Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 12 de abril de 2024

conforme Artículo Cuarto, Considerando Noveno del fallo recurrido a la Administradora General de la Agencia de Recaudación, Sra. Verónica Inés TOMATIS Artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Segundo mantener la Multa que fuera impuesta a través del Artículo Quinto Considerando Noveno de la sentencia recurrida de $6.500,00 aplicada al Director General de Contrataciones, Sr. Oscar José Atilio ROSSI. Asimismo, proceder a reducir la Multa de: $36.000,00 aplicada al Intendente, Sr. Gustavo Arnaldo PULTI, manteniéndola en la suma de $34.200,00; $4.200,00 aplicada al Secretario de Salud, Sr. Alejandro Rubén CRISTALDI, manteniéndola en la suma de $ 4.000,00; $4.000,00 aplicada al Contador, Sr.
Guillermo Daniel COSTANZO, manteniéndola en la suma de $3.800,00; $4.200,00 aplicada al Tesorero, Sr. Mauricio MINGO, manteniéndola en la suma de $4.000,00; $5.000,00 aplicada al Secretario de Gobierno, Sr. Pablo César GARCÍA, manteniéndola en la suma de $4.800,00; 5.000,00 aplicada al Secretario de Desarrollo Social, Sr. Martín Domingo AIELLO, manteniéndola en la suma de $4.800,00 y $4.500,00 aplicada al Secretario de Cultura, Sr. Leandro Cruz Mariano LASERNA, manteniéndola en la suma de $4.100,00 Artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Tercero, mantener el Cargo de $77.801,44 que fuera formulado por medio del Artículo Sexto, Considerando Séptimo, Inciso 2 del Fallo de la cuenta del ejercicio recurrido por el que se responsabilizara al Intendente Sr. Gustavo Arnaldo PULTI artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Cuarto, dejar sin efecto el Cargo de $19.062,56
por el que se responsabilizara al Intendente, Sr. Gustavo Arnaldo PULTI en solidaridad con el Secretario de Economía y Hacienda, Sr. Daniel Hugo PÉREZ, conforme el Artículo Séptimo, Considerando Séptimo, Inciso 5-l de la Sentencia recurrida artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO QUINTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Quinto, mantener el Cargo de $34.620,84 que fuera formulado por medio del Artículo Octavo, Considerando Séptimo, Inciso 9-b del Fallo de la cuenta del ejercicio recurrido por el que se responsabilizara al Intendente Sr. Gustavo Arnaldo PULTI artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEXTO: Por los fundamentos expuestos en el Considerando Sexto, mantener el Cargo de $2.715,78 que fuera formulado por medio del Artículo Noveno, Considerando Séptimo, Inciso 15 del Fallo de la cuenta del ejercicio recurrido por el que se responsabilizara al al Intendente, Sr. Gustavo Arnaldo PULTI en solidaridad con el Secretario de Economía y Hacienda, Sr. Mariano Pérez ROJAS, artículo 39 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SÉPTIMO: En virtud de lo manifestado en los Considerandos Primero parte pertinente establecer con carácter declarativo la sanción mantenida al Secretario de Legal y Técnica Sr. Jorge Alberto LÓPEZ que fuera dispuesta por el Artículo Quinto Considerando Noveno del fallo de la cuenta del ejercicio recurrido artículo 39 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a los Sres. Guillermo Daniel COSTANZO, Gustavo Arnaldo PULTI, Leandro Cruz Mariano LASERNA, Mariano PÉREZ ROJAS, Martín Domingo AIELLO, Mauricio MINGO, Oscar José Atilio ROSSI, Alejandro Rubén CRISTALDI y Pablo César GARCÍA y a la Sra. Verónica Inés TOMATIS, lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los alcanzados por sanciones pecuniarias, plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Cuenta Fiscal Nº 1865/4 Multa - CBU 0140999801200000186543 y Cuenta Fiscal N 108/9 Cargo - CBU 0140999801200000010893 a la orden del Sr. Presidente del Honorable Tribunal de Cuentas, debiendo comunicar fehacientemente a este Organismo el depósito efectuado, adjuntándose comprobantes que así lo acredite. Asimismo, y para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de la causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al Sr. Fiscal de Estado para que promueva las acciones pertinentes previstas en el artículo 159 de la Constitución Provincial artículo 33 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO NOVENO: Comunicar la presente sentencia al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires y a la Municipalidad de General Pueyrredón.
ARTÍCULO DÉCIMO: Rubríquese por el señor Secretario de Actuaciones y Procedimiento, la presente Resolución que consta de veintiséis fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Octavo. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 98/2024.
Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez, Federico Gastón Thea.
Rubricado: Gonzalo Sebastián Kodelia.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 21/03/2024
N de Expediente: 3-105.0-3-2023
Ente u Organismo: Municipalidad de San Andrés de Giles Ejercicio: 2023
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: En razón de lo expuesto en el Considerando Único, aplicar un Llamado de atención al Director de Recaudación Luis Ezequiel BRANDO artículo 16 inciso 1 de la Ley Orgánica del Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires N 10.869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO SEGUNDO: Notificar a Luis Ezequiel BRANDO, de lo resuelto en el Artículo anterior. Asimismo, se le hace saber que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el artículo 38 de la Ley 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que el responsable opte por interponer demanda contencioso administrativa, deberá notificar a este Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires, dentro del plazo que
SECCIÓN OFICIAL > página 84

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/04/2024 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data12/04/2024

Conteggio pagine145

Numero di edizioni3422

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/08/2024

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