Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/07/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 14 de julio de 2023

sin otros alcances.
ARTÍCULO TERCERO: Por los fundamentos expuestos en los Considerandos Primero apartado c y Segundo apartados a y b, y en base a la determinación realizada en el Considerando Tercero, aplicar AMONESTACIONES al Intendente Municipal Sr. Osvaldo Raúl CAFFARO, al Intendente Municipal Sr. Ariel Francisco RIOS, al Presidente del Directorio Sr.
Aldo Bruno MORINO y al Vicepresidente del Directorio Sr Eduardo Alberto AMADO Artículo 16 de la Ley 10869 y sus modificatorias.
ARTÍCULO CUARTO: Notificar a los Sres. Osvaldo Raúl CAFFARO, Ariel Francisco RIOS, Aldo Bruno MORINO y Eduardo Alberto AMADO, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos.
Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la resolución podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar constancia que el examen de cuentas por parte del H. Tribunal de Cuentas, no implica liberación de otras responsabilidades para los titulares y autoridades de la Sociedad respecto de aspectos controlados por otros organismos que pudieran afectar los derechos y obligaciones de la Municipalidad de Zárate a partir de su participación societaria.
ARTÍCULO SEXTO: Comunicar la presente Resolución a Zárate Transporte S.A.P.E.M, a la Municipalidad de Zárate y al Ministerio de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Rubríquese por el señor Director General Receptoría y Procedimiento, la presente Resolución que consta de ocho fojas, publíquese en el Boletín Oficial y en la página electrónica del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires, reservar este expediente en la Secretaria de Actuaciones y Procedimiento durante los términos fijados en el Artículo Cuarto. Fírmese, cumplido, archívese.
Fallo: 306/2023.
Daniel Carlos Chillo, Ariel Héctor Pietronave, Juan Pablo Peredo, Gustavo Eduardo Diez, Federico Gastón Thea.
Rubricado: Juan Pedro Giuliano.
POR 1 DÍA - Tipo: Fallo H.T.C.
Fecha de Acuerdo: 29/06/2023.
N de Expediente: 2-195.0-2021.
Ente u Organismo: Instituto Provincial De Lotería Y Casinos.
Ejercicio: 2021.
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO: Aprobar la rendición de la cuenta del INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS Ejercicio 2021, acorde a lo expresado en el Considerando Décimo Tercero.
ARTÍCULO SEGUNDO: Dejar sin efecto los reparos enunciados en el Resultando X apartados 1.1, 2.1, 2.4 y 2.5 de conformidad a lo expuesto en el Considerando Segundo y apartado 1.2 incisos a y b acorde lo expuesto en el Considerando Tercero.
ARTÍCULO TERCERO: Aplicar la sanción de Multa de $80.000,00 a Matías LANUSSE, Multa de $80.000,00 a Fernando ROVELLO, Multa de $40.000,00 a Pablo Ariel ORIOLO, Multa de $40.000,00 a Javier Antonio DENIS y Llamado de Atención a Pablo Martín SANTUCHO, María del Rosario FERNÁNDEZ AGUERRE, Andrea Laura AZZATO, Laura Virginia COSTANCIO y Joaquín María ROVIRA, conforme lo señalado en el Considerando Duodécimo.
ARTÍCULO CUARTO: Dar por cumplida la observación diferida por el Artículo Tercero - Considerando Séptimo de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 383/2022, recaída sobre el estudio de la cuenta del ejercicio 2020 y liberar de responsabilidad al señor Fernando ROVELLO, conforme lo expuesto en el Considerando Noveno de la presente Resolución.
ARTÍCULO QUINTO: Dejar constancia de las limitaciones al alcance expuestas en el Considerando Undécimo, diferir el tratamiento del proyecto de auditoría allí señalado, declarar que los cuentadantes del Instituto Provincial de Lotería y Casinos - Ejercicio 2021, no deberán considerarse exentos de responsabilidad hasta tanto el H. Tribunal de Cuentas se pronuncie concreta y definitivamente respecto del tema cuyo tratamiento se posterga y encomendar a la División Relatora actuante en el próximo estudio de la cuenta, su análisis y conclusión.
ARTÍCULO SEXTO: Dar por cumplida a la División Relatora las encomiendas dispuestas por los Artículos Tercero, Quinto y Sexto de la Resolución del H. Tribunal de Cuentas N 383/2022, recaída sobre el estudio de la cuenta del ejercicio 2020, conforme lo expresado en los Considerandos Noveno y Décimo de la presente resolución.
ARTÍCULO SÉPTIMO: Dejar constancia de lo señalado en el Considerando Primero y Cuarto.
ARTÍCULO OCTAVO: Notificar a Matías LANUSSE, Fernando ROVELLO, Pablo Ariel ORIOLO, Javier Antonio DENIS, Pablo Martín SANTUCHO, María del Rosario FERNÁNDEZ AGUERRE, Andrea Laura AZZATO, Laura Virginia COSTANCIO y Joaquín María ROVIRA, de lo resuelto en los artículos precedentes, según particularmente corresponda a cada uno de ellos, y fijarles a los responsables alcanzados por sanciones pecuniarias plazo de noventa 90 días para que procedan a depositar dichos importes en el Banco de la provincia de Buenos Aires, cuenta fiscal Nº 1865/4 multas
Pesos - CBU 0140999801200000186543 a la orden del señor Presidente del H. Tribunal de Cuentas de la provincia de Buenos Aires CUIT 30-66570882-5, debiéndose comunicar fehacientemente a este Organismo los depósitos efectuados, adjuntándose los comprobantes que así lo acrediten dentro del mismo plazo señalado. Asimismo se les hace saber, en el caso de las sanciones impuestas, que la sentencia podrá ser recurrida dentro del plazo de quince 15 días conforme lo establecido en el Artículo 38 de la Ley Nº 10.869 y sus modificatorias. Para el caso en que los responsables opten por interponer demanda contencioso administrativa, deberán notificar a este H. Tribunal de Cuentas, dentro del plazo que establece el Artículo 18 de la Ley Nº 12008, fecha de interposición de la demanda, carátula, número de causa y juzgado interviniente, todo ello bajo apercibimiento de darle intervención al señor Fiscal de Estado para que promueva las acciones
SECCIÓN OFICIAL > página 88

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 14/07/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data14/07/2023

Conteggio pagine209

Numero di edizioni3401

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione28/06/2024

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