Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/5/2010

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3415 - 06/05/2010

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N17

desde la suscripción del presente y disponer que la citada perciba la retribución mensual que le correspondiere como Directora General.
Que el presente acto se emite en orden a las facultades conferidas a la Vicepresidencia Primera por el Artículo 71 de la CONSTITUCIÓN DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE
BUENOS AIRES, y el Artículo 88 del REGLAMENTO INTERNO DE LA LEGISLATURA
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
Por ello, EL VICEPRESIDENTE PRIMERO DE LA
LEGISLATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTÍCULO 1. Desígnase a la agente Analía Pettinati DNI 14.051.836-Legajo 10236
como Directora General de Taquígrafos, a partir de la fecha de suscripción del presente acto.
ARTÍCULO 2. Dispónese que la retribución mensual que percibirá la Lic. Analía Pettinati DNI 14.051.836-Legajo 10236, será la correspondiente al cargo de Directora General de Taquígrafos, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 1º del Decreto 344-VP-2007.
ARTÍCULO 3. Concédese licencia sin goce de haberes por misiones especiales con retención de su partida presupuestaria correspondiente, a la Lic. Analía Pettinati DNI
14.051.836-Legajo 10236, por haber sido designada Directora General de Taquígrafos, y hasta que se desempeñe en su cargo, conforme lo establecido en el artículo 94 del Convenio Colectivo de Trabajo Texto Ordenado 2007, por las razones expuestas en los considerandos.
ARTÍCULO 4. Dispónese la suspensión en las funciones de Directora de Supervisión de la Dirección General de Taquígrafos de la agente mencionada en el artículo 1º del presente acto, dejando sin efecto el adicional por conducción que la misma percibe, mientras se desempeñe en el cargo de Directora General de Taquígrafos.
ARTÍCULO 5. Regístrese, comuníquese, notifíquese. Cumplido, archívese.
Moscariello
DECRETO Nº 16 - VP/10
Buenos Aires, 3 de Febrero de 2010.
VISTO el Expediente N 25337/SA/2005 y CONSIDERANDO
Que la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires considero primordial la realización de las obras de remodelación, finalización y equipamiento del Palacio Legislativo sancionado, a esos efectos, la ley N 1.444.
Que en el artículo 8 de la mencionada ley dispuso la creación del Fondo de Preservación, Reparación, Mejora y Finalización de Obras del Palacio Legislativo, destinado a la construcción de un fideicomiso para el cumplimiento de lo dispuesto en el considerando anterior, ordenando a la Legislatura suscribir dicho contrato con un Banco del Sector Publico.
Que en cumplimiento de lo estipulado en el artículo mencionado se suscribió un contrato de fideicomiso de garantía entre la Legislatura como fiduciante, y el Banco de

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 6/5/2010

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data06/05/2010

Conteggio pagine209

Numero di edizioni5620

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione03/07/2024

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