Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 01/11/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

HALCON UNO SEGURIDAD PRIVADA S.A.S: Conforme lo prescripto por de la Ley N19.550 y sus modificaciones: Comunicase la constitución de una sociedad por Acciones Simplificada, conforme a las siguientes previsiones: 1º Socio: JOSE OMAR AGERO, argentino, con Documento Nacional de Identidad Nº 21.824.182, CUIT 20-221824182-5, nacido el 18 de agosto de 1970, quien manifiesta ser casado, de profesión Policía de Mendoza retirado, domiciliado en calle San Lorenzo 963, B Nueva Ciudad, Distrito San José, Departamento Guaymallén, Provincia de Mendoza, y la señora ANDREA ALEJANDRA MUNIVES, argentino, con Documento Nacional de Identidad Nº24.207.334, CUIT
27-24207334-2, nacida el 15 de junio de 1975, quien manifiesta ser casada en primeras nupcias, de profesión empleada, domiciliada en calle La Pampa 3.483, Departamento Las Heras, Provincia de Mendoza.- 2º Acto constitutivo: Se constituyó por contrato de fecha 25 de octubre de 2022. 3 Denominación: HALCON UNO SEGURIDAD PRIVADA S.A.S.- 4º Domicilio Social: en calle San Lorenzo 963, Barrio Nueva Ciudad, Distrito San José, Departamento Guaymallén, Provincia de Mendoza.- 5º Objeto Social: La sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada con terceros, ya sea dentro o fuera del país a las siguientes actividades: VIGILANCIA
PRIVADA: Es la prestación de servicios que tienen como objetivo: a la protección y seguridad interior de edificios destinados a la habitación, oficinas u otra finalidad; conjuntos habitacionales, recintos, locales, plantas y otros establecimientos de empresas cualquiera sea su naturaleza, tales como industrias, comercios, establecimientos mineros y, en general, la protección y seguridad de los bienes y personas que se encuentran en dichos lugares. b Custodias personales: consiste en el servicio, con carácter de exclusivo y excluyente, de acompañamiento, defensa y protección de personas determinadas, impidiendo que sean objeto de agresiones o actos delictivos. c Custodias de bienes y valores: son los servicios regulados por la Ley Nacional 19130 en las entidades financieras comprendidas por la Ley 18061, que deben satisfacer requisitos mínimos de seguridad en edificios, casas centrales, agencias, sucursales, delegaciones; así como para el transporte de dinero que realicen con medios propios o por terceros. d Investigación: Procedimiento por el cual se pretende la búsqueda de información de carácter personal, tanto pública como privada, y que es contratado por un particular, a los efectos de defender sus intereses individuales y/o comunes. e Seguimientos: Dirigirse, encaminarse, ir después o detrás de una persona o cosa en el curso de una investigación. f Vigilancia de locales bailables y de diversión nocturna: es la prestación de servicios que tienen como objetivo la protección y seguridad interior de locales destinados a la diversión nocturna. g Servicio de seguridad de portería: es el personal que tiene por función permitir o restringir el acceso al interior de edificios destinados a la habitación, oficinas u otra finalidad; conjuntos habitacionales, recintos, locales, plantas y otros establecimientos de empresas cualquiera sea su naturaleza, tales como industrias, comercios y establecimientos mineros. h Instalación de alarmas domiciliarias: es la prestación de servicio que tiene por objeto la instalación de sistemas de alarmas privadas en domicilios cualquiera sean sus características técnicas. i Otros: Todo vigilador que cumpla funciones en lugares privados de uso público y no esté comprendido en los incisos anteriores. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones. 6º Plazo de duración:
NOVENTA Y NUEVE 99 AÑOS a partir de la inscripción en el Registro Público de Comercio. 7º Monto del capital social: El Capital Social es de Pesos: DOSCIENTOS Mil - $ 200.000,00 - representado por mil 2000 acciones de un valor nominal de pesos cien $ 100.- cada una. Las acciones serán ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción. Suscribe e integra el total del capital Social de la siguiente forma: El Señor JOSE OMAR AGERO, suscribe mil 1000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción valor nominal cada una de PESOS CIEN $
100,00 por la suma de PESOS CIEN MIL $ 100.000,00 y b La Señora ANDREA ALEJANDRA MUNIVES, suscribe mil 1000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, con derecho a un voto por acción valor nominal cada una de PESOS CIEN $ 100,00 por la suma de PESOS cien MIL $
100.000,00 Los mismos Integran el 100% del capital en dinero efectivo en ese acto esto es la suma de PESOS DOSCIENTOS MIL $ 200.000, acreditándose tal circunstancia mediante Acta Notarial de Integración de Capital, instrumento público suscripto ante el Escribano José Rogelio Gantuz, titular del Registro N670 de la Ciudad de Mendoza.- 8º Órgano de administración: A fin de administrar la sociedad se eligen como Administrador Titular: a JOSE OMAR AGERO, y Administrador Suplente: a sra. ANDREA ALEJANDRA MUNIVES, los cuales ejercerán sus funciones por tiempo
BO-2022-07789415-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 1 de Noviembre de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 01/11/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data01/11/2022

Conteggio pagine110

Numero di edizioni1855

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione29/07/2024

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