Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4664 - 23/06/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
en su artículo 8 establece como autoridad de aplicación al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en tal sentido, corresponde dar intervención al Ministerio de Salud, a fin de que actué en el ámbito de las competencias que le son propias, disponiendo personal médico al momento de ejecutarse la medida, para la atención, contención y prevención de la salud de las personas mayores alojadas;
Que la Procuración General de la Ciudad ha tomado la intervención que le compete en los términos de la Ley N 1218, mediante dictamen N IF-2015-04791364-DGAINST e IF-2015-16246321-DGAINST;
Que compartiendo el criterio expuesto por la Procuración General de la Ciudad, corresponde dictar el acto administrativo que disponga la desocupación del establecimiento de referencia y la reubicación de las personas mayores allí alojadas, dando formal intervención al Ministerio de Desarrollo Social y al Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad a fin de que actúen en el marco de sus competencias.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 12 de la Ley N 2.624, EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL
RESUELVE
Artículo 1.- Dispónese el desalojo y traslado de las personas mayores que se encuentran alojados en el establecimiento geriátrico sito en la calle Gascón N 741.
Artículo 2.- Dese intervención al Ministerio de Desarrollo Social a los efectos de que arbitre los medios pertinentes para reubicar a las personas mayores que se encuentran alojadas en el establecimiento referido en el artículo 1.
Artículo 3.- Comuníquese al Ministerio de Salud lo dispuesto en el artículo 1, a fin de que actué en el ámbito de las competencias que le son propias, disponiendo personal médico al momento de ejecutarse la medida, para la atención, contención y prevención de la salud de las personas mayores alojadas.
Artículo 4.- Dese al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese al interesado y comuníquese electrónicamente a las Direcciones Generales de esta Agencia Gubernamental de Control, y a los Ministerios de Desarrollo Social y de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Cumplido, pase a la Procuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para su conocimiento e intervención. Fecho, archívese. Gómez Centurión
RESOLUCIÓN N. 342/AGC/15
Buenos Aires, 17 de junio de 2015
VISTO:
LAS LEYES N 661, N 3.996, Nº 2.624, EL DECRETO Nº 1076/GCABA/05, Y EL
EXPEDIENTE ELECTRÓNICO Nº 11397321/MGEYA/SSTED/14, Y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 661, su modificatoria Nº 3.996 y su Decreto reglamentario Nº 1076/GCABA/05, establecieron el marco regulatorio para el funcionamiento de los Establecimientos Residenciales para Personas Mayores, dentro del ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;

Página 95

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 23/6/2015

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data23/06/2015

Conteggio pagine245

Numero di edizioni5626

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione12/07/2024

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