Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/02/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art.35 LCQ art.200 sexto párrafo Ley 24.522 y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art.279 Ley 24.522. VI. Fijar el día DIECISEIS DE JUNIO DE 2018 como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura el informe individual de créditos y la planilla con el recálculo de los créditos verificados y declarados admisibles en el concurso preventivo de conformidad con lo dispuesto por los art. 202
segundo párrafo y 55 LCQ; dictándose sentencia de verificación de créditos el día QUINCE DE JUNIO DE
2018, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal art. 274 LCQ. VII. Fijar el día TREINTA Y UNO
DE JULIO DE 2018 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día CATORCE DE AGOSTO DE 2018. . VIII.- Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal.IX.- Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. X.- Disponer la PROHIBICIÓN DE
HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse. XV.- Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ.
Ofíciese en papel simple. COPIESE. REGISTRESE. Fdo. . Dr. Pablo González Masanés, Juez".
Síndicatura: Cdor. ENRIQUE JUAN PEDRO CAVEDAL, días y horarios de atención son los lunes, miércoles y viernes de 16 a 20 horas, se habilita, al efecto dos horas más del día hábil siguiente, de 16 a 18 horas, Ac. De fecha 07/06/2010 y 05/07/2011 Excma. Primera Cámara de Apelaciones a los fines de verificación e impugnación de créditos, domicilio legal sito en COLON N165, 3 PISO, OF. F, CIUDAD, Mendoza., telef.4223036-156210520 FDO. DRA. CANDELARIA PULENTASECRETARIA
C.A.D. N: 19131 Importe: $ 1120
28/02 01-02-05-06/03/2018 5 Pub.

JUEZ TERCER JUZGADO DE PROCESOS CONCURSALES, a cargo del. Dr. Pablo González Masanés, Juez, Secretaria Dra. Candelaria Pulenta, sito en Pedro Molina N517, 2º piso, Ciudad, Mendoza, C.P.5.500 hace saber a posibles interesados y acreedores que a fs. 95 de los autos Nº1.017.980
caratulados "ARANCIBIA FERNANDO WILLIAMS p/ QUIEBRA INDIRECTA se ha resuelto lo que en fecha y parte pertinente dice: "Mendoza, 05 DE FEBRERO DE 2018.- AUTOS Y VISTOS
CONSIDERANDO RESUELVO: I.- DECLARAR la quiebra de ARANCIBIA FERNANDO WILLIAMS
D.N.I N 30.071.312 V. Fijar el día TRES DE ABRIL DE 2018 como fecha hasta la cual los acreedores pueden presentar la solicitud de verificación de sus créditos ante el síndico art.200 Ley 24.522;
pudiendo el deudor y los acreedores que hubiesen solicitado verificación, concurrir al domicilio de sindicatura hasta el día DIECISIETE DE ABRIL DE 2018 a los efectos de revisar los legajos y formular por escrito las impugnaciones y observaciones respecto de las solicitudes formuladas, bajo el régimen previsto por el art.35 LCQ art.200 sexto párrafo Ley 24.522 y debiendo sindicatura presentar dentro de las cuarenta y ocho horas de vencido el plazo del párrafo anterior copia de las impugnaciones recibidas para ser incorporadas al legajo del art.279 Ley 24.522. VI. Fijar el día DIECISIETE DE MAYO DE 2018
como fecha hasta la cual deberá presentar sindicatura los informes individuales y la planilla con el recálculo de los créditos verificados y declarados admisibles en el concurso preventivo de conformidad con lo dispuesto por los art. 202 segundo párrafo y 55 LCQ; dictándose sentencia de verificación de créditos el día PRIMERO DE JUNIO DE 2018, fecha adaptada al cúmulo de trabajo del Tribunal art. 274
LCQ. VII. Fijar el día DOS DE JULIO DE 2018 como fecha hasta la cual deberá presentar el síndico el informe general, el que estará a disposición de los interesados a partir del día hábil siguiente, pudiendo efectuarse observaciones hasta el día PRIMERO DE AGOSTO DE 2018. VIII.- Intimar al fallido y a los terceros que posean bienes y documentación de aquel para la entrega al síndico dentro de los dos días de la última publicación edictal.- IX.- Ordenar a la fallida que dentro del día siguiente a la notificación entregue al Síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. X.Disponer la PROHIBICIÓN DE HACER PAGOS a la fallida, los que serán ineficaces en caso de hacerse.
XV.- Ordenar se publiquen edictos por CINCO DIAS en el Boletín Oficial, de conformidad con lo dispuesto por el art. 89 LCQ. Ofíciese en papel simple. COPIESE. REGISTRESE. Fdo. . Dr. Pablo González
BO-2018-00347978-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Miércoles 28 de Febrero de 2018
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 62 de 109

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/02/2018

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data28/02/2018

Conteggio pagine110

Numero di edizioni1861

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione06/08/2024

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