio real en la calle Remedios de Escalada de San Martín N 1724, Piso 9, Dpto. "35", de Vicente López, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la calle Montañeses N 3150, Piso 13, Dpto. "4", Torre Central, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición N 220-DGSPR/2009;
Que vencido el plazo de su última habilitación con fecha 21/09/2015 la interesada solicito su renovación en las categorías establecidas por la Ley N 1913 en su Artículo 3 sin autorización al uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a, b y c;
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo establecen los Arts. 9º Inciso c y 20 Inciso a de la Ley Nº 1913 y reglamentación aprobada por los Decretos Nº 446-GCBA/2006 y N394-GCABA/2013;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley, al señor Sergio Russo, D.N.I. Nº 11.546.807;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas actuaciones, surge que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 1913 y por sus Decretos reglamentarios Nº 446-GCBA/2006 y N394-GCABA/2013
para concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo 1
art. 167, inciso 19, de la Ley 5238, por lo que corresponde el otorgamiento de su habilitación por el plazo de dos 2 años contados a partir del día de la fecha.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias, EL DIRECTOR GENERAL DE SEGURIDAD PRIVADA
DISPONE
Artículo 1º.- Renuévese a partir del día de la fecha y por el término de dos 2 años, la habilitación concedida a la empresa SEGURIDAD HIBOU S.R.L. para prestar servicios de seguridad privada en las categorías establecidas por la Ley Nº 1913 en su Artículo 3 Punto 2 - Servicios sin autorización de uso de armas de fuego - Incisos a Vigilancia
Página 159

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2015

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data26/10/2015

Conteggio pagine288

Numero di edizioni5637

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione29/07/2024

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