Boletín Oficial de Canarias del 19/8/2022

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de Canarias

Boletín Oficial de Canarias núm. 164

30748

Viernes 19 de agosto de 2022

y por el que se completa el Reglamento UE nº1306/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que atañe a los controles y sanciones pertinentes, por el que se modifican los Reglamentos CE nº555/2008, CE nº606/2009 y CE nº607/2009de la Comisión, y por el que se derogan el Reglamento CE nº436/2009de la Comisión y el Reglamento Delegado UE 2015/560de la Comisión, o norma que lo sustituya.
Asimismo, contendrá la información gráfica y alfanumérica del Sistema de Identificación de Parcelas Agrícolas SIGPAC.
2. La información recogida en el RVC no constituye ni genera derechos particulares, no dirimirá cuestiones relacionadas con la propiedad ni con la titularidad de los derechos sobre las explotaciones, las cuales tendrán que sustanciarse a través de los medios legales y los procedimientos correspondientes.
Artículo 5.- Acceso a la información y protección de datos.
1. El acceso al RVC será público respecto a la información relativa a la superficie, variedad, localización e identificación de las parcelas. El resto de datos solo serán accesibles para aquellas personas que figuren como personas viticultoras en el RVC respecto a sus parcelas y para quienes acrediten un interés legítimo sobre las mismas.
2. A los datos que figuren en el RVC les será de aplicación lo dispuesto en la normativa vigente en materia de protección de datos de carácter personal.
Artículo 6.- Actos inscribibles.
1. Serán objeto de inscripción en el RVC el alta y cancelación de explotaciones y parcelas vitícolas, así como la actualización de las información a que refiere el artículo 4de esta Orden.
2. Corresponde al órgano de la Administración Pública de Canarias competente en materia de agricultura la inscripción de los actos referidos en el apartado anterior, de oficio o a instancia de las personas interesadas.
Artículo 7.- Solicitud de inscripción, actualización o cancelación.
1. La solicitudes para la inscripción o cancelación de parcelas vitícolas, o para la actualización de la información en el RVC, se presentarán a través de la sede electrónica única de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, ajustada a los modelos normalizado accesible en dicha sede.
2. Los modelos normalizados de solicitudes se aprobarán mediante resolución del órgano de la Administración Pública de Canarias competente en materia de agricultura.
3. En dichos modelos, que deberá cumplir lo establecido en el Sistema de Información y Actuaciones Administrativas de la Administración Pública de Canarias, se harán constar, como mínimo, los datos necesarios para cumplimentar la información a que se refiere el artículo 4de esta Orden.

https sede.gobiernodecanarias.org/boc
boc-a-2022-164-2706

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de Canarias del 19/8/2022

TitoloBoletín Oficial de Canarias

PaeseSpagna

Data19/08/2022

Conteggio pagine88

Numero di edizioni3031

Prima edizione02/01/2012

Ultima edizione01/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2022>>>
DLMMJVS
123456
78910111213
14151617181920
21222324252627
28293031