Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/08/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

consecuencia, ordenar a los demandados Dalmacio Vélez Aguirre, Raúl Eduardo Vélez, Oscar Dalmacio Vélez, Mariana Inés Vélez y Gabriela Patricia Vélez, en su calidad de herederos de la Sra. Gloria Agustina Cornejo, que se abstengan de innovar respecto del inmueble sito en calle Montevideo N 888
de la Ciudad de Mendoza, e inscripto en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial originariamente en el Asiento A-5 de la matrícula de Folio Real N 28.142/21, hoy matrículas del Folio Real N 181132/181133. II.- Ordenar que se oficie al Registro Público y Archivo Judicial para su toma de razón, como así también deberá anotarse en los autos N 182.235, caratulados "CORNEJO GLORIA
AGUSTINA P/ SUCESIÓN", originarios de este Tribunal. III.- PREVIO al libramiento del oficio ordenado en el punto II, deberá rendirse contracautela, a satisfacción del Tribunal, por la suma de pesos $
200.000.- IV.- Hágase saber que la presente providencia, ha sido suscripta con firma electrónica a través de Sistema Informático lurix, procediéndose a la suscripción ológrafa de la misma una vez retomada la presencialidad conforme los turnos de trabajo establecidos en consonancia con la Acordada N 30.003
dictada por la Suprema Corte de Justicia. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE. OMÍTASE DE LISTA. MG.
DRA. ÉRICA ANDREA DEBLASI. Juez A fs. 46/47 de las actuaciones arriba referenciadas el Tribunal resolvió: "Mendoza, 23 de Abril de 2021. AUTOS, VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I Hacer lugar al recurso de aclaratoria interpuesto a fs. 43/44 y, en consecuencia, modificar el punto I del resolutivo de fs. 41/42, que quedará redactado de la siguiente forma: "I Hacer lugar a la medida de PROHIBICIÓN DE INNOVAR solicitada por el actor a fs. 37, ap. II, y en consecuencia, ordenar a los demandados Dalmacio Vélez Aguirre, Raúl Eduardo Vélez, Oscar Dalmacio Vélez, Mariana Inés Vélez y Gabriela Patricia Vélez, en su calidad de herederos de la Sra. Gloria Agustina Cornejo, que se abstengan de innovar respecto del inmueble sito en calle Montevideo N 406 con salida a calle Mitre N 888 de la Ciudad de Mendoza, e inscripto en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial originariamente en el Asiento A-5 -de la matrícula de Folio Real n 28.142/21, hoy matrículas del Folio Real n 181132/181133". . REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE conjuntamente con la resolución modificada. .
CC. DRA. ÉRICA ANDREA DEBLASI. Juez
Boleto N: ATM_5395721 Importe: $ 2688
20-25-30/08/2021 3 Pub.
Quinta Cámara Del Trabajo de la Primera Circunscripción De Mendoza con domicilio en calle San Martín 322, cuarto piso, Ciudad de Mendoza, en autos N 157830 caratulados D AGNILLO LUCAS DAVID C/
MUÑOZ JULIO ALBERTO Y OTROS P/ DESPIDO notifica a JULIO ALBERTO MUÑOZ, DNI
29.078.485, de ignorado domicilio las siguientes resoluciones judiciales: Fs. 89 Mendoza, 15 de Noviembre de 2019. AUTOS Y VISTOS: Estos obrados precedentemente intitulados y atento lo normado por el artículo 69 del CPCCyT, habiéndose producido la prueba pertinente a fines de determinar que el codemandado, JULIO ALBERTO MUÑOZ, DNI 29.078.485 es persona de domicilio desconocido y no habiéndose deducido oposición por Fiscalía de Cámaras, debe accederse a lo solicitado y notificar a la demandada mediante comunicación edictal, a tenor de lo normado por el artículo 36 del Código Procesal Laboral. Por ello el Tribunal, RESUELVE: 1 Tener al codemandado, JULIO ALBERTO MUÑOZ, DNI
29.078.485 como persona de domicilio desconocido, bajo responsabilidad de la parte actora. 2
Notifíquese al mismo el traslado de demanda ordenado a fojas. 38 conjuntamente con la presente resolución, mediante publicación edictal y bajo responsabilidad de la parte actora. 3 Publíquese edictos en el Boletín Oficial, por el término de CINCO DÍAS con dos días de intervalo.artículo 69 del CPCCyT y 36 del CPL. 4 Cumplido y vencido el término otorgado precedentemente, dése intervención a la Defensoría de Pobres y Ausentes en turno correspondiente. CÓPIESE. REGÍSTRESE. NOTIFÍQUESE.
Fdo: DRA VIVIANA GIL Juez de Cámara. Y a fs. 38: Mendoza, 06 de Diciembre de 2017. Por cumplido el previo impuesto. Téngase a la parte actora por presentada, parte y por domiciliada. De la demanda interpuesta, córrase traslado a la parte demandada por el término de OCHO 8 DÍAS hábiles posteriores al de su notificación, perentorios e improrrogables, con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, conteste, ofrezca pruebas y fije domicilio legal dentro del radio del Tribunal, todo ello bajo apercibimiento de ley artículos 26 y 45 del Código Procesal Laboral, y arts. 21, 64 y 74 del Código Procesal Civil.NOTIFÍQUESE. Téngase presente para su oportunidad la prueba ofrecida. SE
ESTABLECE CON CARÁCTER DE CARGA PROCESAL A CARGO DE LA PARTE ACTORA LA
CONFECCION DE LA CEDULA CORRESPONDIENTE.- Fdo: DR. MARIANO JOSE FUGAZZOTTO.

BO-2021-05217816-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 25 de Agosto de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 124 de 154

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 25/08/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data25/08/2021

Conteggio pagine155

Numero di edizioni1849

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione18/07/2024

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