Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/07/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 05 de julio de 2024

Que la agente propuesta reúne las condiciones de idoneidad necesarias para desempeñar debidamente la función;
Que se propicia asignarle a Mariana Soledad HIDALGO la cantidad de un mil ciento veinticinco 1125 módulos mensuales, constando la existencia de cupo disponible a tal efecto;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;
Que la presente gestión se ajusta a lo previsto en los artículos 111 inciso a y 113 de la Ley Nº 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815 y sus prórrogas, y por el Decreto Nº 1278/16;
Por ello, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO Nº 272/17 E Y MODIFICATORIOS
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN DE INVESTIGACIONES CIENTÍFICAS
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Dejar establecido el cese, en la Jurisdicción 1.1.2.11, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 33 - Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica - Comisión de Investigaciones Científicas, de Mariana Soledad HIDALGO
DNI Nº 38.300.865 - Clase 1994, a partir del 29 de febrero de 2024, en un cargo de la Planta Temporaria, como Personal de Gabinete del Presidente, en el que había sido designada por Decreto N 438/22 modificado por Decreto N 919/22 y Decreto N 1356/23, de conformidad con el artículo 113 de la Ley Nº 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96 y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.
ARTÍCULO 2. Designar en la Jurisdicción 1.1.2.11, Jurisdicción Auxiliar 0, Entidad 33 - Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica - Comisión de Investigaciones Científicas, a partir del 1º de marzo de 2024, a Mariana Soledad HIDALGO DNI Nº 38.300.865 - Clase 1994 en un cargo de la Planta Temporaria, como Personal de Gabinete del Presidente, con una retribución de un mil ciento veinticinco 1125 módulos mensuales, de conformidad con los artículos 111 inciso a y 113 de la Ley Nº 10.430 Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96, modificada por Ley Nº 14.815 y sus prórrogas, y por el Decreto Nº 1278/16.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar a la Dirección Provincial de Personal y a la Subsecretaría Legal y Técnica de la Secretaría General, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Roberto Carlos Salvarezza, Presidente
RESOLUCIONES FIRMA CONJUNTA
MINISTERIO DE ECONOMÍA
MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, CIENCIA E INNOVACIÓN TECNOLÓGICA
RESOLUCIÓN FIRMA CONJUNTA N 9-MECONGP-2024
LA PLATA, BUENOS AIRES
Jueves 23 de Mayo de 2024
VISTO el expediente EX-2024-03985064-GDEBA-DPPTMECONGP mediante el cual se propicia ejercer la autorización prevista en el artículo 19 tercer párrafo de la Ley Nº 15.479 -Impositiva para el ejercicio fiscal 2024- y, CONSIDERANDO:
Que mediante el citado artículo se faculta al Ministerio de Hacienda y Finanzas actualmente Ministerio de Economía y al Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica en forma conjunta, a adicionar a las bonificaciones especiales en el impuesto Inmobiliario para estimular el ingreso anticipado de cuotas no vencidas y/o por buen cumplimiento, una bonificación máxima de hasta el treinta por ciento 30% para aquellos inmuebles destinados al desarrollo de actividades comprendidas en el Nomenclador de Actividades del Impuesto sobre los Ingresos Brutos NAIIB-18;
Que el impuesto Inmobiliario de la Planta Urbana contempla alícuotas progresivas y crecientes en función de la valuación fiscal, tomando como base de su cálculo la ubicación del inmueble, el tipo de construcción y los metros cuadrados del mismo, sistema éste que incide en el desarrollo de la actividad económica;
Que en ese marco y a los fines de atenuar el efecto del tributo sobre sectores económicos importantes en la estructura productiva de la Provincia cuyos inmuebles se encuentren destinados al desarrollo de actividades industriales, clínicas, sanatorios, hospitales u otros centros de salud, como así también los pertenecientes en propiedad a empresas de medios gráficos y periodísticos afectados al desarrollo de sus actividades específicas, se prevé acordar en el impuesto Inmobiliario de la Planta Urbana bonificaciones del diez por ciento 10%, adicionales que pudieran corresponder de acuerdo a lo previsto en el primer y segundo párrafo del artículo 19 de la Ley N 15.479;
Que específicamente respecto al sector hotelero esta incidencia se acentúa aún más, ya que el perfil de la hotelería moderna responde entre otras cosas a una mejor calidad de vida y al obligado mejoramiento continuo de la propuesta de servicios, razón por la cual se prevé otorgar en el impuesto Inmobiliario que comprenda a inmuebles afectados a hoteles excepto hoteles alojamiento o similaresuna bonificación adicional del veinticinco por ciento 25%;
Que han tomado intervención la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía, la Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado, sin formular observaciones;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 19 de la Ley Nº 15.479;

SECCIÓN OFICIAL > página 24

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 05/07/2024 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data05/07/2024

Conteggio pagine101

Numero di edizioni3408

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

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