Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/4/2011

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3646 - 18/04/2011

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N64

Que a fs. 04/20 lucen las planillas de firmas correspondientes al mes enero 2008
acompañadas en copia y certificadas por el Sr. Coordinador General de Recursos Humanos de la Subsecretaría de Deportes donde registraba la asistencia de la requirente ap. 2;
Consecuentemente, a fs. 33/35 declaran tres testigos que trabajaron con la causante en la Colonia y ratifican que la Sra. Valía cumplía las funciones de administrativa durante el periodo reclamado indicado a fs. 1;
Que, sin embargo, a fs. 53/54 la Procuración General dictaminó que verificado si los servicios cuyo reconocimiento y pago reclama han sido o no efectivamente cumplidos, aclarándose que no puede establecerse con las planillas y testimonios la forma en que se coordinó el desempeño en la función asignada, no existirían obstáculos de orden jurídico para que sean abonados los mismos
Que habiendo seguido con las investigaciones del caso, no ha sido verificado con nuevos elementos la efectiva prestación de servicios por parte de la reclamante conforme lo ordenó la Procuración General;
Que la Dirección General Técnica, Administrativa y Legal a fs. 60 expresó que que de acuerdo a lo hasta aquí aportado, en caso de no contarse con otros elementos, comprobantes o aclaraciones sobre el particular, la presente gestión no podrá prosperar
Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias, EL SUBSECRETARIO DE DEPORTES
RESUELVE:
Artículo 1º.- Desestímese el reclamo efectuado por la Sra. Rosana Irene Valia, DNI Nº 16.579.642, quien solicita se le reconozca los servicios prestados como administrativa en el Polideportivo Colegiales durante la Colonia de Vacaciones 2008 por el periodo comprendido entre el 02/01/2008 y el 08/02/2008.
Artículo 2º.- Dése el Registro, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires y, para su conocimiento y demás efectos pase a la Dirección General de Infraestructura y Actividades Deportivas, la que deberá practicar la fehaciente notificación de los términos de la presente resolución a la interesada, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 60 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires, aprobada por Decreto Nº 1510 y dejando constancia que el presente acto no agota la vía administrativa y que contra el mismo podrá interponerse recurso de reconsideración en el plazo de diez días hábiles o recurso jerárquico en el plazo de quince días hábiles conforme artículos 103, 108 y concordantes de la Ley citada. Cumplido, archívese. Irarrazával
RESOLUCIÓN N. 501/SSDEP/10.
Buenos Aires, 30 de diciembre de 2010
VISTO:
La Ley Nº 1.624 y Decreto 1416/07, el expediente Nº 1.585.923/10, y CONSIDERANDO:
Que la Ley del Deporte Nº 1.624, tiene por objeto regular, promover, fiscalizar, y

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/4/2011

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data18/04/2011

Conteggio pagine187

Numero di edizioni5638

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione30/07/2024

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