Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 24/06/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

De conformidad con lo ordenado en autos N 17708/2022 caratulados: BNA C/ DACCURZIO
FONTANA, EMANUEL MARTIN S/ EJECUCIONES VARIAS el Sr. Juez ha ordenado notificar a DACCURZIO FONTANA, EMANUEL MARTIN, con domicilio ignorado: Mendoza, mayo 2023. AUTOS Y
VISTOS: Los presentes FMZ 17708/2022, caratulados: BNA c/ DACCURZIO FONTANA, Emanuel Martin s / EJECUCIONES VARIAS, y; CONSIDERANDO: I.- Que conforme lo peticionado y lo que surge de las constancias que obran en autos, el demandado DACCURZIO FONTANA Emanuel Martin, debidamente notificado, no ha opuesto las excepciones previstas por el art. 542 del C.P.C.C.N. II.- A los efectos de regular los honorarios de los profesionales intervinientes en oportunidad de aprobarse la liquidación en autos, conforme lo establecido por la ley 27.423, en los artículos 1, 16, 22, 24, 29 inc. f, 34, 41, 54 y la escala determinativa del art. 21, corresponde diferir la regulación de honorarios hasta el momento de contar con la liquidación definitiva de la causa. Por ello y de conformidad con lo dispuesto en los arts. 551 y 558 del código citado; RESUELVO: 1º MANDAR SEGUIR ADELANTE la presente ejecución contra el demandado DACCURZIO FONTANA Emanuel Martin, hasta que haga íntegro pago a la actora del capital reclamado que asciende a la suma de pesos ciento cuarenta y cinco mil setenta y tres con 37/100 $ 145.073,37, con más los intereses reclamados conforme se peticiona en autos. 2º IMPONER las costas al accionado art. 68, párrafo primero del C.P.C.C.N.. 3º DIFERIR la regulación de honorarios de los profesionales intervinientes para el momento procesal oportuno, los que se determinarán conforme las pautas establecidas en el Considerando II. 4º HACER EFECTIVO el apercibimiento previsto por el art. 41 del C.P.C.C.N., debiendo notificarse al demandado las sucesivas resoluciones en la forma prevista en el art. 133 del código de rito. Protocolícese. Notifíquese. FDO.
PABLO OSCAR QUIROS. JUEZ.
Boleto N: ATM_8166729 Importe: $ 1710
24/06/2024 1 Pub.

Dra. Daniela Di Carlo, Conjueza, titular del Juzgado de Paz Letrado NRO. VILLA NUEVA, , NOTIFICA a los Señores ARIAS, GUILLERMO ROQUE, Documento 22.340.192, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 36.885, caratulados "MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ ARIAS GUILLERMO ROQUE S/
PROCESO MONITORIO PREPARA VIA MONITORIA": A fecha. 31 de AGOSTO de 2022.-, el Juzgado proveyó: ""MONTEMAR CIA. FIN. S.A. C/ ARIAS GUILLERMO ROQUE S/ PROCESO MONITORIO
PREPARA VIA MONITORIA" Expte. N 36.885, que tramitan por ante el/la Juzgado de Paz Letrado nro.
VILLA NUEVA, Secretaria del/a autorizante, se ha dictado la siguiente resolucion que en lo pertinente dice: V. Nueva, 31 de AGOSTO de 2022.- AUTOS Y VISTOS: ..RESUELVO: I.- Por expedita la vía monitoria.- Hágase saber a los litigantes y a quienes los representen y patrocinen que tienen el deber de denunciar el domicilio real y el electrónico de los primeros, y constituir domicilio procesal electrónico art.
21 C.P.C.C. y T..- Asimismo deberán los profesionales informar los teléfonos de contacto de las partes y de sus representados.- II.- Haciendo lugar a la demanda por ejecución instada por MONTEMAR CIA.
FIN. S.A. en contra de ARIAS GUILLERMO ROQUE, D.N.I. 22.340.192, disponiendo en consecuencia prosiga el trámite de la causa adelante hasta que la actora se haga íntegro pago del capital reclamado es decir la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL SESENTA Y TRES con 20/100 $ 39.063,20 que le reclama la actora con más los intereses pactados y morigerados, que no superarán en conjunto el 6%
mensual, IVA sobre intereses y honorarios de corresponder, costos y costas del juicio desde que la obligación fue exigible y hasta su total y efectivo pago, los que se estiman provisoriamente para responder en la suma de PESOS VEINTIÚN MIL $ 21.000.- III.- Trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad de la demandada susceptibles de tal medida y hasta cubrir la suma total de PESOS SESENTA MIL $ 60.000 a cuyo efecto se faculta al Oficial de Justicia interviniente para hacer uso del auxilio de la fuerza publica y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario.- IV.- Regular los honorarios profesionales de MARISA HENRIQUEZ Y MARIA JOSE SANCHEZ BACA en las sumas de PESOS CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE con 48/100 $ 5.859,48 a cada una de ellas.- V.- Hágase saber al demandado que dentro de los CINCO DIAS de notificado, puede deducir oposición escrita a la presente sentencia monitoria, bajo apercibimiento de ley.- Asimismo se hace saber la plena vigencia del art. 236 inc. III párrafo segundo y tercero que dice: En caso de rechazo de la
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 24 de Junio de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 24/06/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data24/06/2024

Conteggio pagine101

Numero di edizioni1857

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione31/07/2024

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