Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 7/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

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B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

Núm. 29.7 de marzo de 2020

SEGUNDO.- El servicio de embargos del CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL informa a la Secretaría de este Juzgado de que la mercantil MARIA JOSE JARQUE BALLESTER tiene un saldo de 8,10 euros en las cuentas bancarias y que es titular de otras posiciones bancarias, únase el resguardo acreditativo a los autos de su razón.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- El artículo 259. 2 de la LRJS dispone que El secretario judicial podrá también, en cualquier momento, atendida la suficiencia de los bienes embargados, acordar la mejora, reducción o alzamiento de los embargos trabados, dictándose de oficio las resoluciones pertinentes conforme al art. 237 LRJS. Quedando fijada la cuantía en 725,58.- euros de principal más 110,05.- euros presupuestados para intereses y costas.
SEGUNDO.- Sin perjuicio de todo ello y en tanto no se tenga conocimiento de bienes suficientes, a fin de garantizar el derecho de los ejecutantes a obtener la tutela judicial efectiva y siendo obligatorio el cumplimiento de las sentencias y demás resoluciones firmes art. 24 y 118 de la C.E, procédase durante la tramitación del presente procedimiento y hasta que se logre la efectividad de la obligación pecuniaria que se ejecuta, a la averiguación de los bienes o derechos del apremiado, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 de la Ley 36/11 Reguladora de la Jurisdicción Social, a través de las bases de datos correspondientes a la Agencia Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Dirección General de Tráfico y la Dirección General del Catastro, en su caso, todas ellas accesibles mediante la aplicación del Punto Neutro Judicial.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO: Declarar embargados por vía de mejora de embargo el/los siguiente/s bien/es hasta cubrir la cantidad de 725,58.- euros de principal más 110,05.- euros presupuestados para intereses y costas:
- Los saldos en cuentas a la vista en entidades financieras españolas colaboradoras con la Administración de Justicia, de los que es titular la mercantil ejecutada, accediendo a través del Punto Neutro Judicial.
- Los importes que estén pendientes de devolución por cualquier concepto, a favor del ejecutado, de la AGENCIA TRIBUTARIA, embargo que se efectuará a través de la aplicación informática.
- Cualquier cantidad, que por cualquier operación con activos financieros y otros valores mobiliarios deba percibir el ejecutado, de BANCO SANTANDER, librándose el correspondiente oficio.
- Transfiérase a la cuenta designada por la ejecutante la cantidad embargada de 8,10.- euros a cuenta del principal reclamado.
Notifíquese la presente resolución a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Podrá interponerse recurso directo de revisión mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a su notificación según lo dispuesto en el art. 188 de la LRJS y art.
551.5ºde la LEC.
De conformidad con la D.A. 15 de la LOPJ, para que sea admitido a trámite el recurso de revisión contra esta resolución deberá constituir un depósito de 25euros, que le será devuelto sólo en el caso de que el recurso sea estimado.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el banco SANTANDER, en la cuenta correspondiente a este expediente 4160-0000-64-0025-19 indicando, en el campo concepto el código 31 SOCIAL-Revisión resoluciones Secretario Judicial y la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.
En el caso de realizar el ingreso mediante transferencia bancaria, tras completar el Código de Cuenta Corriente 0049 3569 92
0005001274; IBAN ES55 0049 3569 92 0005001274, se indicará en el campo concepto el número de cuenta el código y la fecha que en la forma expuesta en el párrafo anterior.
En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.
Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.
Asi lo acuerda y firma el/a Sr/a Letrado/a de la Administración de Justicia D/D PABLO CATALAN BELDA.

ALTRES ENTITATS I ANUNCIS PARTICULARS /
OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES

ALTRES ENTITATS I ANUNCIS PARTICULARS / OTRAS ENTIDADES Y ANUNCIOS PARTICULARES
00894-2020-U
COMUNIDAD DE REGANTES RIUS DE SANT JORDI
Convocatoria junta general comunidad de regantes Rius Sant Jordi
CVE: 20200300290034

Don. MARCOS CIFRE BALLESTER, Presidente de la Comunidad de Regantes RIUS SANT JORDI, con domicilio en San Jaime, 2 de Sant Jordi Convoca a todos sus componentes a, Junta General Ordinaria, que tendrá lugar el día 31 de marzo de 2020 en el local social Centro Cultural San Jorge de la ciudad de San Jorge. A las 19:00 horas en 1 Convocatoria, y a las 20:00 horas en 2 Convocatoria, teniendo en cuenta que con toda probabilidad la Junta se realizará en 2 convocatoria, con el siguiente:
ORDEN DEL DIA:
PRIMERO: Lectura y aprobación del acta anterior.
SEGUNDO: Informe de la presidencia TERCERO: Estudio y aprobación de Ingresos y Gastos 2019 y Presupuesto de 2020.
CUARTO: Renovación miembros Junta Directiva QUINTO: Renovación miembros Jurado de Riegos SEXTO: Modificación horario de riego SÉPTIMO: Propuesta para la realización de obras de equipamiento e instalaciones del nuevo pozo determinando su plazo de ejecución y la solicitud, para estas obras, de ayudas de la Conselleria para las comunidades de regantes en relación al fomento de la utilización racional del agua en aprovechamientos hidráulicos y regadíos, así como facultar al Presidente a representar a la C.R. ante la administración OCTAVO: Ruegos y preguntas.
Fecha: 5 de marzo de 2020.

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Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 7/3/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaeseSpagna

Data07/03/2020

Conteggio pagine60

Numero di edizioni4557

Prima edizione20/01/2011

Ultima edizione06/07/2024

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