Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/05/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 17 de mayo de 2024

ARTÍCULO 4.- Establecer como fecha de apertura de ofertas el día 23 de Mayo de 2024 a las 10:00 hs.
ARTÍCULO 5.- Dejar establecido que de acuerdo al Artículo 6 de la Ley de Compras 13.981/09 y Decreto Reglamentario 59/19, no se ha autorizado llamado alguno tendiente a la adquisición de los bienes objeto del presente;
ARTÍCULO 6.- El contrato podrá ser aumentado y/o prorrogado, conforme los lineamientos establecidos en el Art 7
Incisos B y F del Decreto 59/19, y teniendo en cuenta el estado de emergencia de la Pcia de Buenos Aires Ley 15.165 Art 29, prorrogado por Ley 15.310 Art 88;
ARTÍCULO 7.- Establecer que el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires será unidad orgánica que actuara como contraparte y administrara la relación contractual que se establezca con el adjudicatario;
ARTÍCULO 8.- Designar como miembros de la Comisión Asesora de Preadjudicaciones , para la evaluación de las propuestas recibidas, a los agentes indicados en los artículos 2 y 3 de la DISPO-2022-61-GDEBA-HIJAEMSALGP, según lo establecido en el Art 20 del Decreto 59/19;
ARTÍCULO 9.- Registrar, notificar a quien corresponda, publicar en la Página web del Ministerio de Salud, Gobernación de la Pcia de Buenos Aires y en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y pasar a la Oficina de compras, cumplida archivar. Maria Rosa Riva Roure, Directora Ejecutiva.

ANEXO/S
anexo1

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Ver
anexo2

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anexo3

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INSTITUTO

DE PREVISIÓN SOCIAL

POR 5 DÍAS - El Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires, notifica a los derechohabientes del causante de autos por 5 días, en el Expediente Nº 21557-528933-20 la Resolución Nº 17852 De fecha 20 de septiembre de 2023.RESOLUCIÓN Nº 17.852
VISTO, el expediente N 21557-528933-520 iniciado por Natividad de Jesús FERREYRA en su calidad de derecho habiente de Claudio Alonso MALDONADO en virtud de la deuda practicada por diferencia de haberes percibidos indebidamente y CONSIDERANDO:
Que se presenta la titular solicitando le sea acordado beneficio de Pensión;
Que se dio alta transitoria en planillas de pago a fs. 58/60;
Que por Resolución N 958499 dictada con fecha 29 de septiembre de 2021 se dispuso el otorgamiento de beneficio de Pensión a Natividad de Jesús FERREYRA a liquidarse en base al 30% del sueldo y bonificaciones asignadas al cargo de Personal Obrero -Servicios Categoría 2, régimen de 30 horas semanales de labor con 24 años de antigedad desempeñado pof el causante en el ámbito de la Municipalidad de La Plata, con efectos patrimoniales a liquidar a partir del 11 de junio de 2020;
Que a foja 72 se codifica correctamente el cargo determinante del haber jubilatorio y surge un cargo deudor por haberes percibidos indebidamente, habida cuenta que se liquidó la prestación en base a un monto mayor al correspondiente, por el período comprendido entre el 1/02/21 y el 30/06/22 que asciende a la suma de $90.619,33 de conformidad con lo normado por el art. 61 del Decreto Ley N 9650/80, Que habida cuenta que se habría producido un desplazamiento patrimonial carente de causa con origen en el error involuntario en el que se incurrió, ello faculta al Instituto a repetir lo abonado en más, puesto que lo real y concreto es la existencia de enriquecimiento sin causa por parte de la pensionada, lo cual conlleva la carga de restituir lo generado por dicha situación conforme arts. 726, 766, 868, 1796, 1798 y concordantes del Código Civil y Comercial de la Nación;
Que a foja 79 interviene Fiscalía de Estado;
Que la presente fue tratada por el Honorable Directorio de este Organismo en fecha 20/9/23 según consta en el Acta N
3689;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7 de la Ley N 8587;
Por ello, EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Declarar legítimo el cargo deudor practicado por diferencia de haberes percibidos indebidamente por Natividad de Jesús FERREYRA durante el lapso comprendido entre el 1/02/21 y el 30/06/22 que asciende a la suma de $90.619,33, de conformidad con lo dispuesto por el art.61 del Decreto Ley N 9650/80 TO 600/94.
ARTÍCULO 2. Afectar el 20 % de los haberes mensuales que percibe Natividad de Jesús FERREYRA hasta la cancelación total de lo adeudado, atento las facultados discrecionales conferidas a este Instituto por el art. 61 del Decreto Ley N
9650/80 TO 600/94.

SECCIÓN OFICIAL > página 53

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/05/2024 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data17/05/2024

Conteggio pagine108

Numero di edizioni3399

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione26/06/2024

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