Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3777 - 26/10/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N49

concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de realizar un evento denominado Maratón Corre por Caballito, de acuerdo al siguiente recorrido:
Partiendo de Av. Avellaneda y Gral. Martín Gainza, por Av. Avellaneda, Dr. Nicolás Repetto, Neuquén, Espinosa, Av. Gaona, Nicasio Oroño, Dr. Juan Aranguren, Morelos, Av. Avellaneda hasta el punto de partida;
Esquema de afectaciones:
a. Cortes parciales, momentáneos y sucesivos, de dos carriles, de las arterias por donde se desarrolla la prueba.
b. Cortes totales, momentáneos y sucesivos de las transversales al momento de paso de los participantes.
Artículo 2º.- En las arterias afectadas parcialmente se deberán colocar vallas rígidas continuas en toda la parte afectada, a fin de separar el transito vehicular de los participantes.
Artículo 3º.- El transito que pretenda circular por las arterias afectadas deberá desviarse por la transversal inmediata anterior al corte y retomar por la calle paralela más próxima de igual sentido de circulación.
Artículo 4º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148.
Artículo 5º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y la Policía Metropolitana, y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.
Artículo 6º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 4º y 5º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes.
Artículo 7º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, pase a la Policía Federal Argentina, Policía Metropolitana, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público. Presti
Ministerio de Cultura
RESOLUCIÓN N. 1817/MCGC/11
Buenos Aires, 6 de mayo de 2011
VISTO:
La Ley Nº 2.264, los Decretos Nros. 886-GCBA-07, su modificatorio 1.135-GCBA-09 y

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 26/10/2011

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data26/10/2011

Conteggio pagine256

Numero di edizioni5637

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione29/07/2024

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