Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/12/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Planta Baja, Facultad de Ciencias Médicas, Centro Universitario, Ciudad de Mendoza, Provincia de Mendoza.
Vía web: www.unidiversidad.com.ar/u-academico PRINCIPALES REQUISITOS CALIFICATORIOS:
Capacidad Requerida: $109.972.500,00
Acreditar Superficie Construida: 2.666,00 m2
IMPORTANTE: El certificado, constancia o verificación del Registro Nacional de Constructores y de Firmas Consultoras de Obras Públicas, deberá tener una antelación no mayor a siete 7 días de la fecha límite fijada para la presentación de las ofertas.
Boleto N: ATM_5014369 Importe: $ 1584
21-22-23-28-29-30/12 04-05-06/01/2021 9 Pub.
FE DE ERRATAS edicto
BATANOIL S.A: Se aclaran y modifican los artículos Cuarto , Artículo Décimo quinto, Apartado QUINTO
del Estatuto social que quedarán redactados de la siguiente manera: Artículo cuartoObjeto Social: La sociedad tiene por objeto realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros, sean personas humanas o jurídicas, tanto en el país como en el extranjero, las siguientes actividades: A
CONSTRUCCIÓN Y FABRICACIÓN: Mediante la construcción y fabricación de mueblería de interior y exterior, materiales de decoración y cualquier tipo de revestimiento; construcción de inmuebles destinados a vivienda, oficina, galpones instalaciones eléctricas, y reciclado de materiales; B
COMERCIALES: Mediante la comercialización de las producciones construidas a fabricadas por la sociedad en todas sus etapas. La compra, venta, permuta y todo acto de negociación sobre bienes muebles, productos, subproductos, mercaderías, patentes de invención, marcas insumos, C
IMPORTACION Y EXPORTACION: De equipamiento, materiales y elementos, productos o subproductos relacionados con el objeto comercial.- Como medio para la consecución de estos fines podrá realizar las actividades de: Transporte Y Logística: Cargas generales, depósitos, despachos, cualquier otro tipo de movimiento de mercaderías que hagan a su objeto social.- D FIDUCIARIA: Mediante la administración de Fideicomisos incluyendo la recepción de bienes o derechos transmitidos por los fideicomitentes y asunción de la obligación de ejecutar los fideicomisos, cumpliendo el encargo que constituyen su finalidad y ejercer todas las acciones que correspondan en defensa de los bienes fideicomisitos, con exclusión del fideicomiso financiero.- E CONSULTORA DE MANDATOS Y SERVICIOS: Podrá ejercer con fines lucrativos todo tipo de mandatos lícitos en función de poderes otorgados por terceros, gestiones de negocios, administraciones inclusive que puedan en su caso implicar expresamente actos de disposición de bienes de terceros, fideicomisos u otro tipo de negocio fiduciario, en la medida que los mandatos y las leyes lo permitan, incluyendo el servicio de representaciones, despachos de aduana, intermediaciones, distribuciones, corretaje, consignaciones y comisiones, tanto en nombre propio como de terceros.- La sociedad tienen plena capacidad para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero realizar actividad lícita, adquirir derechos y contraer obligaciones, incluida la participación e en ofertas, concursos de precios, licitaciones públicas o privadas o procesos de contratación similar como así también para ejecutar cualquier tipo de contrato, ya sea con personas físicas, de existencia ideal, públicas o privadas, inscribirse como proveedor o contratista del Estado, exportador o importador. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capital a personas jurídicas o humana, actuar como fiduciario, celebrar contratos de colaboración; comprar, vender, permutar títulos o valores, tomar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la ley de entidades financieras y otra que requiera el concurso y/o ahorro público.- Artículo Décimo quinto: Toda Asamblea deberá ser citada en la forma establecida en los artículos 236 y 237 de la LGS, sin perjuicio de lo allí establecido para el caso de Asambleas unánimes.
Podrá convocarse simultáneamente en primera y segunda convocatoria, para celebrar esta última, una hora después de haber fracasado la primera. Deberá cumplirse con las publicaciones previstas en el artículo 237 de la LGS. La asamblea de accionistas podrá auto convocarse sin citación previa de conformidad a lo establecido en el presente estatuto y la Ley General de Sociedades, es decir, siempre que: a se haya notificado fehacientemente el día y hora de la asamblea a los Directores con 48 horas de
BO-2020-06254446-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 23 de Diciembre de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 135 de 137

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 23/12/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data23/12/2020

Conteggio pagine138

Numero di edizioni1845

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione12/07/2024

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