Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 1/4/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

Núm. 39.31 de marzo de 2020

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

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AJUNTAMENTS / AYUNTAMIENTOS
01114-2020-U
ONDA
Bases reguladoras de la convocatoria de ayudas Plan Impulso para Autónomos de Onda
CVE: 20200300390042

BDNSIdentif.: 501308.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http
www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index:
Primero. Beneficiarios.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas con domicilio fiscal en Onda que a día 1 de marzo de 2020 estuviesen dadas de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos, en los términos del artículo 1.a y cumplan los requisitos de la base tercera, así como las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, cuyas actividades queden suspendidas como consecuencia de lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, todo ello en los términos del art.
Segundo. Objeto.
La regulación de la convocatoria y concesión de ayudas económicas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas con domicilio fiscal en Onda, que cesen su actividad por norma del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y a aquellas que no cesen su actividad pero que se ven afectadas económicamente por el desarrollo del mismo.
Tercero. Colectivos subvencionables.
Los colectivos a subvencionar son:
a Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas que a día 1 de marzo de 2020 estuviesen dadas de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos:
- Persona trabajadora por cuenta propia o autónoma inscrita en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos RETA.
- Autónomo/a societario/a que tenga una empresa en cualquiera de sus formas jurídicas una única persona por empresa cuyo volumen de facturación sea inferior a 300.000 € durante 2019.
- Autónomo/a colaborador/a, cuando el titular de la actividad no se encuentre dado de alta en el RETA una única persona por actividad.
- Persona trabajadora por cuenta propia o autónoma inscrita en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos Agrarios.
- Comuneros o socios de otras sociedades no mercantiles una única persona por empresa.
- Trabajador autónomo económicamente dependiente TRADE.
b Personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas cuyas actividades queden suspendidas como consecuencia de lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la ayuda será:
a 600 euros mensuales para aquellas personas trabajadoras por cuenta propia o autónoma que a día 1 de marzo de 2020 estuviesen dadas de alta en el Régimen Especial de trabajadores Autónomos y continúen estándolo en los tres meses posteriores a la declaración del estado de Alarma regulado por el Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo.
b 200 euros para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas cuyas actividades queden suspendidas como consecuencia de lo previsto en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La ayuda para las personas trabajadoras autónomas que no cesen su actividad se contabilizará por mes completo, a contar desde el inicio del mes en el que se declara el estado de alarma hasta el último día del mes en el que finalice el mismo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
El plazo para la presentación de solicitudes, se iniciará el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón y finalizará el 31 de mayo de 2020.
Onda 2020-03-27La Alcaldesa Carmen Ballester Feliu.

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Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 1/4/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaeseSpagna

Data01/04/2020

Conteggio pagine12

Numero di edizioni4568

Prima edizione20/01/2011

Ultima edizione06/08/2024

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