Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 23/12/2020 (Suplemento 1)

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

Boletín Oficial de la Provincia de Málaga Número 244

Miércoles, 23 de diciembre de 2020

Página 65

ADMINISTRACIÓN LOCAL

VILLANUEVA DEL TRABUCO
BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS DEL BANCO DE ALIMENTOS DEL FEAD QUE
GESTIONA EL AYUNTAMIENTO DE VILLANUEVA DEL TRABUCO COMO ORGANIZACIÓN ASOCIADA DE REPARTO

BDNS identif.: 540322.

Beneficiarios Este programa de ayuda alimentaria está destinado a personas desfavorecidas, entendiendo por tales aquellas personas, familias, hogares o grupos que se encuentren en situación de pobreza económica, así como a las personas sin hogar y otras personas en situación especial de vulnerabilidad social. Estas situaciones deben ser determinadas por los Servicios Sociales de este Ayuntamiento tras el análisis de los criterios establecidos en estas bases reguladoras. Una vez analizadas las solicitudes recibidas, se dará traslado al Centro de Servicios Sociales Comunitarios encargado de la evaluación de cada expediente.
Requisitos Para tener la consideración de persona beneficiaria de este programa de ayuda alimentaria, estas deben cumplir los siguientes requisitos:
a Estar empadronados en el municipio de Villanueva del Trabuco a la fecha de presentación de la solicitud.
b Cumplir con los requisitos económicos que se establecen en la base 7.
c No recibir otra ayuda de las mismas características de otra Administración Pública, Organización No Gubernamental, o institución dedicada a fines similares.
Lugar y plazo de presentación de solicitudes Las personas interesadas podrán presentar las solicitudes para acogerse al programa de ayuda alimentaria de manera presencial en el Registro General de este Ayuntamiento de Villanueva del Trabuco, cumplimentando el modelo de solicitud específico que se le facilitará al efecto, o por cualquiera de los medios que se establecen en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Málaga. Las solicitudes presentadas dentro del plazo establecido tendrán efecto para las tres fases en las que se desarrolla el programa del ejercicio correspondiente.
Resolución de solicitudes Una vez finalizado el plazo de subsanación de las solicitudes presentadas, estas serán evaluadas por el Centro de Servicios Sociales Comunitarios teniendo en cuenta los criterios de ponderación que se establecen en la base 7.
Villanueva del Trabuco, 17 de diciembre de 2020.
El Alcalde, José María García Campos.

7965/2020

D

Centro de Ediciones de la Diputación de Málaga CEDMA. Avenida de los Guindos, 48, 29004 MÁLAGA
Teléfonos: 952 069 279 - 283 / Fax: 952 603 844 www.bopmalaga.es www.cedma.es
CVE: 20201223-07965-2020 - verificable en www.bopmalaga.es/cve.php
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones https www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/540322.

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Boletín Oficial de la Provincia de Málaga del 23/12/2020 (Suplemento 1)

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Málaga (Suplemento 1)

PaeseSpagna

Data23/12/2020

Conteggio pagine30

Numero di edizioni4133

Prima edizione20/02/2001

Ultima edizione30/06/2024

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