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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/2/2015
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Nº 4572 - 03/02/2015
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
locales bailables, confiterías y/o espectáculos en vivo, como todo lugar destinado a recreación, c Servicios de serenos en lugares fijos, privados o edificios de propiedad horizontal;.
Artículo 2º.- La renovación de la habilitación otorgada para un próximo período, deberá solicitarse con 30 días de anticipación al vencimiento de la presente, acompañando la totalidad de la documentación pertinente.
Artículo 3º.- Inscríbase en el Registro de Seguridad Privada la renovación otorgada por el presente Acto Administrativo.
Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, notifíquese fehacientemente al interesado. Para su conocimiento pase a la Subsecretaría de Seguridad Ciudadana, a la Agencia Gubernamental de Control, al Registro Nacional de Armas y a la División Armas y Agencias de la Policía Federal Argentina. Cumplido, archívese. Cocca
DISPOSICIÓN N.º 31/DGSPR/15
Buenos Aires, 29 de enero de 2015
VISTO:
la Ley Nº 1913 B.O Nº 2363 y N 4808 B.O Nº 4306, los Decretos Nº 446GCBA/2006 B.O Nº 2436 y N 394-GCABA/2013 B.O. N4248, y, las Disposiciones Nº 273-DGSPR/2008, Nº 039- DGSPR/2010, N367-DGSPR/2010, N017DGSPR/2013, y la Carpeta Nº 049- DGSPR/2008, y CONSIDERANDO:
Que la empresa GROUP OF PRIVATE SECURITY S.R.L. con domicilio real en la calle Húsares N 3856, Quilmes, Provincia de Buenos Aires, y constituido en la Avenida Juan Bautista Alberdi N 2817, Planta Alta, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ha sido habilitada oportunamente para prestar servicios de seguridad privada en Jurisdicción de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por Disposición Nº 273DGSPR/2008;
Que vencido el plazo de su última habilitación el día 16/01/2015 la interesada solicitó su renovación en las categorías establecidas por la Ley Nº 1913 en su Artículo 3º con autorización al uso de armas de fuego: Punto 1, Incisos a y b y sin autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Incisos a, b y c;
Que ello así, atento que la prestación de servicios de seguridad privada se encuentra condicionada a la previa habilitación de la firma por parte de esta Dirección General, en caso de cumplir con los requisitos exigidos por la normativa vigente, conforme lo establecen los Arts. 9º Inciso c y 20 Inciso a de la Ley Nº 1913 y reglamentación aprobada por los Decretos Nº 446-GCBA/2006 y N394-GCABA/2013;
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en los términos del Art. 17 y concordantes de la mencionada Ley al Señor Sergio Russo , D.N.I Nº 11.546.807;
Que asimismo acompañó Certificado de Usuario Colectivo Nº 213.788, el cual posee vigencia hasta el día 01/02/2015 y que fuera expedido en Legajo Nº 9.761.927 del Registro Nacional de Armas;
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