Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/06/2022

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

párrafo, de la Ley Nº 27.349. El quórum necesario para toda reunión de socios, en primera convocatoria, será de la mayoría absoluta de acciones con derecho a voto. En segunda convocatoria la reunión de socios se considerará constituida, cualquiera sea el número de acciones presentes. Las resoluciones que importen reformas al instrumento constitutivo o la disolución de la sociedad se adoptarán por mayoría absoluta de votos, computados sobre el total de votos correspondiente al capital emitido en la sociedad.
Las restantes resoluciones, que no importen modificación del contrato, se adoptarán por mayoría de votos presentes que puedan emitirse en la respectiva decisión. Aunque un socio representare el voto mayoritario para adoptar resoluciones en ningún caso se exigirá el voto de otro socio. Sin perjuicio de lo expuesto, serán válidas las resoluciones sociales que se adopten por el voto de los socios, Comunicado al órgano de administración a través de cualquier procedimiento que garantice su autenticidad, dentro de los diez 10 días de habérseles cursado consulta simultánea a través de un medio fehaciente o las que resulten de declaración escrita en la que todos los socios expresen el sentido de su voto. Cuando la sociedad tenga socio único las resoluciones del órgano de gobierno serán adoptadas por éste. Todas las resoluciones deberán incorporarse al Libro de Actas. Los socios podrán auto convocarse y sus resoluciones serán válidas si se encontrara presente la totalidad del capital social y el orden del día fuera aprobado por unanimidad. ARTICULO NOVENO: La sociedad prescinde de la sindicatura. ARTÍCULO
DÉCIMO: El ejercicio social cierra 31 de DICIEMBRE de cada año, a cuya fecha se elaborarán los estados contables conforme a las normas contables vigentes. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince 15 días de anticipación a su consideración por la reunión de socios. ARTÍCULO DÉCIMO PRIMERO: De las utilidades líquidas y realizadas se destinarán: a el cinco por ciento 5% a la reserva legal, hasta alcanzar el veinte por ciento 20% del capital social; b el importe que se establezca para retribución de los administradores y síndicos y en su caso; c al pago de dividendos a las acciones preferidas en su caso; y d el remanente, previa deducción de cualquier otra reserva que los socios dispusieran constituir, se distribuirá entre los mismos en proporción a su participación en el capital social, respetando, en su caso, los derechos de las acciones preferidas. ARTICULO DÉCIMO SEGUNDO: Producida la disolución de la sociedad, la liquidación será practicada por el o los administradores actuando a estos efectos conforme lo establecido en el artículo séptimo del presente. Cancelado el pasivo, y reembolsado el capital respetando el derecho de las acciones preferidas en su caso, el remanente, si lo hubiera, se distribuirá entre los socios en proporción al capital integrado. ARTICULO DÉCIMO TERCERO: Cualquier reclamo, diferencia, conflicto o controversia que se suscite entre la sociedad, los socios, sus administradores y, en su caso, los miembros del órgano de fiscalización, cualquiera sea su naturaleza, quedará sometido a la jurisdicción de los tribunales ordinarios con sede en la Provincia de Mendoza. II. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, En este acto los socios acuerdan: 1: Establecer la sede social, domicilio legal y fiscal en calle Belgrano Nº 1057, 1º Piso. Oficina Nº 1, del Departamento de Tupungato, de la Provincia de Mendoza. 2: Los socios suscriben el 100% del capital social de acuerdo con el siguiente detalle: Luis David Tasat: suscribe la cantidad de un millón 1.000.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Equivalente a un millón de pesos $
1.000.000. Roberto Alfredo Pascuzzi: suscribe la cantidad de un millón 1.000.000 de acciones ordinarias nominativas no endosables, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Equivalente a un millón de pesos $ 1.000.000. El capital social se integra en un veinticinco por ciento 25% mediante integración ante escribano, acreditándose tal circunstancia mediante el acta notarial adjunta, debiendo integrarse el saldo pendiente del capital social dentro del plazo máximo de dos 2 años, contados desde la fecha de constitución de la sociedad. 3: Designar Administrador titular a: Luis David Tasat, DNI N 28.825.923, CUIT N 20-28825923-3, de nacionalidad Argentina, nacido el 01-12-1980, profesión: comerciante, estado civil: casado, con domicilio en calle Héctor Guidi N 497, Lanús Este - Lanús, Provincia de Buenos Aires, ARGENTINA, domicilio electrónico agudino@mendoza.gov.ar, quien acepta el cargo que le ha sido conferido, constituye domicilio especial en la sede social y manifiesta bajo forma de declaración jurada que No es Persona Expuesta Políticamente, de conformidad a lo establecido en las Resoluciones de la Unidad de Información Financiera, Resolución UIF N 11/11. Asimismo, declara bajo juramento que no se encuentra comprendido en inhabilidades ni incompatibilidades para ejercer el cargo para el que ha sido designado del art. 264 Ley General de Sociedades, declaración que se realiza en los términos y con conocimiento del art. 293 del Código Penal Argentino. Administrador suplente a: Roberto Alfredo Pascuzzi, DNI Nº
BO-2022-04249089-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 21 de Junio de 2022
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 21/06/2022

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data21/06/2022

Conteggio pagine140

Numero di edizioni1860

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione05/08/2024

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