Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/10/2023

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

oportunamente. A los fines de acceder al escrito que da origen al presente decreto deberá ingresar al sistema MeeD con su usuario y en la opción Descarga de Documento ingresar el siguiente identificador: ONVOP262028. NOTIFIQUESE POR CEDULA DE OFICIO Y OFÍCIESE. Fdo.: Dr. Lucas A.
Rio Allaime Juez.- Y a fs. 245 el mismo Juzgado proveyó: General Alvear, Mendoza, 15 de junio de 2022. Proveyendo la presentación de fs. 244 de autos: Atento a lo solicitado, notifíquese el traslado a los codemandados, Sres. Ramón Alberto PATERNESI, Ema PATERNESI, Ramona Adela PATERNESI de PÉREZ y Ramón Antonio PATERNESI, ordenado a fs. 243 por medio de notificación postal conforme lo dispuesto por el Art. 71 del C.P.C.C.T., a cargo del peticionante. Previo a la notificación postal solicitada deberá acompañar al juzgado el texto de la misma a los fines de su revisión por Secretaría. A los fines de acceder al escrito que da origen al presente decreto deberá ingresar al sistema MeeD con su usuario y en la opción Descarga de Documento ingresar el siguiente identificador Nº WSRSV132314.
OPORTUNAMENTE PRACTÍQUESE NOTIFICACIÓN POSTAL Fdo: Dr. Lucas A. Rio Allaime Juez y a fs. 278 General Alvear, Mendoza, 31 de Agosto de 2023.Y VISTOS:Que los presentes autos arriba intitulados han sido llamados a resolver la información sumaria mediante cargo Nº 1044953526 de fecha 9 de agosto de 2023. Y,CONSIDERANDO:I. Previo a entrar en el análisis de los antecedentes de lo solicitado es conveniente advertir sobre la importancia de la correcta notificación del emplazamiento a estar a derecho.En este sentido la doctrina ha dicho: la notificación es el acto mediante el cual se pone en JUZGADO EN LO CIVIL, COMERCIAL Y MINA-TERCERO GRAL. ALVEAR - 2DA CIRC. PODER
JUDICIAL MENDOZA conocimiento de las partes o de los terceros, las providencias judiciales. La importancia de la notificación adquiere su mayor intensidad en el proceso escrito. De ahí que la ley se preocupe por rodear a este acto procesal de formalidades específicas, que sin llegar al formulismo, tienden a brindar una adecuada protección al derecho de defensa. Alberto Luis Murino, Nulidades Procesales, pág. 123, Astrea. Es así que dicho acto, y la traba de la litis en legal forma, resultan de vital importancia no sólo para resguardar el derecho de defensa, sino que también interesa a la parte actora en tanto evita la posibilidad de futuras nulidades.En este sentido, la acción de prescripción adquisitiva debe entablarse contra los titulares registrales del inmueble pretendido artículo 24 de la ley 14.159, y en caso de que se acredite la muerte de los mismos con anterioridad a entablarse la demanda, ésta debe dirigirse contra sus herederos.II. Que a fs. 254/265 el Dr. Claudio Nazareno VAZQUEZ, por la parte actora ofrece información sumaria a fin acreditar el total desconocimiento del domicilio de los Sres.
Ramón Antonio PATERNESI y Ema PATERNESI y el desconocimiento de la existencia de herederos del Sr. Tomas HIKAWCZUK y Maria HIKAWCZUK de PATERNESI. Que se encuentra acreditado con las constancias de las cartas documentos obrantes a fs. 256/260 cuya leyenda dice: cerrado, ausente se dejo aviso emitida por el Correo Argentino. Que a fs. 275 se le da vista al Agente Fiscal, quien dictamina que no tiene objeciones que formular a la información sumaria ofrecida y rendida en autos. Que de acuerdo a las pruebas rendidas en autos, dictamen fiscal, resulta acreditado lo expuesto por el peticionante por lo que, RESUELVO:I.- DECLARAR de domicilio ignorado al Sr. Ramón Antonio PATERNESI y a la Sra. Ema PATERNESI art. 69 del CPCCyT.II.- DECLARAR personas inciertas a los herederos del Sr. Tomas HIKAWCZUK y Maria HIKAWCZUK de PATERNESI art. 69 del CPCCyT.III.-Notifíquese el traslado de la demanda y del presente auto por medio de edictos, a publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término de TRES DIAS, con dos días de intervalo, bajo responsabilidad de la parte actora; y de conformidad a lo dispuesto por el art. 69 y 72 del Código Procesal Civil.IV.- Oportunamente dése la intervención que por ley corresponda a la Defensoría de Pobres y Ausentes. NOTIFIQUESE. PUBLIQUESE. AUTOS N 31.357 CARATULADOS: JUAN HIKAWCZUK
VIRGINIA ELENA Y ROSA M. JUAN HIKAWCZUK C/ ESTEBAN HIKAWCZUK P/PRESCRIPCIÓN
ADQUISITIVA PUBLICAR TRES DÍAS CON DOS DIAS DE INTERVALO EN BOLETÍN OFICIAL DE LA
PROVINCIA DE MENDOZA Fdo Beltramone Corina Verónica Boleto N: ATM_7753843 Importe: $ 9480
26-27-30/10/2023 3 Pub.
JUEZ DEL TRIBUNAL DE GESTIÓN ASOCIADA PRIMERO CIVIL, PODER JUDICIAL DE MENDOZA.
Autos 266.914 caratulados BIONDO MARIA ANGELICA C/ ESTABLECIMIENTOS VITIVINICOLAS
ESCORIHUELA P/ PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA, NOTIFICA Y CITA a los TERCEROS POSIBLES
INTERESADOS la siguiente Resolución: Mendoza, 14 de Septiembre de 2020 De la demanda
BO-2023-08224367-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 27 de Octubre de 2023
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/10/2023

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data27/10/2023

Conteggio pagine142

Numero di edizioni1841

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione05/07/2024

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