Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 08/06/2020

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

04-05-08-09-10/06/2020 5 Pub.
SECRETARIA
DEL
PRIMER
JUZGADO
DE
PROCESOS
CONCURSALES
PRIMERA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 175/178
.autos Nº13-03969152-8 caratulados: VISSANI PABLO DANIEL P/ CONCURSO PEQUEÑO se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 19 de Mayo de 2020. AUTOS Y VISTOS..
CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1 Declarar la quiebra de VISSANI PABLO DANIEL, D.N.I. N
22.973.261; C.U.I.L. N 20-22973261-8, con domicilio real sito en Santiago Roppolo 6571, Buena Nueva, Guaymallén, Mendoza, la que tramitará conforme a las normas para las pequeñas quiebras art. 288 y 289 LCQ. Recaratúlese el expediente por Mesa de Entradas. 3 Establecer el día CATORCE DE
SEPTIEMBRE DE 2020, como fecha en la que Sindicatura deberá presentar el informe general previsto por el art. 39 LCQ, y el informe de actualización de los créditos conforme lo establece el art. 202 LCQ, pudiendo la sociedad deudora y quienes hayan solicitado verificación presentar observaciones hasta el día VEINTIOCHO DE SEPTIEMBRE DE 2020 art. 40 LCQ. Fijar el día VEINTISIETE DE OCTUBRE DE
2020 como fecha hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico; art. 117; dictándose resolución el DIEZ DE NOVIEMBRE DE 2020 art.
117. Aclárase que los plazos establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato posterior. 6º Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y documentación de aquélla para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal. 7º Intimar a la fallida para que dentro de los cinco días de notificado, ponga sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y documentación contable dentro de las 24 hs., si las tuviera. 8º Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse.
COPIESE. REGISTRESE y NOTIFÍQUESE según lo establece el artículo 273 inciso 5 Ley 24522.Firmado. Dra. Lucía Raquel SOSA - Juez SINDICO: Cdor. C.P.N., ABDALA LORENA TERESA.
DOMICILIO: Emilio Jofre N 265, Ciudad, Mendoza C.A.D. N: 22152 Importe: $ 1265
03-04-05-08-09/06/2020 5 Pub.
SECRETARIA
DEL
PRIMER
JUZGADO
DE
PROCESOS
CONCURSALES
PRIMERA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL, hace saber a posibles interesados y acreedores que a fojas 100/103
.autos Nº13-04242195-7 caratulados: VILLAR GONZALEZ DALILA MALVINA P/ CONCURSO
PEQUEÑO se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 19 de Mayo de 2020.
AUTOS Y VISTOS.. CONSIDERANDO.. RESUELVO: 1 Declarar la quiebra de VILLAR GONZALEZ
DALILA MALVINA, D.N.I. N 34.775.872; C.U.I.L. N 27-34775872-3, con domicilio real sito en B Nuevo Amanecer, Acc. 2, Casa 5, Ciudad, Mendoza, la que tramitará conforme a las normas para las pequeñas quiebras art. 288 y 289 LCQ. Recaratúlese el expediente por Mesa de Entradas. 3 Establecer el día QUINCE DE SEPTIEMBRE DE 2020, como fecha en la que Sindicatura deberá presentar el informe general previsto por el art. 39 LCQ, y el informe de actualización de los créditos conforme lo establece el art. 202 LCQ, pudiendo la sociedad deudora y quienes hayan solicitado verificación presentar observaciones hasta el día VEINTINUEVE DE SEPTIEMBRE DE 2020 art. 40 LCQ. Fijar el día VEINTIOCHO DE OCTUBRE DE 2020 como fecha hasta que los interesados pueden observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el síndico; art. 117; dictándose resolución el ONCE DE NOVIEMBRE DE 2020 art. 117. Aclárase que los plazos establecidos en el caso de ser declarados inhábiles, se trasladarán al día hábil inmediato posterior. 6º Intimar a la fallida y a los terceros que posean bienes y documentación de aquélla para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal. 7º Intimar a la fallida para que dentro de los cinco días de notificado, ponga sus bienes a disposición del juzgado en forma apta para que los funcionarios puedan tomar inmediata y segura posesión de los mismos, debiendo entregar al síndico los libros de comercio y documentación contable dentro de las 24 hs., si las tuviera. 8º Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse.. COPIESE. REGISTRESE y NOTIFÍQUESE según lo establece el artículo 273 inciso 5 Ley 24522. Firmado. Dra. Lucía Raquel SOSA - Juez. SINDICO: Cdor. FERNANDEZ
ERIK HERNAN. DOMICILIO: calle 9 de Julio N 945, Ciudad.

Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 8 de Junio de 2020
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 08/06/2020

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data08/06/2020

Conteggio pagine65

Numero di edizioni1845

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione12/07/2024

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