Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/12/2014

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

Nº 4537 - 05/12/2014

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página 109 de 296

Que ante tal requerimiento, el Sr. Mirol no efectúa descargo alguno;
Que es de hacer notar, que en cuanto al fondo de la cuestión planteada, debe señalarse que la Ley Nº 471 establece en su artículo 10 que: "Los trabajadores dependientes de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tienen las siguientes obligaciones: a prestar personal y eficientemente el servicio en las condiciones de tiempo, forma, lugar y modalidad determinados por la autoridad competente, sea en forma individual o integrando los equipos que se constituyan conforme a las necesidades del servicio encuadrando su cumplimiento en principios de eficiencia, eficacia y productividad laboral,
Que como consecuencia de lo expresado, se advierte que al haber inasistido a sus tareas desde la fecha mencionada precedentemente, el agente en cuestión ha violado lo dispuesto en la citada norma, lo que configura una falta administrativa que justifica la sanción correspondiente;
Que en este sentido, respecto a la responsabilidad disciplinaria, la precitada Ley dispone en su artículo 48 que: "Son causales para la cesantía: b inasistencias injustificadas que excedan los 15 días en el lapso de los 12 meses inmediatos anteriores
Que por otra parte, la Ley que nos ocupa determina en su artículo 51 que quedan exceptuados del procedimiento de sumario previo b del 47 y en los incisos b y d del artículo 48";
Que asimismo se señala, que la conducta puesta de manifiesta por la causante, resulta alcanzada por lo dispuesto en el artículo 48 inc. b de la citada Ley, por lo tanto corresponde aplicar la sanción de cesantía, de conformidad con lo peticionado por el Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que es de hacer notar que por Resolución N 215/MMGC/2014, se establece el procedimiento de cesantías del personal comprendido en la precitada Ley.
Por ello y conforme las facultades conferidas al suscripto mediante la Ley Nº 4013 y el Decreto Nº 660/2011 y sus modificatorios, EL SUBSECRETARIO DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVE
Artículo 1.- Declárase cesante a partir del 4 de enero de 2014, al agente Arturo Leonardo Mirol, D.N.I. 12.498.008, CUIL. 23-12498008-9, perteneciente a la Dirección General Habilitaciones y Permisos, de la Agencia Gubernamental de Control AGC, del Ministerio de Justicia y Seguridad, partida 2627.0000.A.B.06.102, conforme lo establecido por los artículos 48, Inc. b y 51, Inc. c de la Ley Nº 471.
Artículo 2.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y para su conocimiento y demás efectos, remítase a la Gerencia Operativa Proyectos de Normas, dependiente de la Dirección General de Asuntos Laborales y Previsionales, de la Subsecretaría de Gestión de Recursos Humanos, del Ministerio de Modernización. Cumplido, archívese. Legorburu
RESOLUCIÓN N. 1737/SSGRH/14
Buenos Aires, 12 de noviembre de 2014
VISTO:
El E.E. Nº 11668414/2014 HGADS y

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 5/12/2014

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data05/12/2014

Conteggio pagine297

Numero di edizioni5645

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione08/08/2024

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