Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 22/04/2019

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

por el cobro de la suma de PESOS VEINTE MIL DOSCIENTOS TRECE CON 89/100 $ 20.213,89 con más la suma de PESOS DIEZ MIL CIENTO SEIS CON 94/100 $ 10.106,94, que se fijan provisoriamente para intereses pactados del 4,5% mensual a aplicarse sobre el capital desde que el deudor entró en mora 09/02/2015 hasta su efectivo pago, I.V.A. sobre intereses, costos. II - Asimismo deberá adicionarse a lo dispuesto el pago de honorarios regulados en la sentencia y que le reclama el actor, esto es la suma de PESOS CUATRO MIL CUARENTA Y DOS CON 77/100 $ 4.042,77, con más la suma de PESOS DOS
MIL VEINTIUNO CON 38/100 $ 2.021,38, más IVA, que se fija provisoriamente para intereses de honorarios. III - En defecto de pago, TRÁBESE EMBARGO sobre bienes susceptibles de tal medida de propiedad del demando, hasta cubrir la suma de PESOS TREINTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS
OCHENTA Y CINCO $ 36.385 fijada provisoriamente para responder a capital, intereses, costos y costas, honorarios regulados en la sentencia e intereses de honorarios. A tal efecto, facúltase el auxilio de la fuerza pública y allanamiento de domicilio en caso necesario.- IV - Cítese a la demandada para defensa por el término de TRES DÍAS y conmínesele por la constitución de domicilio legal dentro del radio del Juzgado arts. 21, 74, 75 y 275 del C.P.C.. COP., REG. Y NOT - Fdo: Dra. María Soledad Hernández - Juez.Boleto N: 04530966 Importe: $ 456
22-25-30/04/2019 3 Pub.

La Municipalidad de Las Heras, mediante la presente procede a notificar Decreto N 2279, con fecha 17
de diciembre de 2018, con referencia al Expediente Nº 15415-M-2018, y CONSIDERANDO: Que a fs. 2/5
obra Convenio de Custodia celebrado entre la Dirección Agencia Promoción y Atracción de Inversiones APAI de la Municipalidad de Las Heras de la Provincia de Mendoza y la Sra. Granado Graciela Beatriz.
Que en las presentes actuaciones constan las respectivas notificaciones al Sra. Granado Graciela Beatriz. Que el referido contrato, en su cláusula SEGUNDA APAI entrega al custodio, y este acepta en plena conformidad una fracción de terreno cuyo dominio se encuentra inscripto a nombre del Gobierno de la Provincia de Mendoza como parte de una mayor extensión en la Dirección Provincial de Catastro Registro Público como 1 inscripción n 5363 fs. 417 T 36-B de Las Heras de fecha 15/12/1945
identificada como Parcela N 35, constante de una superficie aproximada de 2,7 Ha. Identificado en plano de mesura visado por la Dirección de Catastro. Que al celebrar la Sra. Granado Graciela Beatriz un contrato de custodia con el Municipio de Las Heras, este tiene solamente la tenencia precaria del inmueble, siendo la comuna a través de la oficina de APAI, la custodia última y principal de dichos terrenos. Y por tanto los actos por ella efectuados tales como apertura de calles y señalamientos de la ribera del río, han sido realizados dentro de sus facultades como custodio principal de los terrenos provinciales y dentro de sus facultades como poder de policía, sin que puedan tomarse como turbatorios del derecho de los custodios, quienes solo detentan la tenencia precaria y en el marco de la tenencia principal, que de dichos terrenos, detenta la Municipalidad. Que la Sra. Granado Graciela Beatriz con su actuar ha ocasionados actos turbatorios de la tenencia última que detenta la Municipalidad sobre los terrenos, incumpliendo de esta forma con el deber de custodia impuesto en el convenio suscripto. Que en su cláusula NOVENA determina El incumplimiento de parte del CUSTODIO de cualquiera de las obligaciones que asume en virtud del presente contrato, facultará al MUNICIPIO, a declarar rescindido este contrato de pleno derecho y sin necesidad de requerimiento alguno, debiendo el CUSTODIO
desocupar el predio dentro de los DIEZ 10 días corridos a contar desde la fecha de la notificación fehaciente, que en tal sentido se formule en el domicilio real que se haya declarado. Que a fs. 21/27 el Departamento Jurídico en análisis de la actuaciones sugiere proceder a la resolución del Contrato. Por todo ello; El Intendente Municipal, Decreta: Artículo 1º.- Téngase por resuelto el Convenio de Custodia celebrado entre la Dirección Agencia Promoción y Atracción de Inversiones APAI de la Municipalidad de Las Heras de la Provincia de Mendoza y la Sra. Granado Graciela Beatriz, por las razones vertidas en los considerandos.- Artículo 2º.-Dispóngase la restitución del inmueble, conforme a lo establecido en la cláusula novena, bajo apercibimiento de desalojo.- Artículo 3º.- Notifíquese a la Sra. Granado Graciela Beatriz DNI N 16.172.884, con domicilio real en calle Ruta 52 int 149 s/n de Uspallata, Las Heras, Mendoza; y en su domicilio laboral sito en Camping Municipal de Uspallata.- Artículo 4º.-Tomen conocimiento Dirección APAI y Dirección de Asuntos Legales.- Artículo 5º.- Contra el presente acto
BO-2019-01882944-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 22 de Abril de 2019
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 91 de 128

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 22/04/2019

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data22/04/2019

Conteggio pagine129

Numero di edizioni1844

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione11/07/2024

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