Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/11/2018

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

Que conforme lo informado por el Departamento de Control Técnico y de Registros, de la Dirección de Transporte, dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos, se han presentado permisionarios solicitando autorización para la habilitación de vehículos 4x4, con una antigedad de hasta 20 años, para la afectación en el servicio turismo aventura, en zonas geográficas de difícil acceso.
Que el Artículo 82 de la Ley N 9086, establece que la antigedad se podrá ampliar por vía reglamentaria para aquellos servicios que tengan un fin de fomento, servicios de turismo aventura, con el límite máximo de hasta veinte 20 años, en cuyo caso el plazo de Revisión Técnica Vehicular se reducirá a efecto de un control más intensivo, conforme disponga la normativa reglamentaria.
Que se hace necesario establecer los periodos de Revisión Técnica Obligatoria de dichas unidades, los que serán los siguientes: cuando la antigedad del vehículo 4x4 sea mayor a quince 15 años, la Revisión Técnica Vehicular deberá realizarse cadad SESENTA 60 DIAS, en los talleres técnicamente habilitados al efecto.
Que podrán incorporarse unidades 4x4 con una antigedad de hasta dieciocho 18 años.
Por lo expuesto y de acuerdo a lo determinado en el Artículo 82 de la Ley N 9086 y lo dictaminado por Asesoría Legal de la Secretaría de Servicios Públcios;
EL
SECRETARIO DE SERVICIOS PÚBLICOS
R E S U E L V E:
Artículo 1- Amplíese la antigedad de los vehículos para el servicio de turismo aventura 4x4, hasta veinte 20 años.
Artículo 2.- Los vehículos afectados al servicio de turismo aventura 4x4, que excedan los quince 15
años de antigedad, deberán realizar la Revisión Técnica Vehicular cada sesenta 60 días en los talleres técnicamente habilitados a tal efecto.
Artículo 3.- La antigedad permitida para incorporar al servicio aventura 4x4 será de dieciocho 18 años.
Artículo 4º- Comuníquese a quienes corresponda y archívese.
Dr. NATALIO L. MEMA RODRIGUEZ
S/Cargo 27/11/2018 1 Pub.
A.T.M. - ADMINISTRACION TRIBUTARIA MENDOZA

Resolución N: 55
MENDOZA, 23 DE NOVIEMBRE DE 2018
VISTO:
El Expte.N EX-2018-2005760-GDEMZA-ATM, y CONSIDERANDO:

BO-2018-04047483-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Martes 27 de Noviembre de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 15 de 101

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 27/11/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data27/11/2018

Conteggio pagine102

Numero di edizioni1859

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione02/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Noviembre 2018>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
252627282930