Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2023 - Sección Oficial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > jueves 13 de julio de 2023

Karina Fabiana Polizzi, Delegada Regional jul. 13 v. jul. 14

AGENCIA DE RECAUDACIÓN
POR 5 DÍAS - La Jefa del Departamento Relatoría III de la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires, hace saber -conforme a las previsiones del artículo 162 último párrafo del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires TO
2011- al Sr. JUAN PEDRO ACUÑA, CUIT 20-17480202-6, con domicilio real sito en Manzana 15 Casa 469 Barrio Obrero, de la localidad de Berisso, Provincia de Buenos Aires, en carácter de responsable solidario de WARHAUS S.A., CUIT 30-71422179-1, que en el Expediente 2360-0162034/2018 en su carácter de contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por el período fiscal anual 2017 enero a diciembre, se ha dictado la Disposición Delegada Seatys N
4055/2023 por medio de la cual se dispuso: Artículo 1º. Determinar las obligaciones fiscales, de acuerdo a lo establecido por los arts. 113, 69 y 70 del Código Fiscal vigente Ley 10.397 y modificatorias, T.O. 2011 del contribuyente Warhaus S.A., CUIT 30-71422179-1, con domicilio fiscal sito en Manzana 15, casa 469 Barrio Obrero de la localidad de Berisso, quien desarrolla la actividad de Código NAIIB 99 701090 Servicios Inmobiliarios realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados N.C.P actualmente NAIIB 18 681020 Servicios de alquiler de consultorios médicos, conforme los argumentos vertidos en los considerandos de la presente, en lo referente a su situación como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, correspondiente al periodo fiscal anual 2017 enero a diciembre. Se deja expresa constancia que la presente determinación posee el carácter de PARCIAL y se encuentra limitada a los elementos que pudieron ser tenidos en cuenta para su consideración, con relación a la actividad, períodos e impuesto referenciados. Artículo 2º.
Establecer que los montos de impuesto determinado del contribuyente de referencia en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos en concordancia con la actividad, base imponible, alícuota y demás consideraciones referentes a su tratamiento tributario, que se encuentran reflejadas en las Planillas de Liquidación Formularios R-113 y Formularios R222 que forman parte de la presente disposición, ascienden a valores históricos a la suma total en el período fiscal anual 2017 enero a diciembre de pesos seiscientos cuarenta y seis mil seiscientos veinticuatro con 90/100 $646.624,90, conforme el siguiente detalle: $365.700,00 01/2017 y $280.924,90 02/2017. Artículo 3º. Establecer que las diferencias adeudadas al fisco, conforme a los argumentos volcados en los considerandos de la presente, en concordancia con la actividad, ingresos, bases imponibles, alícuota, pagos y demás consideraciones referentes a su tratamiento tributario, las que se encuentran reflejadas en las Planillas de Liquidación Formularios R-113 y Formularios R-222 que forman parte de la presente disposición, toda vez que el contribuyente no ha tributado el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, asciende a valores históricos a la suma total en el período fiscal anual 2017 enero a diciembre de pesos seiscientos cuarenta y seis mil quinientos treinta y uno con 30/100 $646.531,30, conforme el siguiente detalle: $365.700,00 01/2017 y $280.831,30
02/2017, las que deberán abonarse con más los accesorios previstos en el artículo 96 del Código Fiscal, Ley 10.397, TO
2011, concordantes y modificatorias, calculados a la fecha de su efectivo pago. Artículo 4º. Aplicar al contribuyente consignado en el artículo 1 de la presente disposición una multa equivalente al dieciocho con setenta y cinco por ciento 18,75 % del monto dejado de abonar, de conformidad a lo dispuesto por los artículos 68, 69 y 70 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires -Ley 10.397 Texto Ordenado 2011- modificatorias y concordantes de años anteriores, por haberse constatado en el período involucrado la comisión de la infracción de omisión de tributo, prevista y penada por el artículo 61º primer párrafo del citado texto legal y los agravantes y atenuantes citados en los considerandos del presente, ello en consonancia con lo reflejado en el papel de trabajo obrante a fojas 151. Artículo 5. Aplicar al contribuyente Warhaus S.A., CUIT 30-71422179-1, una multa por un monto total de pesos ochocientos $800 por haberse constatado la infracción prevista en el artículo 60º 6to. párrafo del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires -TO 2011-, infracción a los deberes formales en virtud de la falta de presentación de la Declaración Jurada anual del Impuesto sobre los Ingresos Brutos del periodo fiscal 2017; en carácter de contribuyente del impuesto sobre los Ingresos Brutos. Artículo 6º. Dejar constancia que, en caso de prestar conformidad con las diferencias notificadas mediante el presente acto administrativo, dentro del plazo de 15 quince días desde la notificación del mismo, la graduación de la multa -prescripta en el artículo 61, 1 párrafo, del Código Fiscal -Ley 10.397- T.O. 2011 y concordantes de años anterioresse reducirá de pleno derecho al mínimo legal 5 %, conforme lo dispone el artículo 64 tercer párrafo del mencionado texto legal. Artículo 7º. Establecer para el caso que las multas aplicadas en el presente acto no fueran abonadas dentro de los términos de Ley -artículo 67 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires -Ley 10.397- T.O. 2011, modificatorias y concordantes de años anteriores, devengaran el tipo de interés del artículo 96 del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires -Ley 10.397- T.O. 2011, modificatorias y concordantes de años anteriores. Artículo 8º. Dejar constancia que según lo establecido en el artículo 115
del Código Fiscal T.O. 2011 y concordantes de años anteriores, se podrá interponer contra la presente Disposición, dentro de los quince 15 días hábiles de efectuarse la notificación legal -en los términos del artículo 162 del Código Fiscal T.O. 2011-, en forma excluyente uno de los recursos previstos en los incisos a y b del artículo 115 del Código Fiscal Texto ordenado 2011. Asimismo, se hace saber que la Agencia de Recaudación constituye domicilio a los fines del presente procedimientos, en el Departamento Relatoría III, sito en Av. 7 N 690 entre 45 y 46 1º Piso, de la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires. Artículo 9. Dejar constancia que los pagos que efectúe el contribuyente y responsable en virtud de determinaciones de oficio deberán ser comunicados por escrito dentro del término de quince 15 días a la dependencia de la que emane la disposición que determina el tributo adeudado, ello de conformidad a lo dispuesto en el artículo 34 inciso b del Código Fiscal Texto ordenado 2011 concordantes de años anteriores y modificatorias, y en los artículos 86 y 88 de la Disposición Normativa 1/04 y sus modificatorias. Artículo 10. Establecer que, atento a lo normado por los artículos 21 inciso 2, 24 y 63 del Código Fiscal TO 2011 y concordantes de años anteriores, configura la calidad de responsable solidario e ilimitado con el contribuyente de autos, por el pago del gravamen emergente del artículo 3 del presente acto, intereses y multas, el Sr. Juan Pedro Acuña, CUIT 20-17480202-6, en su carácter de Director, Artículo 11.
Hacer saber al contribuyente y al responsable solidario que, con sujeción a lo determinado por el artículo 57º del Código Fiscal de la Provincia de Buenos Aires -Ley 10.397- Texto Ordenado 2011 modificatorias y concordantes de años anteriores, esta Disposición quedará firme una vez consentida por el contribuyente o ejecutoriada por haberse agotado la vía recursiva establecida en este Código -artículos 70º y 115º del referido texto legal. Artículo 12. Dejar constancia que, ante el incumplimiento, y la falta de presentación de la instancia a que se refiere el artículo 8º de la presente, quedará expedita la vía de Cobro Judicial por Apremio, según los artículos 104 y 168 del Código Fiscal, -Ley 10.397- Texto
SECCIÓN OFICIAL > página 134

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/07/2023 - Sección Oficial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Oficial)

PaeseArgentina

Data13/07/2023

Conteggio pagine136

Numero di edizioni3407

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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