Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 10/12/2021

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Source: Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

FUNDAMENTOS DE DERECHO.

Reglamento CE1407/2013, de 18 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículo 107 y 108 del Tratado CE a las ayudas de mínimis.

Reglamento UE 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorias de ayudas compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado Reglas 68 y 78 DTN.

Ley 38/2003, de 17 de noviembre, por la que se aprueba la LGS.

Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el RLGS.

Reglamento de Subvenciones de la Ciudad Autónoma de Ceuta, de 18 de enero de 2005.

Ley 39/2015, de 01 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Ley 40/2015, de 01 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno.

Real Decreto 266/2021, de 13 de abril, por el que se aprueba la concesión directa de ayudas a las comunidades autónomas y a las ciudades de Ceuta y Melilla para la ejecución de programas de incentivos ligados a la movilidad eléctrica MOVES III
en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, ejerciendo, a su vez, las funciones de bases reguladoras del Programa MOVES III Ceuta.

Extracto de la convocatoria publicada en el BOCCE num. 6.115, de 23 de julio de 2021.

En el uso de las atribuciones que le confieren el Decreto de la Presidencia de la Ciudad de Ceuta, de 08 de octubre de 2020, Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, Nº 6034, de 13 de octubre, HE RESUELTO:
PRIMERO. Examinada la solicitud planteada por la representación legal de la empresa BEAUFORT DIRECTORISHIP SL, entidad provista de CIF B-16623530, en el ámbito de actuaciones del Programa MOVES III, Actuación Programa de incentivos 2: Implantación de Infraestructura de recarga de vehículos eléctricos, SE DENIEGA la subvención solicitada al no considerarse cubiertos los requisitos necesarios para obtener la condición de entidad beneficiaria, fundamentando el rechazo en los motivos que, a continuación, se detallan:
La memoria del proyecto no ha sido subsanada, habiéndose requerido formalmente, considerándose incompleta en los siguientes en los siguientes términos:
Instalación proyectada: Dicha instalación se ubica en suelo de dominio público sin que conste la existencia de acuerdo, tratado, concesión o documento equivalente mediante el que se pudiera acreditar la autorización del uso del citado bien público. No consta, siquiera, solicitud oficial al respecto dirigida al área competente de la Ciudad Autónoma de Ceuta. A mayor abundamiento, la disposición adicional primera del RD 1053/2014, de 12 de diciembre, por el que se aprueba nueva Instrucción Técnico Complementaria ITC BT 52 instalaciones con fines especiales, infraestructura para la recarga de vehículos eléctricos, establece que en la vía pública deberán efectuarse las instalaciones necesarias para dar suministro a las estaciones de recarga ubicadas en las plazas destinadas a vehículos eléctricos que esté previstas en los Planes de Movilidad Sostenibles. Dado que la Ciudad Autónoma de Ceuta se encuentra ultimando dicho Plan, resulta muy incierta la ubicación de la instalación proyectada, por lo que se solicita mayor información y documentación al respecto.
SEGUNDO. Notificar la presente resolución a las partes interesadas mediante su publicación en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Ceuta.
TERCERO.- Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, podrá interponer recurso de potestativo de reposición, en el plazo de un mes, de conformidad el artículo 123 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso administrativo, de conformidad con lo previsto en la Ley de 29/1998 de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde la recepción de la presente notificación, o cualquier otro recurso que estime conveniente en defensa de su derecho.
Firmado digitalmente en Ceuta, en la fecha indicada:
YAMAL DRIS MOJTAR
CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE
Y SERVICIOS URBANOS
FECHA 30/11/2021

MARÍA DOLORES PASTILLA GÓMEZ
SECRETARÍA GENERAL
FECHA 02/12/2021

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta - Plaza de África S/N

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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta del 10/12/2021

TitoloBoletín Oficial de la Ciudad de Ceuta

PaeseSpagna

Data10/12/2021

Conteggio pagine11

Numero di edizioni6181

Prima edizione19/11/1926

Ultima edizione16/07/2024

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