Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/10/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

a tomar la participación correspondiente o a formular observaciones u oposiciones o ejercer las acciones que estime correspondan por Derecho.
Artículo 5: La única finalidad y efecto del procedimiento previsto en la presente, radica en evitar la disolución de las entidades sometidas al mismo, mediante su regularización orgánico funcional y/o contable, atendiendo a la viabilidad de dichas asociaciones, como a la concreta posibilidad de que persistan cumplimentando su objeto de bien común e interés general, por lo que tal regularización en ningún caso persigue ni provocará la extinción de obligaciones o de la responsabilidad patrimonial de la persona jurídica, sus administradores, representantes y, en su caso, asociados.
Artículo 6: Publíquese en el Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, conforme lo dispuesto por el art.
18, Ley N 9.002.
DR. RAUL ROMERO
S/Cargo 02/10/2017 1 Pub.
MINISTERIO SEGURIDAD

Resolución N: 2133
MENDOZA, 11 JULIO 2017
Visto el expediente N 1414-D-2016-00106; Y
CONSIDERANDO:
Que en las citadas actuaciones se solicita se sancione a la Empresa de Seguridad Privada LURKERS
SEGURIDAD por tener impago los cánones correspondientes a los años 2015; 2016 y 2017, por la suma de $ 42.469,69, más los intereses legales correspondientes;
Que mediante Resolución N 809 de fecha 21 de septiembre de 2016 emitida por e l Director del REPAR
REPRIV se emplazó a la citada empresa para que en el término de treinta 30 días hábiles regularice la situación reseñada, bajo apercibimiento de iniciar acción judicial por apremio ante los Juzgados Tributarios competentes no habiéndose recepcionado documentación alguna al respecto;
Que por lo expuesto se encuentra debidamente acreditado que la Empresa de Seguridad Privada LURKERS SEGURIDAD ha incurrido en infracciones previstas por la N 6441 y modificatorias, por lo que corresponde la sanción de inhabilitación por veinte años para la actividad, conforme el artículo 34, apartados I y II de la citada ley .
Atento a ello y lo dictaminado por Dirección de Asesoría Letrada a fs. 19, EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
1 Inhabilitar por el término de veinte 20 años para la actividad regulada en el Ley N 6441 y su normativa complementaria a la Empresa Privada LURKERS SEGURIDAD, conjuntamente con su propietario : MÓNICA MERCEDES CALDERÓN, D.N.I. N 16.964.969; Director Técnico: ÁNGEL FRANCISCO ATENCIO, D.N.I. N 11.440.880 y SubDirector Técnico: ENRIQUE SEGUNDO CARMONA, D.N.I. N 12.732.393, por tener impagos los cánones correspondientes a los años 2015; 2016 y 2017, por la suma de $ 42.469,69, más los intereses legales correspondientes, conforme el art. 34, apartados I y II

BO-2017-00160276-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Lunes 2 de Octubre de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 19 de 98

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 02/10/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data02/10/2017

Conteggio pagine99

Numero di edizioni1838

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione02/07/2024

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