Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/10/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > lunes 23 de octubre de 2023

acercar a las productoras y productores con los consumidores mejorando los espacios y la logística de la comercialización mayorista y minorista;
Que a orden 62 obra la Solicitud de Gastos efectuada que registra e informa la imputación presupuestaria que demanda la medida;
Que se expidió la Dirección de Subsidios y Subvenciones dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que han tomado la intervención de su competencia Asesoría General de Gobierno, Contaduría General de la Provincia y Fiscalía de Estado;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 22 de la Ley N 15.164, modificada por Ley N 15.309, y el Decreto N 1037/03;
Por ello, EL MINISTRO DE DESARROLLO AGRARIO DE LA
PROVINCIA DE BUENOS AIRES
RESUELVE
ARTÍCULO 1. Aprobar los proyectos presentados por las Pequeñas Unidades Productivas de Alimentos que se detallan en el documento electrónico N IF-2023-41229107-GDEBA-DSTAMDAGP que como Anexo Único forma parte integrante de la presente Resolución, seleccionados en el marco del Tercer Concurso de Proyectos para el Fortalecimiento de Pequeñas Unidades Productivas de Alimentos, aprobado por la RESO-2023-314-GDEBA-MDAGP.
ARTÍCULO 2. Otorgar la suma total de pesos cuatro millones setecientos cinco mil setecientos veintiuno con sesenta y ocho centavos $4.705.721,68 en concepto de subsidios establecido en el Decreto N 1037/03, a favor de las Pequeñas Unidades Productivas de Alimentos y por los montos que para cada una se consigna en el Anexo Único..
ARTÍCULO 3. El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo primero será atendido con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto General de la Administración Provincial para el Ejercicio 2023 - Ley N 15.394: Unidad Ejecutora 119 - Jurisdicción 13 - Programa 15, Actividad 7, Fuente de Financiamiento 1.1, Inciso 5, Principal 2, Parcial 1
$3.698.826,99 - Inciso 5, Principal 1, Parcial 4 $1.006.894,69 - Ubicación Geográfica 999.
ARTÍCULO 4. Los/las beneficiarios/rias del subsidio otorgado por el artículo 2 deberá rendir cuenta documentada de la correcta utilización de los fondos en un plazo máximo de ciento veinte 120 días hábiles administrativos de percibido el subsidio, conforme lo previsto en los artículos 5 del Decreto N 1037/2003 y 9 y subsiguientes del Reglamento para el Otorgamiento de Subsidios en el marco del Decreto N 1037/03 aprobado por la RESOL-2017-64-E-GDEBA-MAGP.
ARTÍCULO 5. Los/las beneficiarios/rias hará mención del subsidio otorgado en toda oportunidad en que se difunda el Tercer Concurso de Proyectos para el Fortalecimiento de Pequeñas Unidades Productivas de Alimentos, aprobada por RESO-2023-314-GDEBA-MDAGP, y colocará la cartelería correspondiente al proyecto a ejecutar conforme los lineamientos y/o diseño que le comunique el Ministerio.
En caso de realizarse difusión y/o publicidad relativa a esta convocatoria y/o a la ejecución del proyecto o sus resultados, se hará constar la participación del Ministerio, quien podrá indicar la forma en que deberá difundirse o publicitarse su participación.
Asimismo, los/las beneficiarios/rias deberá incluir en la cartelería, señalética y todo otro material promocional o publicitario el isologotipo Alimentos Bonaerenses, logos o isologos correspondientes a Mercados Bonaerenses, Ministerio de Desarrollo Agrario, Programa de Reconstrucción y Transformación Provincial 6 por 6 2022-2027, 6 por 6 2022-2027, y/o aquellos que le comunique el Ministerio.
ARTÍCULO 6. Registrar, notificar al Fiscal de Estado, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.
Javier Leonel Rodríguez, Ministro.

ANEXO/S
IF-2023-41229107-GDEBADSTAMDAGP

2d94c712ab75f4a2b6e1461b38274933833a7f47db5ffb735137aa7d43b5f865 Ver
RESOLUCIÓN Nº 715-MDAGP-2023
LA PLATA, BUENOS AIRES
Martes 17 de Octubre de 2023
VISTO el EX-2023-39298749-GDEBA-DSTAMDAGP mediante el cual tramita la aprobación de los proyectos presentados en el Tercer Concurso de Proyectos para el Fortalecimiento de Pequeñas Unidades Productivas de Alimentos y el otorgamiento de un subsidio a los/las beneficiarios/rias a fin de destinarlo a la ejecución de los mencionados proyectos, la Ley N 15.164, modificada por Ley N 15.309, los Decretos N 1037/03, N 2697/05 y N 75/20, las RESO-2023-314GDEBA-MDAGP, RESO-2020-80-GDEBA-MDAGP, RESO-2020-150-GDEBA-MDAGP y RESOL-2017-64-E-GDEBAMAGP, y CONSIDERANDO:
Que la Ley N 15.164, modificada por Ley N 15.309, establece que es función de los Ministros Secretarios, en materia de su competencia, desarrollar las acciones necesarias para el cumplimiento de los objetivos del Gobierno de la provincia de Buenos Aires;
Que el artículo 22 de dicha Ley prevé que corresponde al Ministro de Desarrollo Agrario asistir al Gobernador en todo lo
SECCIÓN OFICIAL > página 94

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 23/10/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data23/10/2023

Conteggio pagine211

Numero di edizioni3409

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione15/07/2024

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