Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/02/2024 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > martes 06 de febrero de 2024

Martes 30 de Enero de 2024
VISTO el EX-2023-44431442-GDEBA-DTAYLICULGP, por el cual tramita, en esta instancia, el pago de un subsidio en el marco del Programa Temporal Fortalecimiento de la Cultura Comunitaria, y CONSIDERANDO:
Que el nuevo régimen para el otorgamiento de subsidios por parte del gobierno de la provincia, establecido por el Decreto N 124/2023, contempla en el inciso 2 del artículo 2 de su Anexo I específicamente a este Instituto Cultural como facultado para otorgar subsidios, lo cual refuerza su rol como entidad autorizada para gestionar y distribuir apoyos económicos destinados al sector cultural;
Que de conformidad con lo establecido en la Ley N 15.477 es competencia de este Organismo Intervenir en la promoción de acciones específicas para el desarrollo de las distintas actividades artísticas, estableciendo programas de estímulos, premios, becas, subsidios y créditos para el fomento de las mismas;
Que, mediante RESO-2023-1137-GDEBA-ICULGP, se aprobó y autorizó la creación del "Registro Único de Salas de Teatro Independiente, Centros Culturales y Espacios Culturales Alternativos" RUSTICCECA de acuerdo a los objetivos y desarrollo detallados en su anexo único identificado como IF-2023-06469796-GDEBA-SSICEICICULGP;
Que el mencionado Registro tiene entre sus objetivos diseñar e implementar programas y políticas específicas que atiendan las necesidades del sector cultural comunitario de la Provincia de Buenos Aires y promover su formalización;
Que, en ese marco, a través de la RESO-2023-2417-GDEBA-ICULGP se aprobó y autorizó la ejecución del Programa Temporal de Fortalecimiento de la Cultura Comunitaria, a desarrollarse hasta el 31 de diciembre de 2023, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, a través de la Subsecretaría de Industrias Creativas e Innovación Cultural, de acuerdo a los objetivos y desarrollo detallados en su anexo único identificado como IF-2023-28780024-GDEBA-ICULGP;
Que el mencionado Programa tiene como objetivo principal cooperar en el funcionamiento y acompañar el proceso de formalización de Salas de Teatro Independiente, Centros Culturales y Espacios Culturales Alternativos dentro del territorio de la provincia de Buenos Aires;
Que, en muchos casos, estos espacios culturales no se encuentran formalmente constituidos como entidades o cooperativas, lo que dificulta su acceso a programas de apoyo y financiamiento;
Que, a fin de promover la inclusión y fortalecimiento de dichos espacios, resulta necesario establecer criterios flexibles que permitan la asignación de las líneas de apoyo del Programa Temporal de Fortalecimiento de la Cultura Comunitaria a personas humanas que demuestren tener una relación directa y activa con el espacio cultural en cuestión;
Que en el orden 7 obra la nota del Sr. Rufino Oscar QUINTEROS D.N.I. N 13.982.375 en su carácter de presidente PD2023-45367910-GDEBA-DPTAYLICULGP, mediante la cual solicita un subsidio por la suma de PESOS CIENTO
OCHENTA MIL $180.000, destinada a la adquisición de un tratamiento ignífugo para piso escenario, entre piso y cielo raso total 60 lt, Cortinas, patas, elementos del vestuario, cartones y papeles total 40 lt, colchones de acrobacia y trapecio, muñecos y escenografía goma espuma total 20 lt para el espacio cultural GRUPO CULTURAL AL BORDE C.U.I.T. N
33-70839983-9 de la localidad de Almirante Brown, con el objetivo de fortalecer su equipamiento técnico y mejorar las condiciones de su programación artística y cultural;
Que en órdenes 8 a 20, obra la documentación requerida por el Decreto N 124/2023 y documentación complementaria;
Que la Dirección de Contabilidad y Servicios Generales, agrega la Solicitud de Gastos N 1623/24, detallando la imputación presupuestaria correspondiente al Presupuesto General Ejercicio 2024 - Ley N 15.394 prorrogada por el Decreto N 12/2024;
Que esta jurisdicción estima razonable técnica y económicamente la solicitud presentada de conformidad con lo normado en el Artículo 15 del Anexo I del Decreto N 124/2023;
Que el/la beneficiario no ha percibido ni tramitado en el corriente año financiero y calendario ningún subsidio, aporte ni contribución con el mismo objeto ni fin que el tramitado en las presentes actuaciones respecto de este instituto cultural;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección de Subsidios y Subvenciones del entonces Ministerio de Hacienda y Finanzas, la Asesoría General de Gobierno, la Contaduría General de la Provincia y la Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta con encuadre en lo normado por el Decreto N 124/2023, la RESO-2023-2417-GDEBAICULGP y en uso de las atribuciones conferidas en el artículo 50 de la Ley 15.477.
Por ello, LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO CULTURAL
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1º. Otorgar un subsidio a favor de la GRUPO CULTURAL AL BORDE C.U.I.T. N 33-70839983-9 de la localidad de Almirante Brown, a través del señor Rufino Oscar QUINTEROS D.N.I. N 13.982.375 en su carácter de presidente por la suma de PESOS CIENTO OCHENTA MIL $180.000.-, destinada a la adquisición de un tratamiento ignífugo para piso escenario, entre piso y cielo raso total 60 lt, Cortinas, patas, elementos del vestuario, cartones y papeles total 40 lt, colchones de acrobacia y trapecio, muñecos y escenografía goma espuma total 20 lt, en el marco del Programa Temporal de Fortalecimiento de la Cultura Comunitaria aprobado y autorizado por RESO-2023-2417-GDEBA-ICULGP.
ARTÍCULO 2º. Autorizar a la Dirección de Contabilidad y Servicios Generales a gestionar el pago del subsidio aprobado en el artículo 1º, mediante depósito/transferencia en la Cuenta Bancaria de la beneficiaria N 5029-054722/2, CBU:
0140082301502905472227, del Banco Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º. Imputar el gasto que demande el cumplimiento de la presente medida a las partidas presupuestarias correspondientes para el Ejercicio 2024, conforme Ley N 15.394 prorrogada por Decreto 12/24: Sector Público Provincial no Financiero 1 - Administración Provincial 1 - Organismos Descentralizados 2 - Jurisdicción 06 - Jurisdicción Auxiliar 00 Entidad 003: Instituto Cultural de la Provincia de Buenos Aires - UE 548 - PRG 3 - AC 1 - ACT INT CWW - Inciso 5 - Partida Principal 1 - Partida Parcial 7 - Sub parcial 41 - Fuente de Financiamiento 1.1 - UG 999 - Importe Total: PESOS CIENTO
OCHENTA MIL $180.000.-
ARTÍCULO 4º. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, publicar en el Boletín Oficial y en el SINDMA, y remitir a la Dirección
SECCIÓN OFICIAL > página 13

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 06/02/2024 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data06/02/2024

Conteggio pagine135

Numero di edizioni3406

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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