Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/7/2011

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3711 - 22/07/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N160

hubieran sido regularizadas en los términos del presente régimen, no serán consideradas como antecedente respecto de la inscripción en el Registro de Reincidencia de Faltas Fiscales;
Que dado que en el caso, motivo de juzgamiento, se dan los extremos previstos en la normativa citada precedentemente, corresponde concluir el sumario instruido condonando totalmente la multa, que de otro modo hubiera correspondido aplicar y remitir estos actuados para su archivo por el término de cinco 5 años, en virtud de lo previsto en la Disposición Nº 491-DGR/80.
Por ello y en virtud de los artículos 3 y 126 del Código Fiscal T.O. 2011 Separata del B.O. Nº 3653 y la Resolución Nº 11-AGIP/2009 BO Nº 3095, LA SUBDIRECCION GENERAL DE TECNICA TRIBUTARIA
Y COORDINACION JURIDICA DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto la multa aplicada por Resolución Nº 101-DGR/2008 al contribuyente ORELLANO SERGIO DANIEL CUIT Nº 20-22333296-0, en mérito a lo expuesto en los Considerandos precedentes.
Artículo 2º.- Concluir el sumario instruido al contribuyente ORELLANO SERGIO
DANIEL, CUIT Nº 20-22333296-0, con domicilio fiscal en la calle San Javier 14, de La Matanza, Provincia de Buenos Aires y domicilio constituido en Avenida Córdoba 2900, ubicado en la Comuna Nº 3, de esta Ciudad, condonando totalmente la multa que en el caso de otro modo hubiera correspondido aplicar, atento que el caso encuadra en lo previsto por la Ley 3461 B.O. Nº 3452 y el articulo 5 de la Resolución Nº 393-AGIP/2010 B.O. Nº 3463.
Artículo 3º.- Regístrese; publíquese por edictos en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, conforme lo establecido en el artículo 28 inc. 5º del Código Fiscal T.O.
2011, y posteriormente archívese por intermedio del Departamento de Archivo General Único de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos por el término de cinco 5 años en virtud de lo previsto en la Disposición Nº 491-DGR/80.
Vicente Caliendo Subdirector General EO 981
Inicia: 21-7-2011

Vence: 25-7-2011

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 22/7/2011

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data22/07/2011

Conteggio pagine160

Numero di edizioni5622

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione05/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Julio 2011>>>
DLMMJVS
12
3456789
10111213141516
17181920212223
24252627282930
31