Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 1/3/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Castellón

B.O.P. DE CASTELLÓN DE LA PLANA

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Núm. 26.29 de febrero de 2020

En ningún caso se admitirá una consignación por importe diferente al indicado. En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase.
Están exceptuados de la obligación de constituir el depósito quienes tengan reconocido el derecho a litigar gratuitamente, los trabajadores y los beneficiarios del régimen público de la Seguridad Social, el Ministerio Fiscal, Estado, Comunidades Autónomas, entidades locales y organismos autónomos dependientes de los tres anteriores.
Se advierte de que las restantes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios del Juzgado, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir la forma de auto o sentencia o cuando se trate de emplazamiento.
Y para que conste y sea publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón a fin de que sirva de notificación en forma al deudor demandado DAVID SANCHEZ ROMERO cuyo último domicilio conocido es: Avenida CASTELLO,49 3º - 7, 12540 VILA-REAL Castellón, expido la presente en Castellón a veinticuatro de febrero de dos mil veinte.
EL/LA LETRADO DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.

JUTJATS SOCIALS / JUZGADOS DE LO SOCIAL
00757-2020
CASTELLÓ DE LA PLANA
D E C R E T O num. 85/2020
Letrado A. Justicia D/D PABLO CATALAN BELDA.
En CASTELLON a diecisiete de febrero de dos mil veinte.
ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Graduado Social Sr./Sra. RUIZ SALVADOR, ROSA MARIA, se presentó cuenta detallada y justificada frente a XAVIER RIBAS CODINACHS, por importe de 444,60 Euros manifestando que le eran debido y no satisfechos.
SEGUNDO.- Por resolución de fecha 24/07/2019 acordó requerir al poderdante moroso para que pagase dicha suma, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de apremio.
TERCERO.- Dado que el demandado XAVIER RIBAS CODINACHS se encuentra en ignorado paradero y que no tiene domicilio fijo según manifiestación telefónica efectuada con el Juzgado de Paz de Faura en fecha 30/10/19, se le ha requerido al pago mediante Edicto publicado en fecha 28/01/2020, sin que este se haya opuesto dentro del plazo legal concedido por proveído de fecha.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
ÚNICO.- Habiendo transcurrido el plazo de diez días concedido a XAVIER RIBAS CODINACHS, sin que haya pagado ni formulado impugnación, procede, conforme a lo dispuesto en el artículo 35.3 de la L.E.C., archivar este procedimiento sin perjuicio de que el letrado pueda iniciar el correspondiente procedimiento de ejecución.
Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, PARTE DISPOSITIVA
Acuerdo que se archive el presente procedimiento seguido a instancia de la Graduado Social Sra. RUIZ SALVADOR, ROSA MARIA
frente a XAVIER RIBAS CODINACHS, fijando el importe en 444,60 euros.
Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin que ni siquiera prejuzgue parcialmente la sentencia que pudiera recaer en un procedimiento ordinario posterior EL/LA LETRADO A. JUSTICIA.

JUTJATS SOCIALS / JUZGADOS DE LO SOCIAL
00827-2020-U
MADRID
Procedimiento ordinario 821/2019 - Edicto Cédula a citación a Juicio y a Interrogatorio ORGANO QUE ORDENA CITAR
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 40 DE Madrid .
ASUNTO EN QUE SE ACUERDA
JUICIO Nº 821/2019 PROMOVIDO POR D./Dña. DOMINGO ANTONIO GARCIA GUAMAN SOBRE Reclamación de Cantidad .
PERSONA QUE SE CITA
SEVICROL MANTENIMIENTOS SL EN CONCEPTO DE PARTE DEMANDADA EN DICHO JUICIO.
OBJETO DE LA CITACIÓN
ASISTIR AL/A LOS ACTO/S DE CONCILIACIÓN Y JUICIO Y EN, SU CASO, RESPONDER AL INTERROGATORIO SOLICITADO POR D./
Dña. DOMINGO ANTONIO GARCIA GUAMAN SOBRE LOS HECHOS Y CIRCUNSTANCIAS OBJETO DEL JUICIO Y QUE EL TRIBUNAL
DECLARE PERTINENTE.
LUGAR Y FECHA EN LA QUE DEBE COMPARECER
EN LA SEDE DE ESTE JUZGADO, SITO EN C/ Princesa, 3 , Planta 10 28008 MADRID , SALA DE VISTAS Nº 10.3 , EL DÍA 29/09/2020
A LAS 10:10 HORAS.

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ADVERTENCIAS LEGALES
1.- Su incomparecencia injustificada no impedirá la celebración del juicio, que continuará sin necesidad de declarar su rebeldía Art.
83.3 LJS.
Las siguientes comunicaciones se harán en los estrados del Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento Art. 59 LJS.
2.- Debe concurrir a juicio con todos los medios de prueba que intente valerse Art. 82.2 LJS.
3.- Si pretende comparecer en el juicio asistido de Abogado o representado por Procurador o Graduado Social colegiado debe manifestarlo a este Juzgado por escrito dentro de los dos días siguientes a la publicación del presente edicto Art. 21.2 LJS.
4.- Si no comparece, y no justifica el motivo de la incomparecencia, el tribunal podrá considerar reconocidos los hechos controvertidos que le perjudiquen artículo 304 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil -LEC-, en relación con el artículo 91 de la LJS, ademas de imponerle, previa audiencia, una multa de entre 180 y 600 euros artículo 304 y 292.4 LEC.;
5.- La publicación de este edicto sirve de citación en legal forma a la parte demandada que se encuentra en ignorado paradero.
La persona citada puede examinar los autos en la Secretaría del Juzgado hasta el día de la celebración del juicio.
En Madrid , a cinco de febrero de dos mil veinte .
D./Dña. MERCEDES LLOPIS LUCAS, EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.

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Boletín Oficial de la Provincia de Castellón del 1/3/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Castellón

PaeseSpagna

Data01/03/2020

Conteggio pagine32

Numero di edizioni4555

Prima edizione20/01/2011

Ultima edizione29/06/2024

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