Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/06/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 04 de junio de 2024

RESO-2023-756-GDEBA-MJYDHGP regló el procedimiento sancionatorio por incomparecencia injustificada de las partes en su Anexo II, el cual establece que el procedimiento administrativo será sustanciado por la Dirección de Mediación y comenzará con un auto de imputación mediante el que se notifique a la parte incompareciente de forma fehaciente el posible incumplimiento cometido, la norma transgredida y el derecho a presentar descargo en cinco 5 días; Que las presentes actuaciones se inician en virtud de la incomparecencia en los términos del artículo 14 de la Ley, informada por la mediadora María Laura Lodeiros, Matrícula MO059, en la causa "SACCOMANNO, EMMA HAYDEE Y OTRO
C/CASTELLUCCIA, GONZALO BAUTISTA Y OTRO S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE EXC. ESTADO", Expte. MO40594/2023, en relación a la audiencia de mediación previa obligatoria que fuera fijada para la fecha 13/12/2023
y de la que fuera debidamente notificada la requerida, habiendo concluido el procedimiento por incomparecencia de Gonzalo Bautista Castelluccia, DNI 43.666.006, conforme lo informado en el sistema de gestión tecnológica por la mediadora actuante; Que, se halla agregada a la presente la correspondiente notificación a la mencionada audiencia, asimismo a orden 9 luce agregado por DOCFI-2024-11544553-GDEBA-DMMJYDHGP el auto de imputación a Gonzalo Bautista Castelluccia, DNI 43.666.006, dictado por la Dirección de Mediación; Que, encontrándose debidamente notificado el auto de imputación supra citado, por carta documento de Correo Argentino como ha sido acreditado en las presentes actuaciones y, habiendo transcurrido el plazo determinado a fin de que se ejerzan las defensas que por derecho le corresponden, ante el silencio del imputado se debe proceder a la aplicación de la multa que le correspondiere; Que, la normativa citada establece para dicho incumplimiento una multa equivalente a dos veces la retribución mínima que corresponda percibir al mediador o la mediadora por su gestión, ascendiendo la misma a la fecha a Ciento Once Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve Pesos con Cincuenta y Seis centavos $111.489,56; Que, conforme el procedimiento administrativo de la provincia de Buenos Aires corresponde notificar al infractor la aplicación de la multa e intimarlo a que, en el plazo legal establecido, pague la misma o presente la impugnación respectiva; Que, se ha dado cumplimiento a lo requerido mediante Anexo II de la RESO-2023-756-GDEBAMJYDHGP encontrándose los presentes en estado de resolver y en mérito de lo actuado corresponde la aplicación efectiva de la multa establecida en el artículo 14 de la Ley 13.951; Que, la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 14 del DECRE-2021-600-GDEBA-GPBA y el artículo 2 del Anexo II de la Resolución N RESO-2023-756-GDEBA-MJYDHGP; Por ello; la Directora Provincial de Mediación Dispone Artículo 1. Aplicar a Gonzalo Bautista Castelluccia, DNI 43.666.006, la multa que establece el artículo 14 de la Ley N 13.951 y el DECRE-2021-600-GDEBA-GPBA por incomparecencia injustificada a la audiencia de mediación previa obligatoria. Artículo 2. Intimar a Gonzalo Bautista Castelluccia, DNI 43.666.006, a fin de que en el plazo de diez 10 días hábiles pague la multa respectiva o interponga recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio. Artículo 3. Hacer saber que el pago de la multa deberá realizarse mediante depósito bancario en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta N
52853/7, CBU 014099980120000528537-5, CUIT 30- 70705154-6, por el monto de Ciento Once Mil Cuatrocientos Ochenta y Nueve Pesos con Cincuenta y Seis Centavos $111.489,56. Asimismo, deberá abonar los costos que demande el presente expediente administrativo ascendiendo en este estado a la suma de Pesos Ochocientos Sesenta y Tres con Ocho Centavos $863,08. Cumplido el pago deberá acreditar el mismo en el presente expediente. Artículo 4. Informar que en el caso que el incompareciente no cumpliere con lo dispuesto en el artículo 3 del presente, se confeccionará el título ejecutivo pertinente elevándose el mismo al Sr. Fiscal de Estado para la ejecución de la multa con más los gastos irrogados. Artículo 5. Intimar a Gonzalo Bautista Castelluccia, DNI 43.666.006, a constituir domicilio dentro del radio urbano de la autoridad administrativa, bajo apercibimiento de continuar el trámite sin su intervención. Artículo 6. Registrar en SINDMA, comunicar, notificar y archivar. Lucía Vazquez Directora Provincial de Mediación Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Ayelen Settimi, Personal Administrativo.
jun. 3 v. jun. 7

MUNICIPALIDAD DE LOMAS DE ZAMORA
POR 3 DÍAS - La Municipalidad de Lomas de Zamora emplaza por el plazo de 3 tres días a todos aquellos que quieran hacer valer sus derechos sobre el inmueble ubicado en la calle Fournier 1905, de la localidad y partido de Lomas de Zamora, cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción XII, Sección C, Manzana 94, Parcela 20, Partida inmobiliaria 063-063208-0, que se encuentra en condiciones de ser adquirido por prescripción administrativa, Ley 24320.
Existe dominio vigente con inscripción dominial bajo folio 1302 año 1949 a nombre de ANTONIO JUAN VEXINA RAFFO.
Gabriel Alejandro Giurliddo, Alfredo Luis Fernandez.
jun. 3 v. jun. 5
POR 3 DÍAS - La Municipalidad de Lomas de Zamora emplaza por el plazo de 3 tres días a todos aquellos que quieran hacer valer sus derechos sobre el inmueble ubicado en la calle Euskadi 1582, de la localidad de Banfield, partido de Lomas de Zamora, cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción XI, Sección C, Manzana 8, Parcela 1, Partida inmobiliaria 063-037693-9, que se encuentra en condiciones de ser adquirido por prescripción administrativa, Ley 24.320.
Existe dominio vigente con inscripción dominial bajo matrícula 88495 a nombre de SIDI LEÓN.
Gabriel Alejandro Giurliddo, Alfredo Luis Fernandez.
jun. 3 v. jun. 5
POR 3 DÍAS - La Municipalidad de Lomas de Zamora emplaza por el plazo de 3 tres días a todos aquellos que quieran hacer valer sus derechos sobre el inmueble ubicado en la calle Aguirre 460 , de la localidad de Albertina, partido de Lomas de Zamora, cuyos datos catastrales son los siguientes: Circunscripción 14, Sección B, Manzana 23, Parcela 25, Partida Inmobiliaria 093574, que se encuentra en condiciones de ser adquirido por prescripción administrativa, Ley 24.320. Existe dominio vigente con inscripción dominial bajo folio 3126 año 1970 a nombre de EDUARDO A. D ALESIO SOCIEDAD
ANÓNIMA COMERCIAL INMOBILIARIA.
Gabriel Alejandro Giurliddo, Alfredo Luis Fernandez.
jun. 3 v. jun. 5
POR 3 DÍAS - La Municipalidad de Lomas de Zamora emplaza por el plazo de 3 tres días a todos aquellos que quieran
SECCIÓN OFICIAL > página 117

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 04/06/2024 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data04/06/2024

Conteggio pagine127

Numero di edizioni3416

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione24/07/2024

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