Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/02/2021

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

ARTÍCULO 3º - Lo establecido por el artículo anterior no modifica el carácter de permanente, interino, licenciado, o cualquier otra circunstancia en que se encuentre el profesional en la actualidad.
ARTÍCULO 4º - Aclárese que el C.P. DANIEL HUMBERTO LUCERO continuará hasta el 31 de diciembre de 2020, incorporado en el Régimen del Adicional por Mayor Dedicación, previsto por el Artículo 29 del Convenio Colectivo de Trabajo de la Contaduría General de la Provincia de Mendoza, homologado por Decreto Nº 528/17, ratificado por Ley Nº 8.974, en el que fue incluido mediante Decreto N 1461/19, prorrogado en último término por Decreto-Acuerdo N 832/20, con el porcentaje indicado en el mismo y en su nueva clase de revista.
ARTÍCULO 5 - El gasto que ocasione lo dispuesto en el presente decreto, será atendido con cargo a la Cuenta General: H96090 41101 000 U.G.G. H00046 - Presupuesto vigente Año 2020.
ARTÍCULO 6 - Comuníquese el presente decreto a Contaduría General de la Provincia para su registración.
ARTÍCULO 7º - Comuníquese, publíquese, dése al Registro Oficial y archívese.
DR. RODOLFO ALEJANDRO SUÁREZ
LIC. MIGUEL LISANDRO NIERI
NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este Aviso Oficial se publican en el siguiente link: Anexo o podrán ser consultados en la edición web del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza www.boletinoficial.mendoza.gov.ar S/Cargo 18/02/2021 1 Pub.
MINISTERIO DE ECONOMIA Y ENERGIA

Decreto N: 2043
MENDOZA, 31 DE DICIEMBRE DE 2020.
VISTO el Expediente EX-2020-04312527-GDEMZA-MESAMEIYE, y CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 6.832 B.O.: 09-11-00, modificada por Ley Nº 9000 B.O.: 11/09/2017 se creó el FONDO DE INTEGRACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL AJO F.I.D.A., con carácter de persona jurídica de derecho público no estatal, con jurisdicción en todo el territorio de la Provincia de Mendoza.
Que el mencionado fondo se creó con los objetivos generales de promover la producción de ajo y sus derivados, promover la competitividad como herramienta de comercialización, promocionar el consumo de ajo en todas sus formas, incentivar la exportación de ajos frescos e industrializados, promover la industrialización de subproductos, desarrollar estrategias de mediano y largo plazo para el crecimiento económico del sector, diversificar los mercados, coordinar e integrar las acciones del sector haciendo más eficiente su desarrollo.
Que a través de la acción del mismo se procura la sostenibilidad de los distintos sectores involucrados en la actividad, así como mejorar la competitividad del sector productivo e industrial.
Que el FONDO DE INTEGRACIÓN PARA EL DESARROLLO DEL AJO F.I.D.A. funcionará con sede en la Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza, por concentrar esa Jurisdicción la mayor parte de la
BO-2021-00946171-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 18 de Febrero de 2021
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
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Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 18/02/2021

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data18/02/2021

Conteggio pagine135

Numero di edizioni1859

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione02/08/2024

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