Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/03/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

publicación edictal. X. Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. XI. Disponer la PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse. XV.
Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ. Ofíciese a impulso del Tribunal. COPIESE. REGISTRESE. Fdo. Dr. Pablo González Masanés, Juez".Sindicatura: CASIAN ROBERTO OMAR. Días y horarios de atención LUNES, MARTES
Y JUEVES de 16 a 20 hs. Se habilitan dos horas más del día hábil siguiente de 16 a 18 horas Acordada 02/07/2019- Excma. Primera Cámara de Apelaciones a los fines de verificación e impugnación de créditos. Domicilio legal 9 DE JULIO 652, PISO 1, OFICINA 17, CIUDAD, MENDOZA, teléfono 2614253538 / 2615030985, mail: robomcasian@yahoo.com.ar C.A.D. N: 26551 Importe: $ 14400
01-04-05-06-07/03/2024 5 Pub.
CUARTO JUZGADO CIVIL, CON COMPETENCIA CONCURSAL DE LA TERCERA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL PROVINCIA DE MENDOZA, a cargo del Dr. Pablo German Bellene Juez, hace saber que en autos N 9.857 caratulados: "DI CESARE CARLOS LINO P/ QUIEBRA VOLUNTARIA", el día 20 de diciembre de 2023, se ha declarado la quiebra a CARLOS LINO DI CESARE, con D.N.I. N 08.325.376.
Síndico designado en autos, Contador CARLOS BONANNO, con domicilio legal físico y domicilio de atención en C.C.E. Y CASAS B. Sur Mer 52 Of. 3 Oficina del Dr. Sar Sar, San Martin, Mendoza, días y horarios de atención lunes, miércoles y jueves de 09:00 hs. a 13:00 hs. en el domicilio indicado precedentemente. Teléfono celular 2615116850 y teléfono fijo 2614446513. Emplazar a los acreedores para que presenten al Sr. Síndico los pedidos de verificación de créditos hasta el día DIECINUEVE DE
ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO. Se deja expresamente aclarado que tal presentación deberá hacerse a Sindicatura vía correo electrónico contbonanno@hotmail.com., debiendo ajuntar al pedido, toda la documentación escaneada que haga a su derecho. Los insinuantes deberán instrumentar las medidas necesarias a fin de abonar, en su caso, el arancel previsto en el art. 32 de la LCQ, a través de transferencia electrónica, previo acuerdo con Sindicatura. Hágase saber a los acreedores que deberán conservar en sobre cerrado toda la documentación que haga a su derecho, a fin de ser presentada, en la medida que las circunstancias sanitarias lo permitan y a requerimiento del Sr. Síndico, previo a la presentación del informe individual o a petición del Tribunal, previo a dictar la resolución prevista en el art.
36 de la LCQ. Póngase en conocimiento de los insinuantes que las observaciones previstas en el art. 34
de la LCQ deben realizarse también vía correo electrónico previo acuerdo con Sindicatura a fin de consultar los legajos respectivos. Fijar el día TRES DE JUNIO DE DOS MIL VEINTICUATRO hasta el cual el Sr. Síndico deberá presentar los informes individuales y el día DOS DE AGOSTO DE DOS MIL
VEINTICUATRO para la presentación del informe general. Ordenar al fallido y a terceros que hagan entrega al Sr. Síndico de los bienes de aquel. Prohibir hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de ley.
PUBLIQUESE EN EL BOLETIN OFICIAL POR CINCO DIAS.C.A.D. N: 26554 Importe: $ 10350
01-04-05-06-07/03/2024 5 Pub.
JUEZ DEL SEGUNDO JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, hace saber que a fs. 94 de los autos CUIJ N 13-07315843-9 011902-4359234 caratulados: "PICCIONE JIMENA P/ QUIEBRA
ACREEDOR, se ha resuelto lo siguiente: Mendoza, 07 de Febrero de 2024. Y
VISTOS CONSIDERANDO RESUELVO: I. Declarar la QUIEBRA de la Sra. JIMENA CECILIA
PICCIONI, CUIT N27-29125223-6. VI. Fijar el día 18 DE ABRIL DE 2024, como fecha hasta la cual pueden presentar los acreedores ante el Síndico las solicitudes de verificación art. 200 LCQ. Las mismas podrán ser remitidas por correo electrónico a Sindicatura, el cual será informado al momento de su aceptación de cargo, o bien a través del sistema de verificación digital que sea fijado oportunamente por la Suprema Corte de Justicia. VII. Fijar el día 03 DE MAYO DE 2024, como fecha hasta la cual el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación podrán presentar al Síndico las impugnaciones y observaciones a las solicitudes presentadas art. 200, sexto párrafo LCQ, con el mismo procedimiento establecido para la presentación de las insinuaciones y previo pedido de remisión a
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 7 de Marzo de 2024
Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial Subsecretaria Legal y Técnica

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 07/03/2024

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data07/03/2024

Conteggio pagine121

Numero di edizioni1853

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione24/07/2024

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