Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/12/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

JORGE DANIEL AVILA y MARIANO SEBASTIAN SOLOA, hasta que se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CIENTO UN MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO con 21/100 $
101.428,21 que reclama en concepto de capital con más los intereses referidos en la sentencia principal y la suma de PESOS TREINTA MIL CUATROCIENTOS VEINTIOCHO con 46/100 $ 30.428,46 que reclaman los Dres. ALDO REDIGONDA y EMILIO COLOMBO MALNIS en concepto de honorarios e intereses legales más la suma de PESOS CIENTO SETENTA MIL con 00/100 $ 170.000 estimada provisoriamente para responder a intereses, costos y costas del juicio. III - En defecto de pago, trabar embargo sobre los bienes susceptibles, de tal medida, de propiedad de la demandada, hasta cubrir la suma total presupuestada de PESOS TRESCIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS con 67/100 $ 301.856,67. Autorícese el uso de la fuerza pública y allanamiento de domicilio con habilitación de día, hora y lugar, en caso de ser necesario.- III - Citar a la demandada para DEFENSA por el término de TRES DÍAS, bajo apercibimiento de ley y conminarla para que constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado Arts. 21 del C.P.C.C. y T.. IV - Diferir la regulación de honorarios profesionales y costas hasta que se encuentre firme la presente resolución. art. 35 y 36 del C.P.C.C. y T.. V - Se deja expresamente establecido que al momento de practicarse liquidación deberá adicionarse el impuesto al valor agregado I.V.A. a los profesionales que acrediten su calidad de responsables inscriptos. Fdo.:
JUEZ SUBROGANTE
Boleto N: ATM_4744122 Importe: $ 504
03-06-11/12/2019 3 Pub.
SEPTIMO Juzgado de Familia de Mendoza. AUTOS N 1273/18/7F "GUTIEREZ MATILDE ROSA C/
OTTONE DUILIO ÁNGEL S/ Privación de la Responsabilidad Parental": A fs. 46: "Mendoza, 8 de Octubre de 2019. RESUELVO: I - Aprobar la información sumaria rendida en autos y en consecuencia DECLARAR de IGNORADO DOMICILIO al Sr. DUILIO ÁNGEL OTTONE, D.N.I. N 17.177.620 en los términos y efectos del Art. 69 del CPCC y T. Fdo. Dra. Flavia Ferraro. Juez de Familia y Violencia Familiar. A fs. 23: "Mendoza, 4 de Septiembre de 2018 De la demanda interpuesta córrase TRASLADO a la contraria por el término de OCHO DÍAS a fin que comparezca, responda y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de ley Art. 52, 100 y cc ley 6354 y arts 21, 74, 75 y 160 y cc del C.P.C.C.T NOTIFÍQUESE Fdo., Dra. Flavia Ana María Ferraro Juez Titular.
Séptimo Juzgado de Familia.
Boleto N: ATM_4744170 Importe: $ 240
03-06-11/12/2019 3 Pub.
TRIBUNAL DECIMO JUZGADO DE FAMILIA. EXPTE N 2275/18/10F. CARATULA OCHOA ERNESTO
JESUS c/ PUPPETTO GLORIA CORA p/ DIVORCIO UNILATERAL A CARGO DE LA DRA. SILVIA
CEBALLOS. NOTIFICA A GLORIA CORA PUPPETTO DNI n 12.233.277 declarada de ignorado domicilio que A fs. 43/44 de los autos n 2275/18/10F caratulados OCHOA ERNESTO JESUS c/
PUPPETTO GLORIA CORA p/ DIVORCIO UNILATERAL del DECIMO JUZGADO DE FAMILIA el Tribunal RESOLVIO: Mendoza, 29 de octubre de 2019.-. AUTOS VISTOS Y CONSIDERANDO:
RESUELVO: I-Hacer lugar a la acción de divorcio promovida y, en consecuencia, declarar a los esposos, Sres. Ernesto Jesús Ochoa, D.N.I. N 11.846.738, y Gloria Cora Pupetto, D.N.I. N 12.233.277, divorciados con los alcances y límites de los arts. 435 inc. c, 437 y cc. del C.C.yC. II. -Declarar disuelta la comunidad de bienes, sin perjuicio de derecho de terceros, con efecto retroactivo al día 10 de mayo 2006
art. 480 del C.C.yC.- III.- Sobreseer la imposición de costas por gozar las partes de beneficio de litigar sin gastos concedido. IV.- Sobreseer la regulación de honorarios profesionales por encontrarse las partes patrocinadas por la 10 y 19 Defensoría de Pobres y Ausentes. V.- Firme la presente, y prestadas las conformidades profesionales correspondientes, ofíciese al Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas a fin que se tome nota marginal en el acta n 113, fs. 58, Libro Registro n 5215, correspondiente a la Oficina denominada Dorrego, Departamento de Guaymallén, Provincia de Mendoza, celebrada el día 10 de junio de 1977. VI.- Notificar edictalmente la presente resolución de conformidad con lo resuelto por el art. 72 inc. IV del C.P.C.C.yT COPIESE. REGISTRESE.
NOTIFIQUESE. OFICIESE. REMÍTANSE A LA DEFENSORIA INTERVINIENTE. OPORTUNAMENTE

BO-2019-06990330-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 11 de Diciembre de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 117 de 146

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 11/12/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data11/12/2019

Conteggio pagine147

Numero di edizioni1860

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione05/08/2024

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