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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/12/2011
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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
N 3817 - 22/12/2011
Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N13
Por ello, y en uso de las facultades legales asignadas por los artículos 102 y 104 de la Constitución de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
Artículo 1.- Apruébase la Licitación Pública N 758/SIGAF/2011, realizada al amparo de lo establecido en el artículo 31, concordante con el primer párrafo del artículo 32 de la Ley N 2.095, el Decreto Reglamentario N 754/2008 y su modificatorio Decreto N
232/2010 y adjudicase la Contratación de un Servicio de Limpieza General e Integral en los Establecimientos Hospitalarios, Centros de Salud y Edificios Administrativos del Ministerio de Salud, dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a las siguientes firmas: LA MANTOVANA DE SERVICIOS
GENERALES S.A. -Zonas N 1 y 4 por la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES
CIENTO SESENTA Y SEIS MIL CUATROCIENTOS CUARENTA $ 18.166.440.- y SERVICIOS DE LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO S.A. Zona N 2 por la suma de PESOS TRECE MILLONES SETECIENTOS VEINTIOCHO MIL $ 13.728.000.-, ascendiendo el monto total de la presente contratación a la suma de PESOS TREINTA
Y UN MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS
CUARENTA $ 31.894.440.
Artículo 2.- Déjanse sin efecto las Zonas N 3 y 5 por no prorrogar la vigencia de su oferta la firma LIMPIOLUX S.A..
Artículo 3.- Déjase constancia que dicho gasto se imputara a la correspondiente partida presupuestaria de los Ejercicios de los Años 2.011, 2.012 y 2.013.
Artículo 4.- Exhíbase copia de la presente en la cartelera oficial de la Unidad de Proyectos Especiales UPE con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central UOAC por el término de un 1 día.
Artículo 5.- Autorízase al Directorio o al Coordinador General de la Unidad de Proyectos Especiales UPE con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central UOAC a suscribir las respectivas Ordenes de Compra ajustadas a los proyectos obrantes en el pertinente actuado.
Artículo 6.- El presente Decreto es refrendado por los señores Ministros de Salud y de Hacienda y por el Señor Jefe de Gabinete de Ministros.
Artículo 7.- Dése al Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires por el término de un 1 día y en la pagina de Internet del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y, en prosecución de su tramite, remítase a la Unidad de Proyectos Especiales UPE con carácter de Unidad Operativa de Adquisiciones Central UOAC, dependencia que deberá proceder a efectuar las notificaciones fehacientes del presente Decreto a las empresas oferentes, de acuerdo a los términos establecidos en los artículos 60 y 61 del Decreto de Necesidad y Urgencia N 1.510/97, aprobado por Resolución N 41/LCABA/98. MACRI - Lemus - Grindetti - Rodríguez Larreta
DECRETO N. 668/11
Buenos Aires, 10 de diciembre de 2011
VISTO:
La Ley N 93 y su reglamentación, la Ley N 1.660 y su reglamentación, el Convenio de