Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/6/2015

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4653 - 08/06/2015

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
DISPOSICIÓN CONJUNTA N. 56/DGFYC/15
Buenos Aires, 21 de mayo de 2015
VISTO:
Expediente Nº 1602841/2010, los Decretos de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005
BOCBA Nº 2126 y Nº 2-GCBA/2005 BOCBA Nº 2136, la Resolución 02/SSCC/05
BOCBA Nº 2136, la Resolución Nº 11/SSCC/2005 BOCBA Nº 2194, la Resolución Nº 12-SSCC/2005 BOCBA Nº 2209, la Resolución Nº 56-SSCC/2005 BOCBA Nº 2352, la Resolución Nº 68-SSEMERG-SSCC/2006 BOCBA Nº 2521, la Disposición Nº 151/DGHP-DGFYC-DGFYCO/2010, la Ley N 2624/2007 promulgada por Decreto N 2137/07; y CONSIDERANDO:
1.- Que por Disposición firma conjunta DISFC-2014-136-DGFYC, se renovó a partir del 28 de diciembre de 2014 y por el término de un 1 año en el Registro Público Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1/GCBA/2005, al local con nombre de fantasía "TERRAZAS DEL ESTE", perteneciente a la firma PUNTA
CARRASCO S.A., ubicado en la Av. Rafael Obligado N 2222 y Av. Sarmiento s/n, Planta Baja y Primer Piso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que posee habilitación otorgada a su nombre por Expediente N 1102965/2010 como local de baile clase "C" artículo 1º, y se fijó la capacidad máxima del local en NOVECIENTOS
900 asistentes en forma simultánea, mientras dure el estado de desafectación de Salones Nº 10 y 24 del local, dejándose expresa constancia que sólo podrán librarse al público los Salones Nº 11, 21, 22, 26 y 27 del plano de uso de fecha 31/10/2015, asimismo se le otorgo una prórroga de 30 días hábiles administrativos a los fines de que proceda a acompañar juego de planos de obra de condiciones contra incendio, que refleje la nueva realidad total del predio habilitado. Así también mediante DISFC2015-34-DGFYC se modificó los alcances del artículo 2 de la Disposición DISFYC2014-136-DGFYC fijando una capacidad máxima del local en DOS MIL VEINTIOCHO
2028.
2.- Que por Presentación del día 14 de abril 2015, se presenta el titular del trámite y solicita se otorgue una nueva prórroga de 30 días hábiles administrativos a los fines de dar cumplimiento con lo resuelto en el art. 3 de la DISPOSICION DISFC-2014-119DGFYC, por la cual se lo intimó a presentar nuevo juego de planos conforme a obra de condiciones contra incendio del sector siniestrado del predio.
3.- Que habida cuenta que el local de marras posee plano de condiciones contra incendio del total del predio conforme lo informado por la Dirección General de Fiscalización y Control de Obras, mediante Nota NO-2015-04749572-DGFYCO, y atento que el Salón Nº 24, se encuentra desvinculado físicamente del resto del predio, se deberá extender la prórroga oportunamente otorgada al requirente.
Por ello, en uso de las facultades dispuestas por el artículo 3º del Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 1-GCBA/2005 y por Ley Nº 2624/2007, promulgada por Decreto Nº 2137/07, EL DIRECTOR GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS, EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL
Y EL DIRECTOR GENERAL DE FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS
DISPONEN:
Artículo 1º: Modificar los alcances del artículo 3º de la Disposición DISFC-2014-136-

Página 225

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 8/6/2015

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data08/06/2015

Conteggio pagine290

Numero di edizioni5630

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione18/07/2024

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