Boletin Judicial de Costa Rica del 23/8/2021

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Judicial de Costa Rica

Pág 36 BOLETÍN JUDICIAL Nº 161

Lunes 23 de agosto del 2021

el 08/04/1994, actualmente con 27 años de edad Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice está en la obligación de manifestarlo en este despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 21-001733-0338-FA.
Juzgado de Familia de Cartago, 07 de julio del 2021.Licda.
Mariam Calderón Villegas, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122021.Solicitud N 68-2017-JA. IN2021574074 .
Han comparecido a este Despacho, solicitando contraer matrimonio civil: Nelson Martín Camacho Navarro, mayor de edad, soltero, peón en construcción, cédula de identidad número 1-1106-0330, vecino de La Unión, Tres Ríos, Concepción, de la Irex 800 metros al norte y 300 al oeste, casa color blanco con verjas negras, hijo de Lilliam Amable Navarro Cerdas y Juan Ramón Camacho Marín, nacido en Carmen, Central, San José, el 07/06/1981, con 40 años de edad; y Vilma María Bolaños López, mayor de edad, divorciada de Hernán Hernández Solís, el 01/06/2018, en Cartago, oficios domésticos, cédula de identidad número 1-0830-0254, vecina de igual a la anterior, hija de Vilma Cecilia López Barboza y Gilberto Bolaños Solís, nacida en Hospital, Central, San José, el 26/06/1972, actualmente con 49 años de edad. Si alguna persona tiene conocimiento de algún impedimento para que este matrimonio se realice, está en la obligación de manifestarlo en este Despacho dentro de los ocho días siguientes a la publicación del edicto. Expediente N 21-002006-0338-FA.Juzgado de Familia de Cartago, Cartago, 09 de agosto del 2021.Licda.
Patricia Cordero García, Jueza.1 vez.O. C. N 364-122021.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2021574075 .
Se le hace saber a las partes interesadas que en esta notaría, se tramitan diligencias de matrimonio civil, que promueven el señor Ramón Efraín Sevilla Suarez, mayor de edad, soltero en unión de hecho, oficial de seguridad privada, con cédula de residencia permanente número:
155808316936, nacido en la República de Nicaragua, en Municipio: Rivas, Departamento Rivas, el día 31 de agosto de 1962, por lo que actualmente tiene 58 años de edad cumplidos, hijo de Víctor Manuel Juárez de una solo apellidos por razón de su nacionalidad, de nacionalidad nicaragense, quien es su padre, e hijo de Neri Felipa Sevilla Calero, de nacionalidad nicaragense, quien es su madre, y la otra contrayente Angela del Socorro Aragón Guadamuz, mayor de edad, soltera en unión libre, oficios doméstico, con cédula de residencia número:155805215534, nacido en la República de Nicaragua, en Municipio: Rivas, Departamento Rivas, el día 22 de setiembre de 1959, por lo que actualmente tiene 61 años de edad cumplidos, hija de Felipe Aragón Argueta, de nacionalidad nicaragense, quien es su padre, e hijo de María del Carmen Guadamuz Diaz, de nacionalidad nicaragense, quien es su madre, ambos contrayentes son vecinos de la provincia de San José, cantón de Goicoechea, distrito Purral, Sector ochenta y cinco, Barrio el Rosario, casa número: cincuenta, y de nacionalidades Nicaragenses.
De conformidad con el artículo 25 del Código de Familia, se concede el plazo de ocho días naturales a partir de la publicación del presente para que se presenten ante el notario de Luis Alcides Salazar Jara, situada en la provincia de San José, cantón de Goicoechea, distrito Guadalupe, del cruce a Moravia, trescientos metros al este, contiguo al Bar Minerva, portón café. Teléfono: 8340-8525, deberán manifestar si los futuros contrayentes tienen algún impedimento para unirse en matrimonio.San José, 09 de agosto del 2021.Lic. Luis Alcides Salazar, Jara.1 vez. IN2021574157 .

Edictos en lo Penal
Se tiene por presentada la Acción Civil, de conformidad con el artículo 113,115 del Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al codemandado civil: Carlos Joseph Fonseca Bonilla, cédula de identidad 4-0215-0557, en su calidad de demandado civil,
por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial, de conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente N 19-001884-0369-PE, proceso penal seguido contra Joseph Fonseca Bonilla, por el delito de Lesiones Culposas Ley de Tránsito, cometido en perjuicio de Manuel Arroyo Herrera. Comuníquese.Fiscalía de Heredia, al ser las once horas cincuenta minutos del once de agosto del dos mil veintiuno.Fiscalía de Heredia.Licda. Sianny Rodríguez Ocampo, Fiscal Auxiliar.1 vez.O. C. Nº 364-122021.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2021574226 .
En la sumaria N Único 21-001372-0305-PE, por receptación en contra de Alex Manuel Rodríguez Loría, en perjuicio de la administración de justicia , y de conformidad con el artículo 7 de la Ley de Notificaciones, se dispone notificar por edicto por una sola vez la resolución de las veinte horas veintiséis minutos del veintiuno de julio del dos mil veintiuno a Randal Gerardo Salas Rodríguez, cédula N 2-0595-0368, o a quien acredite con documentación idónea ser el dueño del bien mueble, la devolución del vehículo MOT 368247, año: 2014, con el número de marco LZSPCJLG6E1900888;
así mismo cuenta con el plazo de un mes a partir de esta publicación, en caso de no presentarse se ordenara la donación a favor del estado. Este edicto de conformidad con la circular N 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22
de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Se ordena su publicación por única vez en el Boletín Judicial. Es todo.Juzgado Penal del Primer Circuito Judicial de Alajuela, al ser las 09/08/2021.
Msc. Yendry Durán Brenes, Jueza.1 vez.O. C. N 36412-2021.Solicitud N 68-2017-JA. IN2021574234 .
Fiscalía de Heredia, al ser las nueve horas del día miércoles once de agosto del dos mil veintiuno. De conformidad con el artículo 113, 115 del Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al tercero civilmente demandado: María de la Soledad Rovira Cuervo, documento de identidad: XDC724539, en su calidad de tercero civilmente demandado, por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial. Expediente N 20-002219-0369-PE, proceso penal seguido contra Juan Gabriel Piedra Soto, por el delito de Falsedad Ideológica, cometido en perjuicio de La Fe Pública.
Comuníquese.Fiscalía Adjunta de Heredia.Lic. José Pablo Murillo Quirós, Fiscal Auxiliar.1 vez.O. C. N 36412-2021.Solicitud N 68-2017-JA. IN2021574352 .
Fiscalía de Heredia, al ser las nueve horas del día Miércoles once de agosto del dos mil veintiuno. De conformidad con el artículo 113, 115 del Código Procesal Penal, se le da traslado de la presente Acción Civil Resarcitoria al tercero civilmente demandado: María De La Soledad Rovira Cuervo, documento de identidad: XDC724539, en su calidad de tercero civilmente demandado, por el término de tres días hábiles, para lo que en derecho corresponda, por medio de edicto que se publicará sólo por una vez en el Boletín Judicial, de conformidad con la circular N 67-09
emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos. Expediente 20-002219-0369-PE, proceso penal seguido contra Juan Gabriel Piedra Soto, por el delito de Falsedad Ideológica, cometido en perjuicio de La Fe Pública.
Comuníquese.Fiscalía Adjunta de Heredia.Lic. José Pablo Murillo Quirós, Fiscal Auxiliar.1 vez.O. C. Nº 36412-2021.Solicitud Nº 68-2017-JA. IN2021574353 .

Riguardo a questa edizione

Boletin Judicial de Costa Rica del 23/8/2021

TitoloBoletín Judicial de Costa Rica

PaeseCosta Rica

Data23/08/2021

Conteggio pagine36

Numero di edizioni5055

Prima edizione01/01/2003

Ultima edizione23/10/2023

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Agosto 2021>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031