Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/04/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > miércoles 24 de abril de 2024

equivalente a dos 2 veces la retribución básica que esta reglamentación determina para los mediadores y las mediadoras;
estableciendo que sólo se admitirán como causales de justificación de la incomparecencia, razones de fuerza mayor expresadas por escrito ante el mediador y debidamente acreditadas dentro de los cinco 5 días posteriores a la fecha de la audiencia y que el mediador o la mediadora deberá labrar acta dejando constancia de la incomparecencia y si vencido el plazo de cinco 5 días la parte no hubiere justificado la incomparecencia, el o la mediadora comunicará a la Autoridad de Aplicación el resultado del trámite y que verificado el incumplimiento del pago de la multa impuesta se ordenará su cobro por vía de apremio, dándole la intervención pertinente al Fiscal de Estado para su ejecución; Que, la Resolución RESOL2019-793-GDEBA-MJGP regló el procedimiento sancionatorio por incomparecencia injustificada de las partes en su Anexo II, el cual establece que el procedimiento administrativo será sustanciado por la Dirección de Mediación y comenzará con un auto de imputación mediante el que se notifique a la parte incompareciente de forma fehaciente el posible incumplimiento cometido, la norma transgredida y el derecho a presentar descargo en cinco 5 días; Que, las presentes actuaciones se inician en virtud de la incomparecencia en los términos del artículo 14 de la Ley Nº13.951 informada por la mediadora: Carla, Puyella - Matrícula: SN036, en la causa " Fumiport, S.R.L. c/Gabini, Roberto Walter s/Escrituración expediente SN6117/2023", en relación a la audiencia de mediación previa obligatoria que fuera fijada para la fecha 28/06/2023, habiendo concluido el procedimiento por incomparecencia de Roberto Walter Gabini, conforme lo informado en el sistema de gestión tecnológica por el mediador actuante; Que, se halla agregada a la presente la correspondiente notificación a la mencionada audiencia, asimismo a orden 10 luce agregado por DOCFI-2023-44543638-GDEBADMMJYDHGP el auto de imputación a Roberto Walter Gabini, DNI 24.714.118, dictado por la Dirección de Mediación; Que, encontrándose debidamente notificado el auto de imputación supra citado, por carta documento de Correo Argentino como ha sido acreditado en las presentes actuaciones y, habiendo transcurrido el plazo determinado a fin de que se ejerzan las defensas que por derecho le corresponden, ante el silencio del imputado se debe proceder a la aplicación de la multa que le correspondiere; Que, mediante PV-2023-44543940-GDEBA-DMMJYDHGP la Directora de Mediación eleva los presentes actuados recomendando la confirmación del auto de imputación a la firma Roberto Walter Gabini, DNI 24.714.118; Que, la normativa citada establece para dicho incumplimiento una multa equivalente a dos veces la retribución mínima que corresponda percibir al mediador o la mediadora por su gestión, ascendiendo la misma a la fecha a Cien Mil Novecientos Tres con Cuarenta y Ocho Centavos $100.903,48; Que, conforme el procedimiento administrativo de la provincia de Buenos Aires corresponde notificar al infractor la aplicación de la multa e intimarlo a que, en el plazo legal establecido, pague la misma o presente la impugnación respectiva; Que, se ha dado cumplimiento a lo requerido mediante Anexo II de la Resolución N RESOL-2019-793-GDEBA-MJGP encontrándose los presentes en estado de resolver y en mérito de lo actuado corresponde la aplicación efectiva de la multa establecida en el artículo 14 de la Ley 13.951, Que, la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 14 del DECRE-2021-600-GDEBA-GPBA y el artículo 2 del Anexo II
de la Resolución N RESOL-2019-793-GDEBA-MJGP; Por ello, La Directora Provincial De Mediación Dispone Artículo 1.
Aplicar a Roberto Walter Gabini, DNI 24.714.118, la multa que establece el artículo 14 de la Ley N 13.951 y el DECRE2021-600-GDEBA-GPBA por incomparecencia injustificada a la audiencia de mediación previa obligatoria. Artículo 2.
Intimar a Roberto Walter Gabini, DNI 24.714.118, a fin de que en el plazo de diez 10 días hábiles pague la multa respectiva o interponga recurso de revocatoria y jerárquico en subsidio. Artículo 3. Hacer saber que el pago de la multa deberá realizarse mediante depósito bancario el Banco de la Provincia de Buenos Aires Cuenta N 52853/7 CBU
014099980120000528537-5 - CUIT 30-70705154-6, por el monto de Cien Mil Novecientos Tres con Cuarenta y Ocho Centavos $100.903,48. Asimismo deberá abonar los costos que demande el presente expediente administrativo ascendiendo en este estado a la suma de Pesos Ochocientos Sesenta y Tres con Ocho Centavos $863,08. Cumplido el pago deberá acreditar el mismo en el presente expediente. Artículo 4. Informar que en el caso que el incompareciente no cumpliere con lo dispuesto en el artículo 3 del presente, se confeccionará el título ejecutivo pertinente elevándose el mismo al Sr. Fiscal de Estado para la ejecución de la multa con más los gastos irrogados. Artículo 5. Registrar en SINDMA, comunicar, notificar y archivar..
Lucía Vazquez, Directora abr. 18 v. abr. 24

CONSORCIO DE GESTIÓN DEL PUERTO DE SAN PEDRO
POR 5 DÍAS - El Consorcio de Gestión del Puerto de San Pedro llama a interesados a presentar propuestas para la ocupación de predios portuarios sitos en jurisdicción del Puerto de San Pedro, el que se otorgará conforme a la Resolución CGPSP N 139/12. Consultas en la administración del Consorcio de Gestión del Puerto de San Pedro, Ruta 191 km. 0 de la ciudad de San Pedro, provincia de Buenos Aires, de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hs., Teléfono: 03329 425378, email: secretaria@puertosanpedro.gov.ar - oficinatecnicapsp@gmail.com.
Carlos Casini, Presidente.
abr. 18 v. abr. 24

MUNICIPALIDAD DE CARLOS CASARES
POR 3 DÍAS - Citación. La Municipalidad de Carlos Casares, en virtud de lo normado en la Ley 24.320, cita y emplaza a los titulares de dominio DUBIAU JOSE y/o quienes se consideren con derechos sobre el inmueble que se individualizan a continuación, para que en el término de 5 cinco días deduzcan oposición a la prescripción adquisitiva iniciada por éste municipio bajo el Expediente Administrativo Nº 4019-13066-2023.
N.C.: Circunscripción VI, Sección G, Manzana 87, Parcelas 13, Inscripción de Dominio bajo el Mat. 143 - Carlos Casares 16.
Betiana Sarobe, Subsecretaria.
abr. 22 v. abr. 24

SECCIÓN OFICIAL > página 83

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 24/04/2024 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data24/04/2024

Conteggio pagine127

Numero di edizioni3421

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione31/07/2024

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