Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/2/2003

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

N 1623

4/2/2003

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires Decretos
DECRETO N 81

DESESTÍMASE EL RECURSO DE LA EMPRESA
GRAPE CONSTRUCTORA S.A. CONTRA EL
DECRETO N 1.386/GCABA/2002

Expediente N 45.714/2001.
Buenos Aires, 24 de enero de 2003.
Visto el Expediente 45.714/2001 y la Ley de Obras Públicas N 13.064 y;
CONSIDERANDO:
Que por la citada actuación tramita la Licitación Pública N 4/2001, efectuada para la ejecución de la obra Remodelación del Parque Rivadavia;
Que en dicha Licitación se dictó el Decreto N 1.386/GCBA/
2002 por el que se desestimó, por extemporánea y carente del depósito de garantía la presentación deducida por la firma Grape Constructora S.A. y se aprobó la mencionada Licitación, adjudicándose la ejecución de la obra a la Empresa G y C Construcciones S.A.;
Que contra dicho acto la empresa, Grape Constructora S.A.
interpuso recurso de reconsideración en los términos del artículo 103 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires;
Que, atento la fecha de notificación del Decreto N 1.386/GCBA/02
y la de presentación del recurso, debe tenerse a dicha presentación como extemporánea, dado que el plazo para deducir el recurso en cuestión venció el 12 de noviembre de 2002, habiendo dispuesto la quejosa asimismo, de las dos primeras horas hábiles del día 13 de noviembre de 2002;
Que, sin perjuicio de lo expuesto, corresponde formular aclaraciones en cuanto a las manifestaciones formuladas por la quejosa en su nueva impugnación, relativas a la extemporaneidad de la impugnación que dedujera respecto de la preadjudicación;
Que, efectivamente, expresa la quejosa se notificó de la preadjudicación por exhibición en cartelera y presentó la impugnación con fecha 27/12/01 y pretende justificar su demora expresando que el 26/12/01, según su criterio, primer día hábil tomó vista de los obrados dejando constancia de la imposibilidad de concurrir a la Jefatura de Gobierno los días 20, 21 y 24;
Que, en cuanto a los días 20 y 21 de diciembre de 2001 hace referencia a los hechos ocurridos en las inmediaciones de Plaza de Mayo y con relación al día 24 de diciembre de 2001, expresa la recurrente que fue declarado inhábil por el Gobierno de la Ciudad;
Que debe destacarse que por Decreto N 2.088/GCBA/01, se declaró asueto para la Administración del Gobierno de la Ciudad el día 24 de diciembre de 2001, a partir de las 14 hs., consecuentemente, la recurrente dispuso de los días 20, 21 y 24 de diciembre para deducir la impugnación en cuestión, contando asimismo con
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las dos primeras horas hábiles administrativas del día 26 de diciembre de 2001;
Que, en virtud de tales recomendaciones corresponde desestimar por extemporáneo el recurso incoado contra los términos del Decreto N 1.386/GCBA/02;
Que la Procuración General se ha expedido, en forma coincidente con el criterio expuesto, en el Dictamen N 13.523/02, aconsejando el dictado del presente acto;
Que, independientemente de lo expuesto, la empresa G y C
Construcciones S.A., con fecha 10 de enero de 2003, manifiesta que encontrándose vencido el plazo de mantenimiento de oferta y ante las dificultades de público conocimiento, lamenta no poder mantener la oferta oportunamente presentada, por lo que corresponde, en virtud de la facultad prevista por el punto 1.4.4. del Pliego de Bases y Condiciones Generales, dejar sin efecto la adjudicación y, consecuentemente , la licitación en su totalidad ya que por otra parte, se encuentra vencido el ejercicio 2002 al que fuera imputado originalmente;
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias, EL JEFE DE GOBIERNO
DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DECRETA:
Artículo 1 - Desestímase, por extemporáneo, el recurso de reconsideración incoado por la Empresa Grape Constructora S.A.
contra el Decreto N 1.386/GCBA/02.
Artículo 2 - Déjase sin efecto la adjudicación de la Obra Remodelación del Parque Rivadavia efectuada a favor de la firma G y C Constructura S.A. en virtud de lo dispuesto por el Art.
2 del Decreto N 1.386/GCBA/02.
Artículo 3 - Déjase sin efecto la Licitación Pública N 4/2001.
Artículo 4 - El presente Decreto es refrendado por los Señores Secretarios de Medio Ambiente y Planeamiento Urbano, Hacienda y Finanzas y el Sr. Jefe de Gabinete.
Artículo 5 - Dése al Registro. Publíquese en el Boletón Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Comuníquese a la Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires de acuerdo con lo establecido en el Art. 11 del Decreto N 698/GCBA/96 B.O.C.B.A. N
97 y su modificatorio, Decreto N 1.583/GCBA/01 B.O.C.B.A.
N 1298. Para su conocimiento y demás efectos pase a la Secretaría de Medio Ambiente y Espacio Público. Cumplido, archívese. IBARRA - Epszteyn - Fernández a/c Secretaría de Hacienda y Finanzas
DECRETO N 86

APRUÉBASE EL ACTA ACUERDO CELEBRADA
CON LA EMPRESA CCI CONSTRUCCIONES S.A.
Buenos Aires, 24 de enero de 2003.
Visto el Expediente N 61.695/2002, y CONSIDERANDO:
Que con fecha 22 de enero de 2003, entre la Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la empresa CCI Construcciones S.A. se celebró ad referéndum de esta Jefatura de Gobierno, un Acta Acuerdo relacionada con las obras de construcción del aliviador de la Cuenca del Arroyo Vega Licitación Pública N 192/98, recaída en el Expediente N 72.723/98, aprobada por Decreto N 1.656/GCBA/
98 y adjudicada por Resolución N 207/SOYSP/99;

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/2/2003

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires

PaeseArgentina

Data04/02/2003

Conteggio pagine40

Numero di edizioni5646

Prima edizione06/08/1996

Ultima edizione09/08/2024

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