Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/6/2009

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 3197 - 18/06/2009

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Página N64

Que, los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes que pudieran surgir del desarrollo de las actividades para las que se solicita el corte de tránsito, debiendo contar con los seguros necesarios previstos en la normativa vigente, como así también, serán responsables de la limpieza de las aceras y calzadas afectadas, de acuerdo con lo previsto en la Ordenanza Nº 51.277;
Por ello, y en uso de las facultadas conferidas;
EL SUBSECRETARIO DE SEGURIDAD URBANA
RESUELVE
Artículo 1º.- Autorizar el corte de tránsito total solicitado por el C.G.P.C Nº 11, de Pedro Lozano, entre Cuenca y Helguera, sin afectar bocacalles, el día jueves 14 de mayo de 2009, en el horario de 10.00 a 12.00 horas, con la concurrencia de la Policía Federal Argentina, con motivo de realizar un simulacro de accidente de tránsito.
Artículo 2º.- Los solicitantes serán responsables de la seguridad del personal interviniente, concurrente y peatones, corriendo por su cuenta los riesgos por daños o accidentes, que surjan del desarrollo de las actividades, debiendo contar con los seguros necesarios de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente, dando cumplimiento a las reglamentaciones imperantes en cuanto a audio y sonido a fin de evitar posibles molestias a los vecinos del lugar y permitir en todo momento el acceso de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares de frentistas y de vehículos de emergencias. Asimismo, se deberá realizar el vallado y señalamiento en los lugares del evento y adyacencias, conforme a lo dispuesto en el Artículo 2.1.10 de la Ley Nº 2.148.
Artículo 3º.- Los solicitantes deberán arbitrar los medios necesarios para contar en forma obligatoria con el apoyo de la Policía Federal Argentina y procederá al término de la actividad a efectuar la limpieza del lugar que resulte necesaria, de acuerdo a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 51.277/96.
Artículo 4º.- De no cumplimentarse lo indicado en los artículos 2º y 3º de la presente, la misma carecerá de válidez. Asimismo, no implica autorización para la realización de actividades comerciales ni autoriza el estacionamiento de ningún tipo de vehículo, las que deberán tramitarse por cuerda separada en las Áreas correspondientes.
Artículo 5º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires, y para su conocimiento, notificación fehaciente y demás efectos, pase a la Policía Federal Argentina, al Ministerio Público Fiscal, a las Direcciones Generales de Limpieza, de Seguridad Vial, de Tránsito, y de Ordenamiento del Espacio Público.
Molinero
RESOLUCIÓN Nº 248 - SSSU/09
Buenos Aires, 13 de mayo de 2009.
VISTO: El Decreto Nº 2075-GCBA-2007, Resolución Nº 558-SsSU-SsPyCEP-SSTyT2006 y el Registro N 141-SSDEP-2009, e incorp. Reg istro N 178-SSDEP-2009, y CONSIDERANDO:
Que, dentro de las competencias que le fueron asignadas a la Subsecretaría de Seguridad Urbana se encuentra la de autorizar los cortes de tránsito de calles y

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/6/2009

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data18/06/2009

Conteggio pagine203

Numero di edizioni5619

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione02/07/2024

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