Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 13/08/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

presupuestada provisoriamente para intereses, costas y demás accesorios legales, todo sujeto a liquidación futura que practicará el actor de autos. En defecto de pago voluntario, en el mismo plazo, podrá OPONERSE a esta sentencia solicitando la nulidad de la vía monitoria, u oposición, defensas, excepciones y ofrecimiento de pruebas; asimismo, y en el mismo plazo, deberá constituir domicilio legal y dirección electrónica BAJO APERCIBIMIENTO de tenerlo por REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y continuar con su ejecución arts. 234 inc. II, III, IV, 235 inc. I, 21,74 y 75 del C.P.C.C y T. Ley 9001. IV.- Imponer las costas a los accionados art. 35 y 36 del CPCC y T. V.- Regular los honorarios profesionales del DR. CARLOS GABRIEL GALAN en la suma de PESOS CINCUENTA Y
SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS CON 50/100 $ 56.872,50 con más los intereses que correspondan hasta la fecha de su efectivo pago arts. 19 y 2 Ley 9131 y art. 33 inc. III del CPCCT, sin perjuicio de la eventual adecuación en el caso de existir oposición a la presente sentencia monitoria. VI.VENCIDO el plazo otorgado en punto III para cumplir voluntariamente u oponerse a la presente sentencia y no habiéndolo hecho, considérese firme la misma, y continúese con su ejecución arts. 35, 36, 37 y 235
inc. V del C.P.C.C y T. Ley 9001. VII.- En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes propiedad de los demandados, manteniendo las medidas de higiene y seguridad correspondientes, hasta cubrir la suma total de PESOS TRESCIENTOS CUARENTA Y UN MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO $
341.235, fijada provisoriamente para responder a capital y costas. A tal fin se faculta el auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso de ser necesario art. 234, ap. II del CPCC y T.
Notifíquese electrónicamente a la parte actora y profesionales actuantes por sus honorarios. IX.OMÍTASE su publicación en lista intertanto sea notificada la parte demandada.- CÓPIESE.
NOTIFÍQUESE en el domicilio REAL de los accionados, con copias de la demanda y la documentación acompañada.- CCA DRA. LINA ELENA PASERO Juez Boleto N: ATM_5382679 Importe: $ 2064
13-19-24/08/2021 3 Pub.

INSTITUTO PROVINCIAL DE LA VIVIENDA, Expte. Nº 2679-A-2011, caratulado TRANSFERENCIA
VIVIENDA CANCELADA Bº GUEMES 4-15. Notificar a los Sres: CONTRERAS MANUEL, DNI 6.816.418
Y ORTIZ JULIA FRANCISCA, DNI 6.227.353, de domicilio real desconocido, adjudicatario del Bº GUEMES, MANZ. 04 CASA 15 DPTO. SAN MARTIN, ante las irregularidades en el estado ocupacional de la vivienda de marras artículo 26 y concordantes del Decreto 868/77, emplazándole en el término de DIEZ DÍAS HÁBILES, a partir de la publicación del presente edicto para que presente por escrito a este IPV defensa, ofrezca prueba y constituya domicilio legal, bajo apercibimiento de ley Art. 152,160 y concordantes Ley 3909. Firmado: Guillermo E. Hudson.
Boleto N: ATM_5382755 Importe: $ 112
13/08/2021 1 Pub.

Juez del Cuarto Tribunal de Gestión Judicial Asociada de la Primera Circunscripción en autos 406.711
caratulados: VIDELA NOELIA NAHIR C/ CELAN JUAN ORESTE P/DAOS DERIVADOS DE
ACCIDENTES DE TRANSITO.Hace saber que a fs. 16 resolvió: Mendoza, 02 de Julio de 2020.
Téngase al Dr. LUIS BENEGAS por la Sra. Noelia Nahir Videla por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado a merito del escrito ratificatorio acompañado. De la demanda interpuesta, TRASLADO
al demandado con citación y emplazamiento de VEINTE DIAS para que comparezca, responda, ofrezca prueba y constituya domicilio legal dentro del radio de este Juzgado, bajo apercibimiento de ley arts.
21,74,75,156,160 y 161 del C.P.C.C.Y.T.. NOTIFIQUESE conforme las pautas de la Acordada 28243Política de notificaciones accesibles cuyo modelo puede extraerse de la página del Poder Judicial.
Como se solicita cítese en garantía a LA SEGUNDA CIA DE SEGUROS GENERALES para que en el termino de VEINTE DIAS comparezca,responda, ofrezca pruebas y constituya domicilio legal dentro del radio de este Juzgado,bajo apercibimiento de ley21,74,75,156,160 y 161 del C.P.C.C.Y.T. y art. 118 de la Ley de Seguros. NOTIFIQUESE. Téngase presente lo demás manifestado y la prueba ofrecida para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda. Conforme lo dispuesto mediante Resolución N19

BO-2021-04952515-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 13 de Agosto de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
Página 116 de 155

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 13/08/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data13/08/2021

Conteggio pagine156

Numero di edizioni1842

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione08/07/2024

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