Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/06/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 04 de junio de 2024

2022-43462498-GDEBA-OPCGP
Contrataciones, y
y
la
NO-2022-40114600-GDEBA-SSCPOPCGP

del
Organismo
Provincial
de
CONSIDERANDO:
Que las presentes actuaciones tratan sobre la treceava y catorceava Redeterminación de Precios solicitada por la firma INTERISLEÑA S.A.C.E.I. en el marco de la Licitación Pública N 12/21, modalidad orden de compra abierta, que tiene por objeto la contratación del servicio de transporte fluvial exclusivo para el traslado de alumnos, docentes y personal auxiliar de los establecimientos educativos del Delta Bonaerense de esta Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, con encuadre en el artículo 17, apartados 1 y 3 inciso a del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA
reglamentario de la Ley N 13981;
Que la mencionada Redeterminación de Precios se realizó con sujeción a las disposiciones contenidas en el artículo 7, inciso g, de la Ley N 13981 y Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA -modificado por Decreto 1314/2022-, y de conformidad con lo establecido en el ME-2022-43462498-GDEBA-OPCGP y la NO-2022-40114600-GDEBA-SSCPOPCGP
del Organismo Provincial de Contrataciones;
Que obra la solicitud de la treceava y catorceava redeterminación de precios de la firma INTERISLEÑA S.A.C.E.I. a órdenes 6 y 16, formuladas el día 24 de octubre de 2023 y 22 de diciembre de 2023, respecto a la Orden de Compra Abierta PBAC N 300-0009-OCA22 orden 10, cuyo monto total es por la suma de pesos cuatrocientos tres millones veintitrés mil novecientos nueve con 10/100 $403.023.909,10 y N 300-0022-OCA23 de prórroga y ampliación orden 12, cuyo monto total es por la suma de pesos cuatrocientos cuarenta y dos millones cuatrocientos diecinueve mil cuatrocientos sesenta con 95/100 $442.419.460,95, con vigencia desde el día posterior a la finalización del contrato original;
Que la cláusula 39 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que consta en orden 8 y que rigió la Licitación Pública aprobada por RESOC-2022-618-GDEBA-DGCYE, obrante a orden 9, establece que los proveedores adjudicatarios podrán solicitar, la redeterminación de precios de la parte faltante a ejecutar cuando la aplicación de la metodología de revisión refleje una variación de precios superior al cinco por ciento 5 % a los del contrato o al precio surgido de la última redeterminación, según corresponda;
Que asimismo los índices utilizados en la solicitud de redeterminación de precios son los establecidos en la Estructura de Costos prevista en la mencionada cláusula, siendo el cálculo de la variación realizado por el proveedor de once con 45/100
por ciento 11,45 % para la treceava redeterminación a valores del 1 de Septiembre de 2023 y de dieciséis con 40/100 por ciento 16,40 % para la catorceava redeterminación a valores del 1 de Noviembre de 2023, superando de tal modo el límite establecido en el artículo 7, inciso g, apartado 1 del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA -modificado por Decreto 1314/2022-;
Que en orden 14, mediante ACTA-2023-49164893-GDEBA-SSAYRHDGCYE, obra el Acta de la onceava y doceava Redeterminación de Precios aprobada RFCB-2023-194-GDEBA-DGCYE que luce en orden 15, cuyo monto del contrato redeterminado asciende a la suma total de pesos un mil setecientos treinta millones trescientos treinta y cuatro mil con 15/100 $1.730.334.000,15;
Que en orden 18 la Dirección de Compras y Contrataciones acredita que la documentación acompañada es la correspondiente a la licitación referida;
Que en orden 22 la Subdirección de Transporte Fluvial y la Dirección de Transporte y Logística certifican la correcta prestación del servicio e informan los días de servicio efectivamente prestados por el proveedor para realizar los cálculos correspondientes a la presente redeterminación;
Que en órdenes 25 y 26 obran los cálculos realizados para la verificación del porcentaje de redeterminación requerido y los índices de precios utilizados, los cuales integran el informe de redeterminación de precios de la Dirección Provincial de Contrataciones, Convenios y Administración de Inmuebles de orden 27 IF-2024-01066865-GDEBA-DPCCYAIDGCYE, arribando esa Dirección Provincial a la variación de once con 45/100 por ciento 11,45 % para la treceava redeterminación y de dieciséis con 40/100 por ciento 16,40 % para la catorceava redeterminación, que por aplicación de la fórmula prevista en el artículo 39 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, el porcentaje resultante es del nueve con 16/100 por ciento 9,16 % y trece con 12/100 por ciento 13,12 % respectivamente;
Que la presente redeterminación se realiza en función del porcentaje determinado por la Dirección Provincial de Contrataciones, Convenios y Administración de Inmuebles en su informe de orden 27, ascendiendo el monto total del contrato a pesos un mil ochocientos catorce millones novecientos mil ochocientos cuarenta y ocho con 60/100
$1.814.900.848,60, a los valores unitarios de la catorceava redeterminación, representando un incremento del contrato de pesos ochenta y cuatro millones quinientos sesenta y seis mil ochocientos cuarenta y ocho con 45/100 $84.566.848,45
según lo informado en órdenes 27 y 30;
Que en órdenes 32 y 39 han tomado intervención en el ámbito de su competencia la Dirección General de Administración y la Dirección de Presupuesto;
Que en orden 42 NO-2024-01389914-GDEBA-DEEOPCGP interviene el Organismo Provincial de Contrataciones, concluyendo que puede darse continuidad al trámite, previa intervención de los organismos de asesoramiento y control, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 11 apartado 1 inciso l del Anexo I del DECTO-2019-59-GDEBA-GPBA modificado por Decreto 1314/2022-;
Que en órdenes 51, 57 y 58 mediante ACTA-2024-02926476-GDEBA-SLN2AGG, IF-2024-05248052-GDEBA-CGP y VT2024-04304709-GDEBA-FDE han tomado intervención en el ámbito de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado respectivamente, estimando que puede procederse al dictado del acto administrativo que apruebe la redeterminación de precios solicitada;
Que la Subdirección Contable dependiente de la Dirección de Contabilidad incorpora las solicitudes de Gasto N 2262/2024
y N 2269/2024 correspondientes a la treceava y catorceava redeterminación de precios de la orden de compra de prórroga y ampliación PBAC N 300-0022-OCA23 órdenes 67 y 68;
Que en orden 78 obra Acta de Redeterminación de precios y sus Anexos I, II, III y IV ACTA-2024-06238695-GDEBASSAYRHDGCYE, suscripta entre esta Dirección General de Cultura y Educación de la provincia de Buenos Aires, representada por el Señor Subsecretario de Administración y Recursos Humanos, Diego Hernán Turkenich, DNI
20.795.532, y la firma INTERISLEÑA S.A.C.E.I. CUIT 30-50696776-3, representada por Cristian Luis Roque Ramaro, DNI
28.725.451, en su carácter de presidente;

SECCIÓN OFICIAL > página 26

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/06/2024 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data04/06/2024

Conteggio pagine127

Numero di edizioni3422

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/08/2024

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