Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/09/2017

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza

competentes no habiéndose recepcionado documentación alguna al respecto;
Que por lo expuesto se encuentra debidamente acreditado que la Empresa de Seguridad Privada LURKERS SEGURIDAD ha incurrido en infracciones previstas por la N 6441 y modificatorias, por lo que corresponde la sanción de inhabilitación por veinte años para la actividad, conforme el artículo 34, apartados I y II de la citada ley .
Atento a ello y lo dictaminado por Dirección de Asesoría Letrada a fs. 19, EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
1 Inhabilitar por el término de veinte 20 años para la actividad regulada en el Ley N 6441 y su normativa complementaria a la Empresa Privada LURKERS SEGURIDAD, conjuntamente con su propietario : MÓNICA MERCEDES CALDERÓN, D.N.I. N 16.964.969; Director Técnico: ÁNGEL FRANCISCO ATENCIO, D.N.I. N 11.440.880 y SubDirector Técnico: ENRIQUE SEGUNDO CARMONA, D.N.I. N 12.732.393, por tener impagos los cánones correspondientes a los años 2015; 2016 y 2017, por la suma de $ 42.469,69, más los intereses legales correspondientes, conforme el art. 34, apartados I y II
de la Ley N 6441 y modificatorias.
2 Notificar por el Registro de empresas Privadas de Vigilancia de lo dispuesto en el artículo anterior, debiendo asentar la actuado en los archivos respectivos. Asimismo, girar copia de la presente resolución a los Organismos que correspondan a los fines pertinentes.
3 Comuníquese, notifíquese e insértese de Resoluciones.
DR. GIANNI A. P. VENIER
S/Cargo 28-29/09 02/10/2017 3 Pub.
MINISTERIO HACIENDA Y FINANZAS

Resolución N: 176
MENDOZA, 03 DE JULIO DE 2017
Visto el Expediente Nº 101 Letra D Año 2017 Código 01031 donde se tramita la distribución, a favor de las Municipalidades de la Provincia, de los fondos correspondientes al Fondo Federal Solidario creado mediante el Decreto Nacional Nº 206/09; y CONSIDERANDO:
Que el fondo mencionado tiene por objeto financiar obras provinciales, municipales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que contribuyan a la mejora de la infraestructura edilicia de las distintas reparticiones y/u organismos públicos, sanitaria, educativa, hospitalaria, de vivienda y vial, así como para infraestructura e inversión productiva, para lo cual el Estado Nacional destina al mismo el treinta por ciento 30 % de las sumas que efectivamente percibe en concepto de derechos de exportación de soja, en todas sus variedades y sus derivados, como asimismo afecta para el presente ejercicio la suma establecida en el artículo 74º de la Ley Nº 27341, Presupuesto Nacional 2017;
Que los ingresos del Fondo Federal Solidario se distribuyen entre las Provincias adheridas al decreto nacional citado, de acuerdo a los porcentajes establecidos en la Ley Nº 23.548 y sus modificatorias;

BO-2017-00157274-GDEMZA-SSLYTMGTYJ
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Jueves 28 de Septiembre de 2017
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica
página 22 de 100

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Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 28/09/2017

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Mendoza

PaeseArgentina

Data28/09/2017

Conteggio pagine101

Numero di edizioni1838

Prima edizione20/01/2017

Ultima edizione02/07/2024

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