Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/2/2017 (Anexo)

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

N 5062 - 3/2/2017

Separata del Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires
ANEXO - RESOLUCIÓN N.º 196/CESBA/16

4.5. A partir del día hábil siguiente a la notificación, los postulantes que así lo consideren podrán interponer un recurso administrativo de reconsideración, que será resuelto por la Presidencia en única instancia, agotando la vía administrativa.
El plazo para interponer este recurso es de 5 CINCO días hábiles. Rigen las normas generales en materia de procedimiento administrativo vigentes en el GCBA en todo lo no previsto en el presente reglamento con relación al recurso que se establece en este punto.
5.- Constitución del Jurado 5.1. El Jurado estará constituído por el Presidente del CESBA, Lic. Federico SARAVIA, el Secretario Ejecutivo del ente, Dr. Fernando CALVO, y el Gerente de Finanzas y Contabilidad, Lic. Jorge SERDAREVICH.
5.2. Los miembros del Jurado podrán excusarse de intervenir, y los postulantes podrán recusarlos, por las siguientes causas: a Si existiere entre ellos amistad o enemistad manifiesta; b Si existiere entre ellos parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el segundo grado; c Si el Jurado fuere deudor o acreedor del postulante; d Si el Jurado y el postulante fueran recíprocamente actor y demandado en juicio, salvo que éste estuviera concluido. Fuera de las causales enumeradas no se admitirán otras.
5.3. El Jurado que se excusare o que fuere recusado será sustituido por otro, que será propuesto ad hoc por los restantes Jurados y designado por la Presidencia del CESBA. Rigen para el nuevo Jurado las causales de excusación y recusación previstas en el punto precedente.
5.4. Las resoluciones sobre admisión o rechazo de las excusaciones y recusaciones será resuelta por los Jurados no recusados ni excusados, no siendo su resolución impugnable durante el curso del Concurso, sin perjuicio del derecho de impugnar la decisión final por la vía recursiva vigente.
6.- Perfiles de los puestos 6.1.Para la determinación de los perfiles de los puestos se tendrán en cuenta: a La identificación de cada uno de ellos realizada en el ANEXO III de la presente Resolución; b Las funciones previstas para cada uno de ellos en la Resolución Nº 44-CESBA/16, complementaria de su similar Nº 12-CEyS/16 en materia de estructura orgánica del CESBA, y c La descripción de perfiles de puestos realizada en el reservorio único documental del CESBA, confeccionado en oportunidad de certificarse Normas ISO 9001:2015.

RESOLUCIÓN Nº 196-CESBA/16

FIN DEL ANEXO

N 358

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 3/2/2017 (Anexo)

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires (Anexo)

PaeseArgentina

Data03/02/2017

Conteggio pagine358

Numero di edizioni3396

Prima edizione14/08/2008

Ultima edizione08/07/2024

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